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Documento BOE-A-2010-639

Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de adjudicación de ayudas de la convocatoria de subvenciones para la internacionalización de la cultura española, correspondientes al año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2010, páginas 3356 a 3369 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-639

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden AEC 2479/2009, de 3 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, mediante convocatoria abierta, de subvenciones para la internacionalización de la cultura y ciencia españolas, en el BOE de 12 de octubre de 2009, se publicó la Resolución de 1 de octubre de 2009, de la Presidencia de la AECID, por la que se convocan subvenciones para la internacionalización de la cultura española correspondiente al año 2009.

Instruido el correspondiente procedimiento, y con la asistencia de expertos, la Comisión de Valoración prevista en los puntos quinto al octavo de la citada Resolución de convocatoria se reunió con fecha 18 de noviembre de 2009.

Considerando las solicitudes presentadas y los informes motivados de los expertos y la propia resolución de convocatoria, así como los criterios establecidos para la concesión de las ayudas, a propuesta de la Comisión de Valoración, esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo ha tenido a bien disponer:

Primero.

a) Estimar la solicitud de una subvención para actividades de promoción y difusión cultural a las entidades contenidas en el Anejo I de la presente Resolución, por cumplir los criterios establecidos en la Resolución de Convocatoria. Las subvenciones concedidas en la presente Resolución ascienden a un importe total de 965.000 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Aplicación

Importe (euros)

401.144A.470

222.600

401.144A.480

576.400

401.144A.490

166.000

b) De acuerdo con el artículo 25 de la Ley 38/2003 General de subvenciones, desestimar expresamente el resto de solicitudes presentadas.

Segundo.–Disponer la publicación de las ayudas relacionadas en el Anejo I, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 punto 1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la disposición 9 de la Orden AEC/2479/2009, de 3 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, y en el punto Octavo de la citada Resolución del 1 de octubre de 2009.

Una vez realizada la actividad para la que se ha concedido la ayuda, deberá justificarse en el plazo de cuatro meses siguientes a la terminación del plazo fijado en la resolución de concesión mediante una memoria o informe con los resultados de la actividad, así como memoria económica de los pagos y operaciones bancarias realizadas con cargo a la ayuda percibida, según lo establecido en la convocatoria de referencia y de acuerdo con las normas de justificación de las subvenciones de convocatoria abierta y permanente (Resolución de 31 de marzo de 2008, BOE 21/4/2009) disponible en la página www.aecid.es (Subvenciones/Convocatoria Abierta (CAP)) y, en su caso, reintegro del importe no gastado.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 9.c) y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 21 de diciembre de 2009.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

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