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Documento BOE-A-2009-9726

Orden EDU/1515/2009, de 5 de junio, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de asesores técnicos en el exterior por funcionarios docentes convocado por Orden ESD/3459/2008, de 24 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2009, páginas 49373 a 49376 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-9726

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ESD/3459/2008 de 24 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 2 de diciembre), se convocó concurso público de méritos para la provisión de puestos vacantes de asesores técnicos en el exterior por funcionarios docentes, y por Resolución de 16 de abril de 2009 (Boletín Oficial del Estado del 25), se aprobaron las listas definitivas de admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas de la fase general y los idiomas definitivamente acreditados y se convocó para la realización de la fase específica.

Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección, la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado en el apartado 1 de la base octava de la Orden de convocatoria, ha procedido a remitir a esta Subsecretaría la propuesta de resolución del concurso, conteniendo la relación de candidatos que han resultado adscritos a los puestos adjudicados con indicación de las puntuaciones obtenidas por cada uno de ellos.

Cumplidos todos los trámites y requisitos previstos en la Orden de convocatoria.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Ordenar la exposición a partir del día 15 de junio de 2009, en el Servicio de Información del Ministerio de Educación, en las Direcciones Provinciales del Departamento en Ceuta y Melilla, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en la página web de este Ministerio www.educación.es (reseña: oposiciones y concursos-vida laboral), de la lista de candidatos que han realizado la fase específica prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con indicación de las puntuaciones obtenidas en cada parte de esta fase y la total alcanzada en el concurso de méritos.

Segundo.–Adscribir temporalmente, de acuerdo con la base octava de la Orden de convocatoria, a los profesores relacionados en el anexo I a la presente Orden a los puestos y por los períodos que se especifican, con indicación así mismo de los puestos convocados que no han sido adjudicados.

Los profesores que han resultado adscritos deben realizar un curso de formación que tendrá lugar los días 9 y 10 de julio de 2009 en la sede del Ministerio de Educación, Subdirección General de Cooperación Internacional.–Pº del Prado nº 28, Salón de Actos de la planta baja, que dará comienzo a las 9.00 horas.

Tercero.–La adscripción de Asesores Técnicos dependientes de las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas quedará condicionada a la autorización del centro directivo autonómico correspondiente.

Estos profesores deberán remitir a la Habilitación Central del Ministerio de Educación, a los efectos de ser incluidos en la nómina de personal en el extranjero, la liquidación de haberes que le será expedida por su Administración educativa de origen.

Cuarto.–Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia, a la Subdirección General de Personal –Area Docente-, a los efectos de formalizar el documento de inscripción de la toma de posesión en el Registro Central de Personal.

A estos Asesores Técnicos les será de aplicación el régimen económico y de dedicación contenidos en la base undécima y duodécima de la Orden de convocatoria.

Quinto.–La documentación presentada por los participantes podrá ser retirada durante el mes de octubre de 2009. A tal efecto podrán acudir personalmente o delegar en otra persona, debidamente autorizada, siempre que no se haya interpuesto recurso por el propio interesado o terceros que pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el plazo señalado, se entenderá que el participante renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.

Sexto.–Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 5 de junio de 2009.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/1262/2009, de 14 de mayo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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