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Documento BOE-A-2010-3814

Orden EDU/528/2010, de 5 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación In-nova Castilla La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2010, páginas 23226 a 23227 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-3814

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente en el que se solicitaba la inscripción de la Fundación In-nova Castilla-La Mancha, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como el otorgamiento de poderes a doña Esther Álvarez González y don Samuel Álvarez González.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.—La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Samuel Álvarez González; doña Esther Álvarez González; las entidades In-nova Programa de Innovación Internacional, S.L., y Omnimotica, S.L., en Madrid, el 30 de enero de 2009, según consta en la escritura pública número 201, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, don Álvaro Cobián Echavarria, que fue modificada por la escritura pública número 3.557, autorizada el 11 de diciembre de 2009 y subsanada por la escritura pública número 57, otorgada el 13 de enero de 2010, ambas ante el ya citado notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.—El domicilio de la Fundación quedó establecido en Toledo, calle Río Jarama, número 132 —edificio 4.03— bajo C y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.—Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de ochenta y siete mil doscientos sesenta y seis con noventa y cuatro euros (87.266,94 euros), íntegramente desembolsada y consistente en: la cantidad de diez mil euros (10.000 euros) en dinero que ha sido ingresada en entidad bancaria y la cantidad de setenta y siete mil doscientos sesenta y seis con noventa y cuatro euros (77.266,94 euros), correspondiente al valor neto de la aportación en pleno dominio de la finca número 33 perteneciente al conjunto urbanístico sito en Toledo, en la parcela M-62-bis, de la IV Fase residencial del Polígono Nuestra Señora de Benquerencia de Toledo, local comercial número 1, planta baja, portal 3, con una superficie construida de 73,63 metros cuadrados y un valor de ciento sesenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve euros (169.349 euros), según tasación realizada por la entidad TINSA, Tasaciones Inmobiliarias, S.A. (CIF: A78029774), incorporada a la escritura de constitución, menos el saldo deudor a la fecha de constitución de la Fundación de la hipoteca a favor de la Caja Rural de Toledo con la que está gravada la finca que es de noventa y dos mil ochenta y dos con seis euros (92.082,06 euros).

Cuarto. Fines de la Fundación.—En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1. Promover la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en Castilla-La Mancha; 2. Promover los proyectos de investigación, desarrollo e innovación en cooperación nacionales e internacionales; 3. Promover y participar en proyectos y actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo.

Quinto. Patronato.—El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta: Doña Esther Álvarez González; Secretario: Don Samuel Álvarez González; Vocales: In-nova Programa de Innovación Internacional, S.L., representada por doña Esther Álvarez González y Omnimotica, S.L., representada por don Samuel Álvarez González.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Los patronos designados en el momento de la constitución celebraron el 19 de febrero de 2009 reunión del Patronato y acordaron otorgar poderes a favor de doña Esther Álvarez González y don Samuel Álvarez González.

Fundamentos jurídicos

Primero.—Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/24/2010, de 13 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Subsecretaria las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.—Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.—Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación In-nova Castilla-La Mancha en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.—Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación In-nova Castilla-La Mancha, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Toledo, calle río Jarama, número 132, edificio 4.03, bajo C, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.—Inscribir en el Registro de Fundaciones el otorgamiento de poderes conferido por la Fundación In-nova Castilla-La Mancha a favor de doña Esther Álvarez González y de don Samuel Álvarez González, en los términos que constan en la escritura pública número 492, otorgada el 23 de febrero de 2009, ante el notario don Álvaro Cobián Echavarria, que fue subsanada por la escritura pública número 2.037, autorizada el 1 de julio de 2009, ante el mismo notario.

Madrid, 5 de febrero de 2010.—El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/24/2010, de 13 de enero), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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