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Documento BOE-A-2010-6727

Orden CUL/1040/2010, de 23 de marzo, por la que se conceden las becas "Culturex" de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2010, páginas 37363 a 37366 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-6727

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado», de 8 de enero de 2005), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Orden CUL/59/2010, de 4 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 23), de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, se convocan las becas «Culturex» de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en instituciones culturales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en la citada Orden CUL/59/2010, de 4 de enero, la Comisión de Valoración ha examinado y valorado las solicitudes presentadas a la convocatoria, habiendo dado traslado de la propuesta a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y de Fundaciones y de Mecenazgo, órgano instructor del procedimiento, para la concesión de determinadas becas a los solicitantes seleccionados.

De acuerdo con lo establecido en la citada Orden CUL/59/2010, de 4 de enero, los criterios tenidos en cuenta por la Comisión de Valoración para la selección de solicitudes han sido los que se describen en su apartado 4.4 y por el valor que se asigna a los mismos.

En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas a la convocatoria; vista la propuesta elaborada por la Comisión de Valoración en su reunión de 15 de marzo de 2010; y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre y en la Orden CUL/59/2010, de 4 de enero, antes citada, dispongo:

Primero.—Conceder becas a las personas que se relacionan en el anexo a la presente orden, para la realización de las actividades prácticas en el exterior, en instituciones culturales y en embajadas y consulados de España en las cuantías establecidas en la Orden CUL/59/2010, de 4 de enero y por el periodo comprendido desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2010.

Segundo.—Aprobar la relación ordenada de suplentes propuesta por la Comisión de Valoración, que figura en el anexo a la presente orden.

La realización de estas actividades será justificada por los becarios de conformidad con lo establecido en el apartado 10 del anexo de la Orden CUL/59/2010, de 4 de enero.

Tercero.—Denegar el resto de las solicitudes presentadas por los motivos que se expresan en el acta de la Comisión de Valoración en su reunión de 15 de marzo, cuyo contenido se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Política e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura.

Esta orden tendrá su correspondiente publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ministerio de Cultura: http:/www.mcu.es. Apartado Servicios al Ciudadano, Becas.

Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46. 1 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de marzo de 2010.—La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral Van Damme.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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