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Documento BOE-A-2010-3820

Resolución de 23 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la modificación de la adenda al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo del Programa de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2010, páginas 23241 a 23247 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-3820

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de modificación de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa Infraestructuras en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 23 de febrero de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Adenda de modificación de la adenda suscrita el día 27 de noviembre del 2008 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza

En Madrid, a 15 de junio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, la Sra. doña María Dolores Aguilar Seco, Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto del Presidente n.º 19/2007, de 30 de junio (DOE Extraordinario n.º 6, de 2 de julio), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifica la denominación y se distribuyen las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Extraordinario n.º 6, de 2 de julio), modificado por el Decreto del Presidente 10/2008, de 23 de septiembre, previa delegación de firma del Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura de 2 de agosto de 2007, autorizada para la firma de esta modificación de la adenda al Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 12 de junio de 2009.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. El 26 de mayo de 2006, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura firmaron un Convenio Marco de Colaboración para el desarrollo del Plan Avanza. Dicho convenio se desarrolla mediante la realización de las adendas incluidas durante la vigencia del mismo, que es de 2006 a 2010. Con fecha 27 de noviembre de 2008 se firmó la primera Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza. La mencionada Adenda comprende una única actuación destinada a la extensión de las redes de telecomunicaciones en las zonas en la que las carencias en infraestructura desplegada por los operadores no permiten ofertar servicios de banda ancha adecuados a los ciudadanos. Sin embargo, la necesidad de contar con recursos para financiar la dotación en las infraestructuras necesarias para complementar la cobertura y difusión de las señales hace necesaria una modificación en la actuación recogida en la Adenda de Infraestructuras de Telecomunicaciones, en concreto la modificación consistiría en la creación de una nueva actuación destinada a la extensión de la cobertura de la televisión digital terrestre en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

III. Las Administraciones que suscriben esta modificación de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 26 de mayo de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 17/2007, de 30 de junio (publicado en el Diario Oficial de Extremadura Extraordinario n.º 6, de 2 de julio de 2007), modificado por el Decreto del Presidente 10/2008, de 23 de septiembre, le corresponde el ejercicio de las competencias en materia de Telecomunicaciones y Redes. En concreto, son competencias de la D.G. de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, adscrita a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación, las siguientes (entre otras):

Las competencias de la Junta de Extremadura en materia de telecomunicaciones.

Dirección y coordinación de las actuaciones en materia de telecomunicaciones y redes.

Análisis, diseño e implantación de redes de telecomunicaciones básicas y de los servicios avanzados de telecomunicación de interés para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Gestión, planificación, coordinación y asesoramiento técnico de todos los servicios, sistemas e infraestructuras de telecomunicaciones.

IV. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto. Con fecha 27 de noviembre de 2008 se firmó la primera Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza. De conformidad con el artículo 49.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la modificación de los convenios debe ser autorizada por el Consejo de Gobierno.

V. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

VI. La Junta de Extremadura tiene especial interés en el desarrollo de la Sociedad de la Información en Extremadura y en ese sentido en el desarrollo de las actuaciones englobadas dentro del Plan Avanza. El despliegue de redes de acceso a Internet es una de las prioridades dentro de las actuaciones que en materia de telecomunicaciones se están llevando a cabo desde la Junta de Extremadura. Esto es así al considerar a las infraestructuras de telecomunicaciones como la base sobre la que desarrollar el resto de programas de Sociedad de la Información. En este sentido, desde hace varios años, la Junta de Extremadura está realizando diversas acciones que permitan el desarrollo de la sociedad de la información y faciliten el acceso a las nuevas tecnologías a todos los ciudadanos de la Comunidad. Con dichas acciones se trata de situar a Extremadura a la cabeza de España y Europa en cuanto al desarrollo de las nuevas tecnologías de la información. Desde la Consejería de Economía, Comercio e Innovación se han realizado diferentes proyectos con dos objetivos claros: la conectividad y el acceso a redes y la alfabetización tecnológica. Por una parte se trataba de enseñar a los potenciales usuarios a usar la tecnología e integrarla en la forma de realizar sus actividades cotidianas (gestiones con la administración pública, adquisición de bienes o servicios, consulta de información, etcétera...). De esta forma, se ha conseguido extender su uso entre la sociedad extremeña haciendo que la tecnología sea cada vez más accesible. Por otra parte, se han desarrollado proyectos orientados a facilitar la conectividad a las redes de telecomunicaciones como medio para acceder a los servicios disponibles en Internet y otras redes. Los Planes de Extensión de la Banda Ancha llevados a cabo en 2004 y 2007 son un claro ejemplo de esto. Gracias a su puesta en marcha, se ha extendido la conectividad mediante banda ancha a toda la Comunidad. Así, se ha conseguido romper una de las barreras de acceso a la tecnología que discriminaba al medio rural sobre el urbano. Como continuación a esos planes y una vez que está garantizada la conectividad desde cualquier lugar de la geografía extremeña, se plantea la necesidad de seguir realizando actuaciones que mejoren las infraestructuras de telecomunicaciones de la región con dos objetivos claros: extender en Extremadura los servicios de telecomunicaciones de gran ancho de banda y fomentar la competencia en el sector como estrategia para incrementar la penetración de la banda ancha en Extremadura. Todo ello se realiza al amparo del artículo 6.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en el que se dispone que las instituciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del marco de su competencia, ejercerán sus poderes para la consecución de una serie de objetivos básicos entre los que cabe citar el promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los extremeños sean reales y efectivas, así como la creación de las condiciones favorables para el progreso social y económico de la región velando por la consecución del equilibrio económico adecuado y justo con respecto al resto de las Comunidades Autónomas del Estado español.

