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Documento BOE-A-2009-9945

Resolución de 19 de mayo de 2009, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Anexo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria de la Junta de Galicia, para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para el alumnado, rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas e inmersión lingüística, durante 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2009, páginas 50433 a 50437 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-9945

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Consejería de Educación e Ordenación Universitaria de la Junta de Galicia han suscrito un Anexo al Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para el alumnado, rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas e inmersión lingüística, durante 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho anexo.

Madrid, 19 de mayo de 2009.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 1 DE OCTUBRE DE 2008 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE GALICIA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA EL ALUMNADO, RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS E INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DURANTE 2009
REUNIDOS

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 10 de abril y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña Laura Sánchez Piñón, Consejera de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, en uso de las facultades que le son atribuidas en el artículo 34 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia y en el Decreto 585/2005, del 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

EXPONEN

Con fecha 1 de octubre de 2008, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Consellería de Educación de la Junta de Galicia suscribieron un convenio para el desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas e Inmersión Lingüística, en cuya base sexta se determinaba una vigencia del convenio hasta el 31 de marzo de 2009, recogiendo la posibilidad de prórroga por períodos anuales sucesivos previo acuerdo de las partes, incorporando un anexo a dicho convenio.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan prorrogar dicha colaboración, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, para el desarrollo durante 2009 de los Programas de Cooperación Territorial denominados:

Rutas literarias,

Escuelas viajeras,

Rutas científicas e

Inmersión lingüística,

Con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente anexo.–El presente anexo al Convenio de colaboración suscrito el 1 de octubre de 2008, tiene por objeto actualizar los datos de participación y aportaciones en base a los que han de ejecutarse cada uno de los programas, teniendo en cuenta que todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto 2009 recogidos en el presente anexo, están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes.

Segunda. Programas de cooperación territorial incluidos en el presente anexo y financiación.–Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte las aportaciones en 2009 ascenderán a un máximo de 34.959 euros con el desglose por programas que se indica a continuación:

1. Programa de rutas literarias.–Para el curso 2008/09, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

1.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de Galicia que participarán en el programa: 4 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de Galicia: 4 grupos.

1.2 Recursos financieros: Aportaciones para el desarrollo del programa:

A) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la Ruta Literaria establecida en dicha Comunidad hasta una cuantía máxima de 19.931,32 euros.

Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 14.344,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2009, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2008, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2008/2009, por Orden de 22 de diciembre de 2008. La Junta de Galicia ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2009, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B) Por parte de la Junta de Galicia: Cofinanciación con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte de los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Galicia) así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones que se imputarán a la partida presupuestaria 0902423A4803 por importe de 4.300,00 euros.

2. Programa de escuelas viajeras.–Para el año 2009, el programa se ejecutará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

2.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunidad Autónoma de Galicia que participarán en otra ruta: 36.

Número de grupos de 12 a15 alumnos y un profesor procedente de la Comunidad Autónoma de Galicia que participarán en la actividad a resultas de vacantes en las ayudas ofertadas a otra administración educativa: 1.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma de Galicia: 27.

2.2 Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad:

Etapa de primavera: 26.426,98 euros.

Etapa de otoño: 13.213,49 euros.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta:

Etapa de primavera: 2.488,72 euros.

Etapa de otoño: 1.244,37 euros.

Total aportación MEPSYD ruta de Galicia: 43.373,56 euros.

Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, para una posterior transferencia a los centro, por un importe de 88.590, euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2009 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto 2008, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Resolución de 23 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación.

B) Por parte del Gobierno de Galicia: Cofinanciar con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Galicia), así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones con cargo a la partida presupuestaria 0902423A4802 por una cuantía máxima de 16.500,00 euros.

3. Programa de rutas científicas.–Para el curso 2009/2010, las partes acuerdan que el programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indicarán:

3.1 Alumnado y profesorado participante:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma de Galicia que participarán en otra «Ruta científica»: 3.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de Galicia: 4.

Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de Galicia: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta una cuantía máxima de 20.730 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra a la Junta de Galicia el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, hasta un máximo de 14.229 euros.

Total aportaciones del MEPSYD: 34.959,00 euros.

Las ayudas concedidas se financiarán por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo a la aplicación 18.06.324N.482 de los presupuestos de 2009.

B) Por parte de la Junta de Galicia: Cofinanciar con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Galicia), así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones con cargo a la partida presupuestaria 0902423A4804 por una cuantía máxima de 4.300,00 euros.

4. Programa de inmersión lingüística.

4.1 Compromisos de las partes:

A) Corresponderá al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

1. Organizar cursos de inmersión lingüística en inglés para 20 grupos de 25 alumnos de sexto curso de Educación Primaria matriculados en centros públicos de Junta de Galicia. A estos efectos, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte contratará con empresas del sector la utilización del inmueble y la prestación de todos los servicios y el material pedagógico requeridos durante la estancia de los grupos de alumnos, incluyendo el equipo de personal especializado encargado de llevar a cabo las actividades y que actuará conjuntamente con los profesores que acompañen a los alumnos participantes.

2. Conceder ayudas a los centros seleccionados hasta cubrir la totalidad del precio del Programa, que resultará de la adjudicación del concurso correspondiente y que comprenderá hasta un máximo de 5.800 euros por grupo. Estas ayudas se abonaran a las empresas con cargo al crédito 18.06.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 2009. Como consecuencia de lo anterior, este Programa no implicará transferencia directa de fondos por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte a la Junta de Galicia.

B) Corresponderá a la Junta de Galicia:

1. Seleccionar a los grupos de la Comunidad que participarán en el Programa, de acuerdo con la convocatoria que haga pública el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

2. Financiar la participación de los centros seleccionados para asistir al Programa, con 6.000,00 euros por cada grupo, con cargo al crédito 09.02.423 A 640.1 del ejercicio 2009. Se le transferirán a los centros educativos para que puedan efectuar el pago a la empresa adjudicataria por un total de 3.500,00 euros; y los restantes 2.500,00 euros que destinarán a sufragar los gastos ocasionados por el transporte del grupo.

Tercera. Ejecución de los programas.–En la ejecución de los programas realizados en el presente anexo serán de aplicación las bases acordadas en el convenio suscrito con fecha de 1 de octubre de 2008.

Cuarta. Naturaleza.–El presente anexo convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Quinta. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público el que disponga igualmente de forma expresa que se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este anexo al convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Sexta. Vigencia.–El presente anexo tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2010.

Madrid, 31 de marzo de 2009.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, Laura Sánchez Piñón.

 

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