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Documento BOE-A-2010-7088

Resolución de 20 de abril de 2010, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves, impuestas a don Mariano Galindo Roca.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 3 de mayo de 2010, páginas 39576 a 39576 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2010-7088

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 25 de noviembre de 2009, el Consejo de Gobierno del Banco de España, dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/CM-2/2009, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 18 de febrero de 2009, entre otros a don Mariano Galindo Roca. Y siendo firme en vía administrativa procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las siguientes sanciones por infracciones muy graves, impuestas, entre otras, en dicho Acuerdo:

«Imponer a D. Mariano Galindo Roca, quien fue Administrador Único de Sun Money Express, S. A. desde el 24 de abril de 2005 hasta el 3 de octubre de 2007, las siguientes sanciones:

Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier establecimiento de cambio durante el plazo de cuatro años, prevista en el artículo 12.1.d) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, prevista en el artículo 7.3.I).b) del Real Decreto 2660/1998 de 14 de diciembre, sobre el Cambio de Moneda Extranjera en Establecimientos Abiertos al Público distintos de las Entidades de Crédito, en relación con el artículo 4.f) de la aludida Ley 26/1988 y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, consistente en carecer de la contabilidad exigida legalmente o llevarla con irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial y financiera del establecimiento.

Una sanción de multa por importe de diez mil euros (10.000 €), prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, prevista en el artículo 7.3.I) a) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el Cambio de Moneda Extranjera en Establecimientos Abiertos al Público distintos de las Entidades de Crédito, en relación con el artículo 4.e) de la aludida Ley 26/1988 y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, consistente en realizar actos u operaciones con incumplimiento de los requisitos establecidos en normas con rango de Ley, salvo que tenga un carácter ocasional o aislado, por la no realización de las preceptivas auditorías externas.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 20 de abril de 2010.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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