VII. Que el Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones enmarcado en el área de actuación de «Nuevo Contexto Digital» del Plan Avanza, se orienta a garantizar la existencia de una infraestructura de banda ancha que actúe como catalizador imprescindible para el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a la extensión de cobertura de la televisión digital y a redes de telecomunicaciones:

Extensión de cobertura de la televisión digital terrestre (TDT).–De acuerdo con lo establecido en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, antes del 3 de abril de 2010, las televisiones privadas deberán haber alcanzado una cobertura del 96% de la población y las televisiones públicas deberán haber alcanzado el 98% de la población en sus respectivos ámbitos de cobertura.

Estas obligaciones de cobertura de población están referidas a la totalidad del territorio nacional.

Según estas disposiciones, habrá un porcentaje de la población que no dispondría de cobertura del servicio de televisión público o privado.

El objetivo es el de financiar la dotación de las infraestructuras necesarias para complementar la cobertura y difusión de las señales correspondientes a las entidades y sociedades concesionarias del servicio de televisión digital terrestre.

Redes de telecomunicación.–Esta actuación está dirigida a las zonas en las que las carencias en la infraestructura desplegada por los operadores no permiten ofertar servicios de banda ancha adecuados a los ciudadanos. Se trata de zonas donde se constate que el mercado no considera rentable el despliegue de nuevas infraestructuras de telecomunicaciones de banda ancha.

En numerosas zonas no existe suficiente dotación de redes o existen redes anticuadas que se convierten en un cuello de botella para permitir el acceso a los servicios de calidad.

En este caso, la actuación a realizar será la de financiar los proyectos de infraestructuras con unas prestaciones adecuadas para la provisión de servicios.

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan la suscripción de esta modificación de la Adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Único.–Se introduce una nueva actuación («Adquisición e instalación de equipos de telecomunicaciones para la extensión de la cobertura de la TDT») destinada a la extensión de la cobertura de la televisión digital terrestre en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dotada con 7.800.000 euros financiados íntegramente por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Este importe será deducido de la actuación 1 (Mejora de infraestructuras de red para la prestación de servicios de gran ancho de banda).

El Anexo de la Adenda del Año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el Desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en el Ámbito del Plan Avanza suscrito el día 27/11/2008 queda sustituido íntegramente por el Anexo incorporado al presente texto.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente modificación de la adenda, por duplicado y a un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones

Descripción de las actuaciones

Actuación 1.–Mejora de infraestructuras de red para la prestación de servicios de gran ancho de banda

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.–Tal y como se indica en la cláusula VI de esta Adenda, las acciones a realizar dentro del ámbito de «Redes de Telecomunicación» estarán dirigidas a «zonas en las que las carencias en la infraestructura desplegada por los operadores no permiten ofertar servicios de banda ancha adecuados a los ciudadanos». En ese sentido toda la Comunidad Autónoma puede considerarse como una zona con deficiencias importantes en cuanto al despliegue de infraestructura de telecomunicaciones como consecuencia de no ser un mercado atractivo para los operadores. La gran extensión de la Comunidad Autónoma, sumado a la escasa población y a su gran dispersión geográfica, hace que existan graves deficiencias en cuanto a la prestación de servicios de telecomunicaciones. Como claro ejemplo de ello se puede señalar que Extremadura es la única Comunidad Autónoma en la que no existe un operador de cable a nivel regional. En el concurso celebrado en su día la demarcación de Extremadura quedó desierta y ahora que la prestación de los servicios de telecomunicaciones por cable están completamente liberalizados no existen operadores que estén prestando servicio a través de este tipo de redes.

Actualmente, en Extremadura el acceso a los servicios de banda ancha se está ofreciendo a través del par de cobre del bucle de abonado mediante tecnología ADSL. El bucle de abonado de cable de pares de cobre ha sido exprimido al máximo con el desarrollo de la tecnología ADSL. Ya se están comercializando servicios cuyos estándares de acceso están en 30, 50 y hasta 100 Mbps en los hogares y aún mayores para las empresas e instituciones. El bucle de abonado no soporta estas velocidades con carácter general. Es importante indicar que la velocidad a la que se puede transmitir información a través del bucle de abonado está relacionada con la longitud del mismo (a mayor distancia de la central menor capacidad para transmitir). Así, como ejemplo se puede indicar que servicios ofrecidos actualmente en Extremadura y que requieren un uso más intensivo del ancho de banda (ADSL 2 +, Televisión, etc...) tienen un ámbito de cobertura mucho más reducido que el servicio ADSL de acceso a Internet convencional. Como consecuencia a día de hoy es muy reducida la población extremeña que dispone de cobertura de acceso a servicios demandantes de gran ancho de banda. Del mismo modo existen graves deficiencias en las infraestructuras troncales de telecomunicaciones que soportan estos servicios. Esto provoca que los sucesivos incrementos de velocidad derivados de la evolución del mercado (desde los primeros 256 Kbps a los 6 Mbps actuales) no estén pudiendo ser disfrutados por muchos de los usuarios extremeños que viven en zonas rurales, los cuales se ven discriminados con respecto a los usuarios de las zonas urbanas.

Por todo lo indicado se puede señalar que existe un déficit en cuanto a los servicios de telecomunicaciones disponibles para los ciudadanos extremeños con respecto a los disponibles para los que viven en otras Comunidades Autónomas.

Con la actuación propuesta se pretenden ejecutar proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones con unas prestaciones adecuadas para la provisión de servicios demandantes de gran ancho de banda. Se trata de ejecutar despliegues de red que permitan ofrecer a través de ellos servicios como:

Acceso a Internet a gran ancho de banda (30, 50 o hasta 100 Mbps).

Televisión a la carta o televisión bajo demanda.

Televisión en alta definición.

Servicios interactivos de diversa índole.

Videollamada.

Etc...

Así, se pretende con esta actuación el lograr los siguientes objetivos:

Dotar a la región de las infraestructuras de telecomunicaciones de banda ancha de alta capacidad (accesos a partir de 30 Mbps y hasta 100 Mbps) mediante el despliegue de tecnologías (fundamentalmente fibra óptica) que permitan alcanzar estas velocidades y escalar en el futuro a velocidades de acceso aún mayores.

Incrementar la oferta de servicios de banda ancha permitiendo a los ciudadanos y empresas extremeñas acceder a los mismos servicios de telecomunicaciones que ya empiezan a estar disponibles en otras Comunidades.

Incrementar la penetración de la banda ancha en Extremadura.

Incrementar la competitividad de las empresas extremeñas. En este sentido cabe señalar que los centros industriales (polígonos industriales, semilleros de empresas, parques empresariales, etc...) serán objetivo prioritario de esta actuación.

Sobre el modelo de explotación de las infraestructuras resultantes de la ejecución de esta actuación se puede señalar que actualmente se está elaborando desde la D.G. de Telecomunicaciones y Sociedad de la información de la Junta de Extremadura un Plan Estratégico de Telecomunicaciones para los próximos años. Uno de los objetivos de dicho Plan es establecer el modelo más adecuado para la gestión de las infraestructuras de telecomunicaciones implantadas o subvencionadas por la Junta de Extremadura. Se prevé que dicho Plan esté finalizado en octubre de 2008 de forma que en ese momento se tengan claras las acciones concretas a desarrollar dentro del ámbito de esta adenda, para lograr los objetivos propuestos, así como el modelo de gestión más adecuado para llevarlas a cabo. En cualquier caso, siempre se realizarán las acciones vigilando por el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, neutralidad tecnológica y los demás principios marcados por la legislación vigente en materia de telecomunicaciones.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

1. Incremento del ancho de banda nominal medio.

2. Kilómetros de fibra óptica desplegados.

3. Números de localidades con cobertura de acceso a Internet mediante fibra óptica.

4. Número de abonados con acceso a Internet mediante redes de fibra óptica.

5. Relación de usuarios conectados a redes de cable/ADSL.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2008

MITYC: 32.200.000 €.

CA: 404.040 €.

Total: 32.604.040 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.–La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en el acuerdo noveno.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.–Director General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Actuación 2.–adquisición e instalación de equipos de telecomunicaciones para la extensión de la cobertura de la TDT

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.–Adquisición e instalación de los equipamientos necesarios para complementar la cobertura y difusión de las señales de Televisión Digital Terrestre (TDT) correspondientes a las entidades y sociedades concesionarias del servicio esencial de televisión de ámbito estatal y autonómico.

El objetivo es cumplir las fechas límite fijadas en el Plan de Transición a la TDT y evitar que localidades o zonas de Extremadura puedan quedar sin servicio de TDT.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

1. Número de reemisores analógicos adaptados a TDT.

2. Nuevos reemisores de TDT instalados.

3. Números de hogares con necesidad de acceso a TDT por satélite.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias año 2008.

Año 2008

MITYC: 7.800.000 €.

CA: 0 €.

Total: 7.800.000 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.–La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en el acuerdo noveno.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.–Director General de Administración Electrónica y Evaluación de las Políticas Públicas

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