De conformidad con lo establecido en los artículos 6, apartados f), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros, nombrados por el Ministro de Educación, a propuesta de las Organizaciones sindicales más representativas, propuesta que comprenderá la de los Consejeros titulares y Consejeros sustitutos, de acuerdo con lo que al respecto regula el artículo 8, apartado 2, del citado Real Decreto.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1.d), del referido Real Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del Consejo por revocación del mandato conferido por las organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a propuesta de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.), dispongo:
Primero.–El cese como Consejero titular y Consejera sustituta, por el grupo de las Organizaciones sindicales, de los siguientes integrantes del Consejo Escolar del Estado:
Titular: Don Salvador Bangueses Bangueses.
Sustituta: Doña Marta del Castillo Coba.
Segundo.–El nombramiento como Consejera titular y Consejera sustituta, por el mismo grupo de las Organizaciones sindicales, de los siguientes representantes, de forma correlativa a los ceses reseñados en el apartado anterior:
Titular: Doña Rosana Costa Navarro.
Sustituta: Doña Gema Torres Sastre.
Tercero.–El mandato de los Consejeros nombrados por la presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la que habrían de cesar los Consejeros en cuyo lugar se les nombra, según lo previsto en los artículos 7.2 y 10.1 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
Madrid, 26 de noviembre de 2010.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.
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