Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-6682

Orden EDU/1033/2010, de 13 de abril, por la que se eleva a definitiva la relación de aspirantes admitidos a las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en la categoría profesional de Titulado Medio de Actividades Específicas, grupo profesional 2, convocadas por Orden EDU/3657/2009, de 17 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 2010, páginas 36834 a 36834 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-6682

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/670/2010, de 25 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 18 de marzo), se aprobó la lista de aspirantes admitidos y se declaró la no existencia de excluidos a las citadas pruebas selectivas, concediéndose un plazo de diez días hábiles a los opositores omitidos, para subsanar el defecto que hubiera motivado su omisión de la lista de admitidos, según lo previsto en el punto tercero de dicha Orden.

Transcurrido el citado plazo de subsanación de defectos, este Departamento, de acuerdo con lo establecido en la base 4.2 de la convocatoria, ha decidido elevar a definitiva la lista de aspirantes admitidos. Dicha relación se encontrará expuesta al público en los tablones de anuncios del Ministerio de Educación, en la página web: www.educacion.es, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de la Presidencia, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en la Dirección General de la Función Pública y en la sede del Tribunal de Selección.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Ministro de Educación en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 13 de abril de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid