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Documento BOE-A-2010-9182

Resolución de 1 de junio de 2010, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la remisión de los expedientes administrativos correspondientes a los recursos contencioso-administrativos n.ºs 44/2010, 46/2010, 47/2010, 50/2010, 165/2010, 181/2010 y 187/2010, interpuestos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y se emplaza a los interesados en los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 9 de junio de 2010, páginas 49216 a 49216 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-9182

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera), se acuerda la remisión de los expedientes administrativos correspondientes a los recursos contencioso-administrativos: Número 44/2010, interpuesto por «Parque Eólico Pujalt, S.L.», «Parque Eólico Turó del Magre, S.L.» y «Parque Eólico Alta Anoia, S.L.»; número 46/2010, interpuesto por «Aisa Novo, S.L.U.» y «Eólica Quilla, S.L.U.»; número 47/2010, interpuesto por «Innovación Eólica de Salamanca, S.L.»; número 50/2010, interpuesto por Asociación Empresarial Eólica; número 165/2010, interpuesto por «Enel Unión Fenosa Renovables, S.A.»; número 181/2010, interpuesto por Asociación de Promotores y Productores de Energías Renovables de Andalucía (APREAN), y número 187/2010, interpuesto por «Iberdrola Renovables de Castilla y León, S.A.», contra el Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 2009, por el que se procede a la ordenación de los proyectos o instalaciones presentados al registro administrativo de preasignación de retribución para las instalaciones de producción de energía eléctrica previsto en el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 1 de junio de 2010.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

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