Visto el texto del Acta de fecha 21 de julio de 2011, donde se recoge el acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo de la empresa Avis, Alquile un Coche, S.A. (código de Convenio número 90000532011982), que fue suscrito de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de agosto de 2011.–El Director General de Trabajo, P.S. (Real Decreto 777/2011, de 3 de junio), el Subdirector General de Ordenación Normativa, Rafael Luis García Matos.
ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA Y LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA AVIS ALQUILE UN COCHE, S.A.
En Madrid, a 21 de julio de 2011, se reúnen los representantes de los trabajadores y los representantes de la Empresa que se relacionan a continuación, que son miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresa Avis Alquile un Coche, S.A., constituida con fecha 25 de enero de 2011, reconociéndose ambas partes como interlocutores válidos con la capacidad y legitimidad necesaria de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 87.1 y 89 del Estatuto de los Trabajadores y en virtud de lo previsto en el artículo 3 del Convenio Colectivo vigente.
Considerando la actual situación económica de la empresa y los retos que se plantean para el futuro, ambas partes coinciden en que para la consecución de los mismos, la fórmula más adecuada es la de prorrogar el vigente Convenio Colectivo, hasta el 31 de diciembre de 2011, y en este sentido se articula el siguiente acuerdo de prórroga del convenio colectivo en virtud del cual se acuerda la modificación de los siguientes artículos y disposiciones del Convenio Colectivo.
Por la Empresa:
– D. José L. Roza Varela.
– D.ª Mayte Galeano.
Por los Trabajadores:
– D. Carlos I. García Solís. (UGT).
– D. Antonio Olías Mena. (UGT).
– D. Eduardo Cabrera González. (UGT).
– D. Santiago Vila Díaz. (SLT).
– D.ª M. Luz Diz. (Delegado Sindical SLT).
– D.ª Rocío Báez Andrés. (CC.OO.).
– D.ª Cristina García Cascudo. (FASGA).
– D. Jose L. Revuelta. (Delegado Sindical FASGA).
– D. Aurelio Briega. (UGT). Ausente.
– D.ª Macarena Salmerón Cano. (UGT). Ausente.
– D.ª M.ª Luisa López García. (UGT). Ausente.
Actuando en nombre propio y en representación del resto de los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresa Avis Alquile un Coche, S.A., se abre la sesión siguiendo el orden del día previamente establecido y se proceden a acordar y ratificar los siguientes puntos:
Revisión salarial para el año 2011. Se aprueba por ambas partes la congelación salarial para el año 2011.
Modificación del artículo 3 del Convenio Colectivo de la Empresa Avis Alquile un Coche,S.A. Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio Colectivo actual, Convenio Colectivo de la empresa Avis Alquile un Coche, S.A., aprobado por resolución de la Dirección General de Trabajo, de 27 de diciembre de 2005, durante un año, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011 y modificando, exclusivamente, las cláusulas de incremento salarial, quedando sin incremento el salario de 2011 y quedando sin efecto el Convenio mencionado en todo aquello que contradiga el acuerdo salarial alcanzado.
En relación con la prórroga y la denuncia del Convenio se acuerda modificar el artículo 3 del Convenio Colectivo de la siguiente forma:
La vigencia del Convenio Colectivo actual, «Convenio Colectivo de la Empresa Avis Alquile un Coche, S.A.», aprobado por resolución de la Dirección General de Trabajo, de 27 de diciembre de 2005, queda prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2011 sin perjuicio de la fecha de la publicación de los presentes acuerdos en el «Boletín Oficial del Estado».
Finalizado el periodo de vigencia de 31 de diciembre de 2011, este Convenio se entenderá prorrogado tácticamente por períodos de un año, salvo que se produzca denuncia expresa por cualquiera de las partes afectadas.
La denuncia del Convenio habrá de producirse, en su caso, con dos meses de antelación a la fecha del término de su vigencia anteriormente expuesta o la de cualquiera de sus prórrogas, mediante comunicación escrita que deberá dirigirse a la autoridad laboral y a las restantes partes negociadoras.
Producida en tiempo y forma la denuncia del Convenio se iniciará la negociación del siguiente Convenio, con arreglo a lo establecido en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores. A tal efecto, antes de finalizar el año en que se haya producido la denuncia, las partes negociadoras se reunirán para determinar las fechas y establecer el procedimiento de negociación del Convenio siguiente.
Registro y publicación: El presente acuerdo de Prórroga, cumpliendo los requisitos legales, será presentado para registro y publicación en los términos del artículo 90 de la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.1 a) del Real Decreto 713/2010, de Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de 28 de mayo de 2010.
Expresamente se designa por ambas partes a don José L. Roza Varela para el registro del presente acuerdo ante la Dirección General de Trabajo en el plazo de 15 días.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y de ella el presente acuerdo que, una vez leído y encontrado conforme lo firman los asistentes en el lugar y fecha anteriormente indicados.
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