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Documento BOE-A-2010-18414

Resolución de 18 de noviembre de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se conceden ayudas para la realización de actividades estatales de formación permanente del profesorado durante el año 2010, por asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 30 de noviembre de 2010, páginas 99464 a 99475 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-18414

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 29 de junio de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional («BOE» de 9 de julio), se convocaron ayudas económicas para la realización de actividades estatales de formación permanente del profesorado durante el año 2010, por asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro. Examinadas y valoradas las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado octavo de la citada convocatoria,

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.–Conceder a las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el anexo de la presente Resolución, las ayudas que en el mismo se detallan, para la realización de las actividades concretas que se subvencionan y la cuantía concedida a cada actividad durante el presente curso 2010, denegando a su vez las ayudas a las restantes entidades solicitantes.

Segundo.–La percepción de las ayudas se encuentra condicionada a que los beneficiarios acrediten debidamente hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Tercero.–El importe total de las ayudas económicas concedidas por la presente Resolución asciende a un total de 934.000,00 euros (novecientos treinta y cuatro mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.321N.484 del ejercicio 2010.

Cuarto.–Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 18 de noviembre de 2010.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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