Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-9056

Resolución de 19 de mayo de 2009, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo, por el sistema de libre designación, entre funcionarios de los Subgrupos A2 y C1.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 1 de junio de 2009, páginas 46135 a 46137 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2009-9056

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional; 14.c), 21.a) y c) y 57 de su Reglamento de Organización y Personal, y con arreglo a los artículos 78 y 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 20.1.b), 2.º párrafo, de la Ley 30/1984, y demás normativa de aplicación, esta Presidencia ha acordado anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo cuya descripción figura en el Anexo 1, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.–Podrán tomar parte en esta convocatoria los funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas integrados en los subgrupos A2 o C1 de clasificación a que se refieren el artículo 76 y la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que reúnan los requisitos que se establecen en el Anexo I en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

Segunda.–Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario General del Tribunal Constitucional, se formularán siguiendo el modelo que obra en el Anexo II, debiendo presentarse, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Tribunal Constitucional (calle Domenico Scarlatti, 6, Madrid), o ser enviadas al mismo por cualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercera.–Los aspirantes acompañarán a la solicitud su currículo profesional, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, conocimientos y experiencia informática, formación específica adecuada al puesto convocado y cualesquiera otros méritos, circunstancias y documentación que consideren relevantes, relacionado todo ello, en especial, con el desempeño de puestos de habilitación de personal, pagaduría y área de retribuciones. Los aspirantes podrán ser convocados para la celebración de entrevistas personales.

Cuarta.–Previo informe del Secretario General, la Junta de Gobierno propondrá la resolución de la convocatoria al Presidente del Tribunal Constitucional, quien procederá al nombramiento del aspirante propuesto.

Quinta.–El funcionario que resulte adscrito al servicio del Tribunal Constitucional en virtud de la presente convocatoria pasará a la situación administrativa de servicios especiales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1.d) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Sexta.–Los participantes que no resulten adjudicatarios de la plaza convocada dispondrán de un plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución del concurso, para retirar la documentación por ellos presentada a la convocatoria. Transcurrido dicho plazo el Tribunal Constitucional procederá a su eliminación.

Frente a esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. sin perjuicio de la posible interposición, con carácter potestativo, de recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la referida publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado (Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), y sin perjuicio, asimismo, de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Madrid, 19 de mayo de 2009.–La Presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas Baamonde.

ANEXO I

Puesto de trabajo: Habilitado adjunto.

Localidad: Madrid.

Grupo: Funcionarios de cuerpos y escalas integrados en los subgrupos de clasificación A2 o C1 a que se refieren el artículo 76 y la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Funciones: Bajo la dependencia del Gerente, y en coordinación con la Unidad de Personal y asuntos generales, gestión y tramitación de asuntos en las áreas de retribuciones, reconocimiento y pago de haberes, regímenes de previsión social y otros relacionados.

Complemento de destino (*): 21.134,28 euros anuales.

Complemento específico: Puesto sin complemento específico asignado.

Requisitos: Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo similares.

* El régimen retributivo de los funcionarios al servicio del Tribunal Constitucional es el previsto en el artículo 96 de su Reglamento de Organización y Personal, aprobado por Acuerdo del Pleno de 5 de julio de 1990 (BOE de 3 de agosto) y en los Acuerdos del Pleno del Tribunal de 19 de diciembre de 2002 (BOE del 24), y de 16 de diciembre de 2004 (BOE de 4 de enero de 2005). Con arreglo a dicho régimen retributivo, los funcionarios de los Subgrupos A2 y C1 de las Administraciones Públicas que resulten adscritos al Tribunal Constitucional tendrán asignado un complemento de adecuación de sueldo, establecido para 2009 en 8.009,88 y 6.287,52 euros anuales, respectivamente.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid