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Documento BOE-A-2011-16046

Resolución de 28 de septiembre de 2011, de la Secretaría General de Innovación, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Junta de Extremadura para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 12 de octubre de 2011, páginas 107225 a 107249 (25 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-16046

TEXTO ORIGINAL

El artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su primer apartado que la Administración General y los Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Dentro de este marco de actuación se encuentra el presente Convenio de Colaboración.

Por su parte el artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece la obligatoriedad de publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma respectiva los diferentes convenios de colaboración dictados por las diferentes Administraciones Públicas.

En su virtud resuelvo:

Único.

Hacer público el presente Convenio de Colaboración, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de septiembre de 2011.–El Secretario General de Innovación, Juan Tomás Hernani Burzaco.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN, Y LA JUNTA DE EXTREMADURA A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO E INNOVACIÓN, PARA EL DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA ESTATAL DE INNOVACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, MEDIANTE LA CONCESIÓN A ÉSTA DE UN PRÉSTAMO CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

En Trujillo, a 17 de noviembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. D.ª Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 14 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 47/ 2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, previa autorización para la firma del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Ministros del día 10 de septiembre de 2010.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Guillermo Fernández Vara, Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 11 a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para cuyo cargo fue nombrado por Real Decreto 863/2007, de 28 de junio (D.O.E. extraordinario núm. 5 de 29 de junio) y tras la debida autorización de suscripción de este Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 13 de agosto de 2010.

De otra parte, la Excma. Sra. Doña María Dolores Aguilar Seco, Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, nombrada para dicho cargo por Decreto del Presidente 19/2007, de 30 de junio (D.O.E. extraordinario núm. 6 de 2 de julio de 2007), actuando en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifica la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. extraordinario núm. 6, de 2 julio de 2007), así como a tenor de la Resolución de 16 de agosto de 2010, del Consejero de Administración Pública y Hacienda (D.O.E. núm. 165, de 26 de agosto), por la que se delega la competencia para formalizar la operación de endeudamiento que se deriva del presente Convenio, autorizada para mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 13 de agosto de 2010.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante MICINN) tiene la competencia del fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, según el artículo 149.1 apartados 13 y 15 de la Constitución Española y es el departamento de la Administración General del Estado al que corresponden la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores según lo dispuesto en los Reales Decretos 542/209, de 7 de abril; 640/2009, de 17 de abril; 1042/2009, de 29 de junio, y en el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Asimismo le corresponde la elaboración de la propuesta, gestión, seguimiento y evaluación de los programas nacionales y acciones estratégicas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (Plan Nacional de I+D+i).

Segundo.

Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura promover la investigación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 7.1.16 del Estatuto de Autonomía. En concreto a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura y en virtud del Decreto del Presidente 17/2007, por el que se crea la Consejería, y el Decreto 59/2010, de 12 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación (D.O.E. núm. 53, de 18 de marzo) le corresponden las competencias en Investigación, Desarrollo e Innovación.

Tercero.

Que ambas partes desean cooperar y coordinar sus actuaciones en materia de innovación con el objetivo común del desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación (en adelante e2i), aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros del 2 de julio de 2010. Los cinco ejes de actuación de la e2i, que conforman el llamado «Pentágono de la Innovación», son: a) la creación de un entorno financiero favorable a la innovación empresarial; b) la dinamización de los mercados innovadores mediante la regulación y la compra pública; c) la cooperación territorial en las políticas de promoción de la innovación; d) la internacionalización de las actividades innovadoras; e) la potenciación de las personas mediante la incorporación de talento y capacidad innovadora al sector productivo.

Cuarto.

Que la Comunidad Autónoma de Extremadura asume la corresponsabilidad en alcanzar los objetivos estatales de la e2i para el año 2015 (consistentes en la creación de 500.000 empleos en media y alta tecnología, la incorporación de 40.000 empresas adicionales a realizar actividades innovadoras, un incremento de inversión privada en I+D+i de 6.000 millones de euros anuales, obtener un retorno de programas europeos del 10%, y una mejora sustancial en nuestra balanza de productos y servicios tecnológicos) y, en este sentido, asume como propios de su comunidad los siguientes objetivos cuantitativos de la e2i para el año 2015: 8.302 nuevos empleos en media y alta tecnología, 664 empresas adicionales que realizan innovación y 99 millones de euros anuales adicionales de inversión privada en I+D+i.

Quinto.

Que el artículo 6.1 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la Administración General y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Por otra parte el articulo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público dispone la exclusión de su ámbito de aplicación de los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Sexto.

Que para la consecución de los objetivos mencionados en el apartado cuarto, ambas partes ponen en marcha actuaciones de fomento de actividades de innovación tanto desde la Administración General del Estado, como desde la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, ambas partes coinciden en la necesidad de potenciar la creación de las masas críticas necesarias para afrontar los desafíos que la ciencia y la innovación española en general y la de Extremadura en particular, tienen planteados: propiciar la internacionalización de sus correspondientes agentes del conocimiento, en especial en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, mejorar la transferencia tecnológica al sector empresarial y fomentar la difusión científica y tecnológica.

Séptimo.

Que ambas partes consideran de interés intensificar la coordinación de las acciones de apoyo a la Investigación, Desarrollo e Innovación en áreas de interés común, por entender que ello contribuye al mejor cumplimiento de sus respectivos objetivos financiando el MICINN las acciones descritas en el anexo 1 a este convenio.

Por todo ello, las partes, al amparo del artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ACUERDAN suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

CAPÍTULO I
Objeto y compromisos
Primera. Objeto del convenio.

La finalidad del presente convenio es fijar el marco de colaboración entre las partes para el fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Extremadura a través del desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, mediante la concesión de un préstamo a la Junta de Extremadura.

El objeto del convenio es el desarrollo de un programa de actuaciones de promoción de la innovación sobre los cinco ejes de la Estrategia Estatal de Innovación. El programa detallado de actuaciones se describe en el anexo 1, que es parte integral de este convenio. Cada actuación del anexo 1 cuantifica la contribución que, como consecuencia del desarrollo de la misma, se prevé realizar a cada uno de los tres objetivos principales de la e2i.

Segunda. Compromisos de las partes.

El MICINN se obliga a financiar la ejecución de las actividades a realizar en el marco del presente convenio, mediante un préstamo en las condiciones estipuladas en el capítulo tres de este convenio.

La Consejería de economía, Comercio e Innovación, por su parte, se obliga a:

– Desarrollar todas las actividades que resulten necesarias para la ejecución del programa de actuaciones de innovación incluidas en el anexo 1 pudiendo realizarlas por sí misma o a través de alguna de las agencias o entidades de ella dependientes. Dichos proyectos se ejecutarán en el plazo de un año desde que se reciban los libramientos correspondientes.

– Acreditar ante el MICINN el cumplimiento de la finalidad del préstamo, la ejecución de las actividades para las que también se concede y la correcta utilización de los fondos públicos que se entregan, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las ejecutadas en el año anterior.

– Promocionar y dar a conocer las posibilidades de actuaciones coordinadas, como las correspondientes a este convenio, en los foros más adecuados según criterio de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación, al objeto de promoverlas.

CAPÍTULO II
Funcionamiento y desarrollo del Convenio
Tercera. Comisión paritaria de seguimiento.

1. El seguimiento del presente convenio corresponde a una Comisión paritaria de ocho miembros, cuatro nombrados en representación del MICINN y cuatro en representación de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación.

2. Uno de los representantes del MICINN será designado por la Delegación del Gobierno en Extremadura.

3. Una vez firmado el convenio y en el plazo máximo de un mes desde la fecha de dicha firma, cada parte nombrará a sus representantes y lo comunicará a la otra parte. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con la comunicación a la otra parte, previa a la celebración de la reunión.

4. Uno de los representantes del MICINN será el Presidente de la Comisión, actuando como secretario un representante de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación

5. La convocatoria ordinaria se realizará por el Secretario por indicación del Presidente, comunicándose el orden del día con un mínimo de un mes de antelación a la fecha de la reunión.

6. Se considerará constituida la Comisión cuando estén presentes las dos partes y en número igual de asistentes, siendo una de ellas el Presidente o persona en quien delegue.

7. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad.

8. La Comisión podrá recabar excepcionalmente una opinión especializada en aquellos casos en los que sea necesario por la naturaleza del tema. Esta opinión no será vinculante.

9. Esta Comisión tendrá como funciones:

• Efectuar el seguimiento de las actuaciones y actividades realizadas y en curso verificando que progresan adecuadamente, se mantienen en los límites establecidos y se alcanzan los objetivos programados en el presente convenio.

• Resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de sus cláusulas, siempre dentro de la legalidad vigente, y cualquiera otra que se derive de la ejecución del convenio y en el espíritu de éste.

• Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos. Corresponde a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura garantizar la disponibilidad de la información.

• En caso de que se hayan producido retrasos en la ejecución de las actuaciones, la Comisión de seguimiento, previa recepción y análisis de la memoria justificativa de las causas de dichos retrasos y la propuesta de nuevo calendario de actuaciones, podrá proponer al MICINN la nueva fecha de finalización.

10. En lo no contemplado por esta cláusula, sobre el funcionamiento y actuaciones de la Comisión, se estará a lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común sobre órganos colegiados.

Cuarta. Justificación del préstamo y memoria anual.

La Consejería de Economía, Comercio e Innovación se obliga a presentar la justificación de las actuaciones realizadas con cargo a la financiación recibida, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las realizadas en el año anterior según lo previsto en la cláusula segunda. Dicha justificación se entregará en el MICINN.

Se acompañará la siguiente documentación:

• Memoria descriptiva de las todas las actividades realizadas durante la vigencia de este convenio, aportando la oportuna acreditación documental.

• Acreditación del cumplimiento de la obligación que sobre publicidad de las actuaciones establece la cláusula undécima.

• Memoria económica con detalle de los importes aplicados a cada una de las actuaciones.

• Certificado de recepción de los fondos, emitido por la Intervención de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de su correcta aplicación a las actuaciones previstas.

• Certificado de remanentes no aplicados a las actuaciones de ejecución de este convenio, emitido por el órgano competente encargado de la contabilidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Adicionalmente, la Comunidad Autónoma de Extremadura presentará antes del 1 de julio de cada año ante la Comisión de seguimiento una memoria anual sobre la evolución de las actuaciones contempladas en el anexo 1 del presente convenio.

Una vez recibida la memoria anual indicada, la Comisión de seguimiento emitirá un informe, que habrá de ser favorable a efectos de que el MICINN efectúe el libramiento de la correspondiente anualidad. En el supuesto que existieran remanentes no aplicados, la Comunidad Autónoma de Extremadura podrá solicitar al MICINN, un reajuste del calendario de actuaciones y consecuentemente el de libramientos y reembolsos, o bien procederá al reintegro de los importes correspondientes más los intereses de demora. Todo lo anterior sin perjuicio de las actuaciones de verificación sobre la documentación justificativa que correspondan al MICINN como órgano concedente.

La Consejería de Economía, Comercio e Innovación y las entidades mediante las que se pudieran ejecutar las acciones, deberán someterse, en relación con este convenio, a las actuaciones de comprobación y de control financiero que corresponden al órgano concedente del préstamo, a la Intervención General de la Administración del Estado, y a las previstas en la legislación aplicable del Tribunal de Cuentas, al que facilitarán cuanta información sea requerida al efecto.

CAPÍTULO III
Financiación nacional de las actividades sujetas al Convenio
Quinta. Financiación.

El MICINN financiará las actividades sujetas a este Convenio con un préstamo de TREINTA MILLONES DE EUROS (30,00 M€) que serán librados de acuerdo con el siguiente calendario:

 

Millones de €

Año 2010

10,00

Año 2011

10,00

Año 2012

10,00

Total

30,00

El préstamo tendrá un tipo de interés del 1,232% (Euribor según Resolución de 1 de febrero de 2010 del Banco de España), un periodo de carencia de 5 años desde el año siguiente al de concesión del préstamo y un periodo de reembolso de 10 años adicionales, siendo por tanto el periodo total de amortización de 15 años.

Sexta. Transferencia de los préstamos del MICINN.

La transferencia de fondos se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.467C.821.15 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010 y su equivalente en ejercicios posteriores.

Esta aportación no podrá suponer una disminución de la dotación para innovación que tenga previsto realizar la Comunidad Autónoma.

El primer libramiento del importe del préstamo se realizará a la firma del convenio. Los siguientes libramientos se efectuarán dentro del mes siguiente a la recepción del informe favorable emitido por la Comisión de seguimiento según lo previsto en la cláusula cuarta, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura n.º 2010 0011 01 0026262604

Séptima. Reembolso de los préstamos.

La Consejería de Economía, Comercio e Innovación se obliga a reembolsar el préstamo al Tesoro Público, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre (BOE de 31 de diciembre), por la que se regula el procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos encuadradas en las mismas, modificada por la Orden EHA/3967/2007, de 26 diciembre (BOE de 8 de enero de 2008), o a la normativa que la pueda sustituir, en el concepto «Ingresos no tributarios. Ejercicios cerrados operaciones financieras», y con una referencia al MICINN y a este convenio.

El pago de la devolución del préstamo y sus intereses se realizará según el cuadro de amortización que se adjunta como anexo 2, siendo la fecha de pago para realizarlos el 31 de enero del año indicado en el mismo.

Octava. Reintegro de los préstamos con intereses de demora.

1. El incumplimiento del reintegro del préstamo dará lugar a los correspondientes intereses de demora, calculados en aplicación del interés legal del dinero.

2. Se producirá la devolución anticipada del préstamo, junto con los intereses de demora, calculados desde el vencimiento de la obligación hasta su completa devolución en los siguientes casos:

• Cuando no se aporten las justificaciones que se prevén en el presente convenio

• Cuando la financiación se aplique a finalidades y actuaciones distintas de las previstas en este convenio y en su anexo 1.

• Cuando no se ejecute lo previsto en el convenio por causas no justificadas, habiendo finalizado el periodo de su ejecución y en su caso, las eventuales prorrogas que fuesen aplicables.

CAPÍTULO IV
Cláusulas finales
Novena. Vigencia y resolución.

1. El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma por ambas partes y su vigencia se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, mientras subsistan obligaciones de las partes y, en todo caso, hasta el reembolso total del préstamo.

2. Podrá resolverse este convenio antes del plazo previsto por mutuo acuerdo de las partes o por incumplimiento del propio convenio, tanto de las actividades a ejecutar como de la devolución de las cantidades en los plazos acordados. Las partes deberán acordar, en caso de resolución, sus efectos sobre las actividades en curso.

Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.

1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se realiza al amparo de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las partes, en el seno de la Comisión de seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Undécima. Publicidad del convenio.

1. Se deberá hacer constar por la Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura la colaboración del MICINN en todas las actividades editoriales, informativas o promocionales en relación con las actuaciones contempladas en este convenio.

2. Una vez al año tendrá lugar una rueda de prensa en la que los máximos responsables de cada una de las partes dará cuenta del desarrollo de este convenio.

3. El presente convenio será publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Extremadura.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en triplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.–El Consejero de Administración Pública y Hacienda de la Junta de Extremadura, P.D. (Resolución de 16 de agosto de 2010).–La Vicepresidenta 2.ª y Consejera de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, M.ª Dolores Aguilar Seco.

DOCUMENTO ANEXO 1
Memoria

1. Antecedentes

La innovación constituye la prioridad central en la aplicación de la Estrategia de Lisboa. También, para la Junta de Extremadura, la innovación constituye una de las apuestas más firmes para elevar los niveles de competitividad regional en los próximos años y, en consecuencia, para favorecer la transformación y el crecimiento de nuestra economía.

Además, la excepcional coyuntura internacional, nacional y regional que estamos viviendo debe ser aprovechada para definir los cambios estructurales que la región y su sistema productivo necesitan. Por lo tanto, durante el año 2009, el Gobierno Regional y los agentes sociales firmaron el «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura», recientemente ratificado por la Asamblea, que une fuerzas en una única dirección: el cambio en el modelo económico. Fruto de este Pacto son una serie de iniciativas que están desarrollándose actualmente, entre las que se pueden citar la elaboración de una «Estrategia global e integrada de la internacionalización de la economía extremeña», una «Estrategia para el emprendimiento en Extremadura», fomentando el mismo en aquellos sectores que puedan provocar una transformación de la economía regional y que generen empleo de alto contenido tecnológico y de calidad, así como la creación de un «Fondo Tecnológico para Extremadura».

La apuesta de la Junta de Extremadura por la promoción, fomento y desarrollo de las actividades de I+D+i ha sido un compromiso importante, en el convencimiento de que es necesaria una completa transformación de la economía tradicional de producción hacia una economía del conocimiento. Muestra de este compromiso será la aprobación en los próximos meses de la primera Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, también incluida en el citado «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura».

Desde 2008 e impulsado por la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, INNOVEEX se constituye en un modelo integrado para la implementación, crecimiento y desarrollo de la innovación en las empresas extremeñas cuyo objetivo ulterior es revitalizar el tejido empresarial extremeño, hacerlo más competitivo, siendo los dos principios rectores el redimensionamiento del tejido empresarial y el impulso de la innovación como factor clave del desarrollo económico. El primero de ellos se apoyará en la estructura de clústeres que ya existen y en aquellos que se creen en áreas empresariales estratégicas para la Comunidad Autónoma y el segundo en la Red Pública de I+D (Centros Tecnológicos), Universidad de Extremadura y otros agentes de I+D+i de la región, todos ellos integrados en un sistema que propicie la cooperación y el funcionamiento en red.

Considerados todos los antecedentes mencionados, Extremadura tiene la obligación de colaborar en el desarrollo territorial de la Estrategia Estatal de Innovación (e2i) impulsada por el Ministerio de Ciencia e Innovación, ya que, tal y como señala «es necesaria la elaboración de una estrategia capaz de priorizar objetivos, integrar las capacidades del sistema y evitar la duplicidad de esfuerzos. Una estrategia que superando las políticas lineales de innovación impulse la transición hacia un nuevo modelo más complejo y potente que, respetando el apoyo a la transferencia de conocimiento, amplíe su actuación en varios ejes simultáneos».

Este Anexo recoge el desarrollo que, desde la Comunidad Autónoma de Extremadura, se pretende dar a la Estrategia Estatal, adaptándose siempre a las particulares condiciones y realidad de nuestro tejido empresarial y sectores productivos.

2. Objeto

El presente documento se constituye como Anexo al «Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación para el Desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los presupuestos generales del estado».

El objeto del Anexo es presentar de forma detallada el empleo de los recursos financieros puestos a disposición de la Comunidad de Extremadura mediante el presente Convenio.

A través del presente Convenio, la Comunidad de Extremadura se compromete a emplear dichos recursos en la financiación del Programa «EXTREMADURA-IN» de Intensificación de la I+D+i empresarial, que persigue:

– Incrementar la inversión de las empresas extremeñas en innovación.

– El desarrollo de los sectores estratégicos para la economía regional.

– Búsqueda y/o creación de nichos de empleo tecnológico, que incidan en la creación de empleo de calidad, impulso del desarrollo regional y generación de riqueza y bienestar.

– La creación de nuevas herramientas financieras que favorezcan la creación y desarrollo de ideas innovadoras.

– El impulso del desarrollo sostenible regional.

– La formación y atracción de capital humano

– El fomento a todos los niveles de la cultura de la innovación y el cambio de modelo económico.

– El apoyo a la internacionalización de las empresas y emprendedores innovadores de la región

En este sentido, el Programa «Extremadura-in» alinea el catálogo de acciones vinculadas al presente vehículo de financiación con los Ejes constitutivos de la Estrategia Estatal de Innovación (E2i), centrándose en el Eje «Finanzas» pero alcanzando, con la totalidad de las acciones que posteriormente se desarrollan, el resto de Ejes. Además, este Programa ha sido elaborado tomando como base los objetivos y los sectores estratégicos de la política regional de I+D+i, desarrollada a través del Plan Regional de I+DT+i.

Con el objetivo de maximizar la utilidad social de los fondos públicos involucrados en el presente convenio, la mayor parte de los proyectos tienen un enfoque transversal, lo que le permite cubrir varios ejes de forma simultánea.

Las principales actuaciones que se pretenden afrontar y que serán desarrolladas en apartados siguientes son:

– Desarrollo de una línea de apoyo a la creación de empresas de base tecnológica

– Desarrollo de una línea de apoyo a la consolidación de empresas de base tecnológica o diversificación de su negocio e internacionalización

– Desarrollo de Ayudas a la innovación:

– Inversiones en proyectos empresariales de Desarrollo Tecnológico.

– Inversiones en proyectos empresariales de Innovación Tecnológica.

– Inversiones en activos fijos para el desarrollo de proyectos de I+D+I (edificios, máquinas, etc necesarios para el desarrollo del proyecto).

– Equipamiento tecnológico.

– Recursos humanos. Contratación para el desarrollo de los proyectos de I+D+I.

– Proyectos que incorporen tecnologías de la información y las comunicaciones y servicios avanzados.

– Estudios de viabilidad técnica previos a los proyectos de I+D+I.

– Desarrollo de Ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación.

– Desarrollo de Ayudas a la cooperación competitiva de las empresas:

– Alianzas o fusiones de pymes para la innovación.

– Internacionalización y comercialización.

– Proyectos de I+D+I liderados por clusters.

– Compartir infraestructuras y/o redes tecnológicas.

– Creación de unidades de I+D+I compartidos.

En la página siguiente se presenta un cuadro resumen de la alineación estratégica y sectorial de los proyectos propuestos.

TABLA 1

Cuadro Resumen. Relación de proyectos y Ejes

EJE(1)

Acciones

Sectores

1

2

3

4

5

Apoyo a la creación de empresas de base tecnológica: Fondo de capital riesgo y capital semilla.

Todos.

 

 

Apoyo a la consolidación de empresas de base tecnológica: diversificación de su negocio e internacionalización: capital inversión.

Todos.

 

Ayudas a la innovación.

Todos.

Ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación.

Todos.

 

Ayudas a la cooperación competitiva de las empresas en materia de innovación.

Todos.

(1) Ejes.

1 Finanzas

2 Mercados

3 Internacionalización

4 Integración Territorial

5 Personas.

• Eje Prioritario

○ Eje cubierto de forma secundaria

3. Descripción del programa «EXTREMADURA-IN»

3.1 Instrumentos.

El Programa «Extremadura-in» centra su ejecución en el Eje «Finanzas» pero alcanza, con todas sus acciones, el resto de Ejes.

El contexto económico, cada vez más caracterizado por una economía competitiva e internacionalizada, requiere de nuevos y potentes instrumentos financieros capaces de posicionar la economía y las empresas innovadoras y con proyectos innovadores en Extremadura.

Las acciones se realizarán a través de los siguientes instrumentos financieros:

1. Capital Riesgo.

2. Capital Inversión.

3. Prestamos reembolsables.

3.1.1 Capital Riesgo en I+D+i

El capital riesgo en I+D+i, tiene como objetivo promover la financiación para la creación de empresas de Base Tecnológicas.

Tiene como finalidad dar respuesta a las nuevas necesidades que el entorno competitivo genera en el tejido empresarial extremeño y supone una apuesta por los proyectos de innovación de las empresas extremeñas. La creación de empresas orientadas a la tecnología impulsa la reactivación económica.

Esta fórmula de financiacion tiene como objetivo, proporcionar recursos a medio y largo plazo, a empresas de base tecnológica y proyectos de Innovación, durante su etapa de arranque o en su etapa de madurez, como consecuencia de un proceso de consolidación, expansión, y /o diversificación de su negocio.

Este instrumento dará cobertura a las siguientes acciones:

– Línea de Apoyo a la creación de Empresas de Base Tecnológica.

– Línea de Apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica o diversificación de su negocio e internacionalización.

3.1.2 Capital Inversión.

Este instrumento de financiación, Capital Inversión, proporcionará recursos a medio y largo plazo a las empresas durante su etapa de madurez, como consecuencia de un proceso de expansión o crecimiento. El fondo capital Inversión, apoya la consolidación de las empresas de Base Tecnológica ya existentes, con especial atención a los proyectos de innovación y de internacionalización y comercialización de la innovación. Igualmente, puede favorecer la transición de empresas tradicionales hacia modelos de negocio basados en la innovación, que permitan su transformación y la apertura hacia nuevos mercados.

Este instrumento dará cobertura a las siguientes acciones:

– Línea de Apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica o diversificación de su negocio e internacionalización.

3.1.3 Préstamos reembolsables.

Este instrumento financiero de apoyo a los proyectos e iniciativas empresariales, en forma de Prestamos Reembolsables, tiene como objetivo el desarrollo económico y social de la región y compatibiliza sus objetivos de rentabilidad e interés público regional con la promoción empresarial y el fomento de las inversiones en Extremadura, teniendo también entre sus prioridades crear líneas complementarias y que potencien la ejecución y gestión de buena parte de las iniciativas contempladas en el Plan Regional.

Este instrumento es de especial importancia en los momentos actuales, en los que el mercado financiero no favorece el acceso a financiación a iniciativas emprendedoras e innovadoras.

Este instrumento dará cobertura a las siguientes acciones:

– Línea de Apoyo a la consolidación de empresas de base tecnológica o diversificación de su negocio e internacionalización.

– Línea de Ayudas a la innovación.

– Línea de Ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación.

– Línea de Ayudas a la cooperación competitiva de las empresas en materia de innovación.

3.2 Acciones.

La puesta en marcha de los Instrumentos de financiación anteriormente señalados (Capital Riesgo, Capital Inversión y Prestamos reembolsables),y las acciones a las que cada uno de ellos da soporte, tienen como objetivo principal promover la financiación pública destinada a la creación, consolidación y expansión de proyectos empresariales de marcado carácter innovador que presenten viabilidad económica, financiera y tecnológica, con especial atención a los proyectos relativos a sectores estratégicos (agroalimentación, biotecnología, salud, TIC’s, recursos naturales, energías renovables, etc).

La Comunidad Autónoma de Extremadura busca, con esta herramienta básica y estratégica, impulsar actuaciones encaminadas al desarrollo económico extremeño.

Se considera de prioridad el impulso de la innovación en el seno del tejido empresarial extremeño. Por ello se presentan un conjunto de actuaciones contando con la cooperación de otros agentes, regionales y externos a nuestro territorio, que tienen en común su interés en estos campos y sus implicaciones en el sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.

Estos tres instrumentos como herramientas de financiación actúan como «acelerador del crecimiento»: las empresas participadas crearán más empleo, crecerán más rápidamente, obtendrán mejores resultados, existiendo importantes diferenciales en las magnitudes de las cuentas de resultados, ventas y resultado bruto, así como el incremento de sus activos. Cabe destacar que estos instrumentos contribuyen a crear riqueza y empleo también en las empresas maduras y mejora la competitividad de las empresas más desarrolladas.

A continuación se detallan las Acciones con sus correspondientes actuaciones y actividades dentro de cada línea:

3.2.1 Línea de Apoyo a la creación de Empresas de Base Tecnológica.

Una empresa de base tecnológica (EBT) es una empresa cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora. Las EBTs basan su estrategia de negocio o actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.

Aunque este tipo de empresas suponga únicamente un porcentaje pequeño respecto del total de empresas creadas en un determinado periodo de tiempo, su importancia relativa en los procesos de innovación tecnológica es muy superior. Son ellas las que, asumiendo un mayor riesgo, aceleran la madurez de las tecnologías y, en definitiva, alimentan la innovación tecnológica.

La creación de empresas orientadas a la tecnología impulsa la reactivación económica contribuyendo a un nuevo modelo económico basado en el conocimiento, imprescindible también para el crecimiento sostenible de Extremadura como se pone de manifiesto en las políticas desarrolladas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre todo el citado anteriormente «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura», en tanto que impulsaría la diversificación de la economía regional y la creación de empleo de calidad.

Hoy, en un entorno cada vez más globalizado y competitivo, la tecnología que subyace en prácticamente todas nuestras actividades resulta ser uno de los mecanismos más eficaces para incrementar la competitividad de las empresas, generar un mayor valor añadido a los productos, procesos y servicios y en general, incrementar el desarrollo económico de la región. En un momento como el actual en el que las industrias tradicionales están teniendo dificultades para avanzar, es necesario diversificarse en nuevos sectores innovadores y crear ocupación en empresas de base tecnológica.

Por ello, es importante un mayor apoyo a las Nuevas Empresas de Base Tecnológica con instrumentos como el capital riesgo o el capital inversión por cuanto:

• Potencian el tejido tecnológico y el desarrollo económico, lo que se traduce en un incremento de la competitividad de las empresas.

• Favorecen la creación de empleo de alta cualificación.

• Al ofrecer nuevos productos, procesos o servicios altamente innovadores, las hacen sumamente atractivas a los inversores.

El apoyo a la creación de empresas de base tecnológica a través de los instrumentos indicados viene a potenciar y a complementar la estrategia establecida desde la Junta de Extremadura. Así, se han desarrollado actuaciones e instrumentos para apoyar a estas empresas, como la reciente publicación en el Diario Oficial de Extremadura el día 1 de julio de 2010 del Decreto 137/2010 por el que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas para el fomento de la actividad empresarial en I+D+i en Extremadura y que estará vigente en el periodo 2010-2013, regulándose en el mismo una serie de ayudas a empresas jóvenes innovadoras de base tecnológica.

Además es importante tener en cuenta que en mayo de 2008 se puso en marcha el Parque Científico-Tecnológico de Extremadura (PCTEX). Su ubicación se proyecta sobre un espacio de 12 a 8,5 hectáreas en los campus universitarios de Cáceres y Badajoz, respectivamente, con un edificio de 4.000 metros cuadrados ubicado en cada uno, cuya inversión es de 12 millones de euros. En éste se pretende la instalación de empresas y entidades dedicadas al desarrollo de procesos de I+D+i, lo que supone un apoyo importante para la creación de nuevas empresas innovadoras y promoción del desarrollo de una cultura orientada a la innovación tecnológica.

Por tanto, en Extremadura se pretende, como se indica en el Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura, diseñar y elaborar una ESTRATEGIA PARA EL EMPRENDIMIENTO que recoja todas las dimensiones del mismo, y muy especialmente apoyar a la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica.

La acción planteada en este punto supone complementar estos instrumentos existentes y, por tanto, busca ante todo no duplicar esfuerzos. Para ello, y como novedad fundamental, incorpora la creación de un Fondo de capital riesgo especializado, hasta ahora inexistente en Extremadura, que contribuirá a facilitar el acceso a la financiación en proyectos de especiales características, como son los de las empresas de base tecnológica.

Los instrumentos financieros ligados a esta acción serán:

• Fondo de capital riesgo especializado.

• Capital inversión.

Los agentes colaboradores para su gestión serán empresas del ámbito del sector público empresarial extremeño.

Cuantificación de la acción:

Línea de Apoyo a la creación de Empresas de Base Tecnológica (millones de euros)

2010

2011

2012

2

2

2

Las cantidades irán íntegramente destinadas a su inversión en el capital social de las empresas, siempre en un porcentaje minoritario, con pacto de recuperación del mismo en el período que se considere.

3.2.2 Línea de Apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica o diversificación de su negocio e internacionalización.

Es muy necesario ayudar a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica con los instrumentos financieros que se plantean en esta acción, pues las mismas se caracterizan por basar su ventaja competitiva en la aplicación de conocimiento científico y tecnológico, lo que les permite generar productos y/o servicios innovadores antes que sus competidores, aprovechando nichos de mercado con alto valor añadido y todavía no explotados, creando riqueza y nuevos puestos de trabajo.

A diferencia de las empresas tradicionales, las Nuevas Empresas de Base Tecnológica se caracterizan por las necesidades de inversión requeridas para mantener la ventaja competitiva que otorga la tecnología desarrollada, especialmente en lo referido a la protección de la propiedad intelectual e industrial y actividades de marketing, por ello se plantea poner en marcha estas acciones para ayudar a la financiación de su expansión en otras zonas geográficas o para atender necesidades de producción.

Apoyar a la consolidación de este tipo de empresas permite que las mismas tengan unas expectativas de crecimiento que hacen que sea una importante oportunidad para determinado tipo de inversores, generando empleo especialmente cualificado.

El objetivo es consolidar su presencia en el mercado, comenzando posiblemente un proceso de diversificación (por ejemplo, mediante consultoría o formación) e intercambio de tecnologías con otras empresas. Los productos comienzan a estabilizarse y maduran mediante nuevas versiones. Se desarrollan las funciones de soporte a usuarios y marketing, el número de empleados crece manteniéndose un núcleo operativo de alta cualificación.

En esta fase se requieren ayudas públicas muy selectivas para continuar el desarrollo de nuevos productos o la búsqueda de nuevos mercados. Para ello, son necesarios dos tipos de fondos, fundamentalmente:

• Fondos de arranque (start-up funds). Aparecen una vez que la empresa se ha creado y requiere una segunda ronda de financiación para poder crecer hasta un tamaño mínimo que asegure su supervivencia.

• Fondos de consolidación (expansion/buy out). Aparecen en los procesos de maduración de las empresas con el fin de financiar su expansión en otras zonas geográficas o para atender necesidades de producción muy superiores (por ejemplo, nueva maquinaria).

Los instrumentos financieros ligados a esta acción serán:

• Fondo de capital riesgo especializado.

• Capital inversión.

Los agentes colaboradores para su gestión serán empresas del ámbito del sector público empresarial extremeño.

Cuantificación de la acción:

Línea de Apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica

(Millones de €)

2010

2011

2012

1

1

1

Las cantidades irán íntegramente destinadas a su inversión en el capital social de las empresas, siempre en un porcentaje minoritario, con pacto de recuperación del mismo en el período que se considere.

3.2.3 Línea de ayudas a la innovación.

Los instrumentos financieros que se plantean para la acción relativa a las ayudas a la innovación encajan en el marco de lo establecido en el «Pacto Social y Político de reformas para Extremadura» que establece cómo la implantación de la I+D+ I en las empresas extremeñas es hoy una necesidad urgente y reconocida por todos los actores socioeconómicos y educativos. Sin embargo el acompañamiento a la inversión de estos proyectos empresariales se queda la mayoría de las veces en el intento, por no asumir las entidades financieras el riesgo que caracteriza a estos proyectos. Por ello, se hace necesario poner en marcha este tipo de acciones, que complementen las ya desarrolladas por la propia Comunidad Autónoma.

Refuerza esta posición el IV Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura (IV PRI+D+i, 2010-2013) que centra sus objetivos en el desarrollo de la I+D+i empresarial para incrementar el grado tecnológico de los procesos productivos y la competitividad, así como la consolidación de una estructura investigadora de excelencia, mediante la creación y promoción de infraestructuras estables de investigación y la formación del personal investigador y tecnólogo.

Se pretende, de manera específica, reforzar la participación del sector privado en las actividades de I+D+i, y para ello, se ponen en marcha nuevos instrumentos que fomenten la participación de las empresas en estas actividades. Así, el cuarto programa contemplado en este IV Plan Regional de I+D+i es el de Fomento de la Actividad Empresarial en I+D+i, cuya finalidad es incrementar la competitividad de las empresas extremeñas facilitando el desarrollo de productos y servicios en base a la I+D+i como motor para aumentar la productividad de aquéllas.

Este instrumento se ha desarrollado por el Decreto 137/2010, por el que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas para el fomento de la actividad empresarial en I+D+i en Extremadura publicado en el Diario Oficial de Extremadura el 1 de julio de 2010, y que estará vigente en el periodo 2010-2013.

En el decreto se regulan:

• ayudas para la creación y consolidación de unidades de I+D en las empresas;

• ayudas para la participación en convocatorias nacionales y comunitarias en materia de investigación industrial o desarrollo experimental;

• ayudas para la investigación industrial y desarrollo experimental en las empresas extremeñas.

También se contemplan ayudas para la realización de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en cooperación entre empresas extremeñas y organismos de investigación pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), ayudas para el apoyo a la innovación tecnológica de las empresas extremeñas en procesos y productos.

En conclusión, además del esfuerzo regional en regular instrumentos para la innovación empresarial se hace necesario complementar el acompañamiento a la inversión mediante un instrumento financiero como los prestamos reembolsables para este tipo de proyectos empresariales.

Mediante estas ayudas a la innovación se pretende nuevas oportunidades de negocio y con ello, de creación de puestos de trabajo, de aumento de la productividad y de mejora de la calidad del trabajo.

El programa «Extremadura-In» desarrollará, por tanto, una batería de ayudas a la innovación, siempre con el objetivo de la búsqueda de complementariedad con instrumentos existentes, tanto a nivel regional, nacional, como europeo, con el fin de conseguir incrementar la eficacia de los mismos. Igualmente, se busca llenar lagunas existentes que se ajusten a la realidad del tejido empresarial extremeño, compuesto en su mayoría por pymes y micropymes con una gran dispersión geográfica. Las líneas de actuación marcadas en esta acción son:

• Inversiones en proyectos de Desarrollo Tecnológico: de carácter aplicado para la creación o la mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Como resultado de los mismos se podrán desarrollar una planta piloto, un prototipo, un demostrador, un programa informático o una preserie industrial.

• Inversiones en proyectos de Innovación Tecnológica cuyos objetivos cubran alguno de los siguientes supuestos:

○ Incorporación y adaptación activa de tecnologías en la empresa que supongan una innovación para la misma, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados. También pueden contemplar la aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos. Se trata de proyectos que impliquen no sólo una modernización para la empresa, sino algún tipo de salto tecnológico en el sector en que se mueve la empresa.

○ Aplicación de un método de producción, de prestación de servicio, de ventas, de suministro o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y programas informáticos). No se consideran los cambios o mejoras de importancia menor, el aumento de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la personalización (customisation), los cambios periódicos de carácter estacional u otros y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.

• Inversiones en activos fijos para el desarrollo de proyectos de I+D+I (edificios, máquinas, etc necesarios para el desarrollo del proyecto).

• Equipamiento tecnológico.

• Recursos humanos. Contratación para el desarrollo de los proyectos de I+D+I. La contratación especializada de recursos humanos, es un factor indispensable para aumentar la competitividad de la empresa.

• Proyectos que incorporen tecnologías de la información y las comunicaciones y servicios avanzados.

• Estudios de viabilidad técnica previos a los proyectos de I+D+I.

Los instrumentos financieros ligados a esta acción serán:

• Préstamos reembolsables.

Los agentes colaboradores para la gestión de esta acción serán empresas del ámbito del sector público empresarial extremeño.

Cuantificación de la acción:

Línea de ayudas a la innovación (millones de euros)

2010

2011

2012

5

5

5

Su distribución entre las distintas actuaciones que componen esta acción se describe en el siguiente cuadro:

Actuación

2010 (M €)

2011 (M €)

2011 (M €)

Proyectos de desarrollo tecnológico

1

1

1

Proyectos de innovación tecnológica

1

1

1

Inversiones en activos fijos para el desarrollo de proyectos de I+D+i

1

1

1

Equipamiento tecnológico

0,7

0,7

0,7

Apoyo a RR.HH.

0,5

0,5

0,5

Proyectos de TICs y servicios avanzados

0,4

0,4

0,4

Estudios de viabilidad técnica previos a proyectos

0,4

0,4

0,4

Total

5

5

5

Las cantidades irán destinadas a financiar gastos directos, excepto el caso de las actuaciones «Inversiones en activos fijos para el desarrollo de proyectos de I+D+i» y «Equipamiento tecnológico» que se destinan a financiar la adquisición de activos fijos (eliminados terrenos).

3.2.4 Línea de Ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación.

Uno de los problemas encontrados en el proceso de innovación es la dificultad en comercializar la tecnología generada. Este fenómeno es especialmente preocupante cuando se analiza el gran número de desarrollos tecnológicos (muchos de ellos financiados por las administraciones públicas) que, a pesar de su éxito técnico, no logran llegar al mercado.

Desde la administración autonómica extremeña se están desarrollando actualmente actuaciones dirigidas a promover y gestionar la política de promoción exterior de Extremadura, haciendo de esta región una de las principales comunidades con presencia en el exterior por la oferta de sus productos y/o servicios de calidad, favoreciendo y apoyando la formación de Consorcios de Exportación o desarrollando, entre otros, programas como «Extremadura Exporta» o el de «Impulso a la comercialización», contando además con una red Internacional de Fomento de Mercados, actual empresa pública dedicada a impulsar las políticas regionales de internacionalización.

No obstante, se quiere ir más allá y en el «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura» se establece abordar una internacionalización global de nuestra economía, incrementando en nuestro PIB la tasa de exportaciones y para ello se adopta el compromiso de diseñar una ESTRATEGIA GLOBAL E INTEGRADA DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA EXTREMEÑA, que acoja no sólo el Plan de Internacionalización que se está desarrollando en la actualidad, sino que identifique qué sectores productivos/servicios están preparados para su internacionalización, los niveles potenciales para la misma tanto de empresas como sectores, los ámbitos educativos/formativos necesarios para afrontar este reto y los mecanismos necesarios para abordarlo, ya sean estos de carácter económicos, normativos o instrumentales.

Además, en este mismo texto se acuerda expresamente que la INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I debe ser una apuesta del SISTEMA EXTREMEÑO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA, pero también de las empresas extremeñas como premisa básica de competitividad.

En concreto, se establece que PORTUGAL, la UNIÓN EUROPEA y AMÉRICA LATINA, deben ser entornos y mercados de referencia para EXTREMADURA; para sus empresas, sectores productivos y para las políticas públicas que tienen un sesgo internacional en su apuesta por la INTERNACIONALIZACIÓN.

Los servicios privados de consultoría y asesoría en asuntos internacionales; cobertura y seguridad jurídica, acompañamiento financiero, licitaciones internacionales, asesores de mercados destino, publicistas, expertos en marketing internacional entre otros, serán instrumentos que la Administración Autonómica ponga a disposición de las empresas exportadoras y sectores productivos. La apuesta por un sector servicios que dé respuestas a la internacionalización es una de las prioridades de este ámbito internacional, lo cual generará nuevos puestos de trabajo.

A través de los instrumentos desarrollados para esta acción se pretende conseguir la internacionalización de la innovación en la dimensión de la empresa, así como el acompañamiento de la empresa extremeña innovadora en su salida e implementación exterior, la captación de inversiones exteriores para Extremadura, etc.

Por tanto, el Programa «Extremadura-in» para el desarrollo en Extremadura de la Estrategia Estatal de Innovación, propone como acción la creación de esta línea de ayudas, que se centrará en las siguientes actuaciones clave, buscando la complementariedad con la política regional de internacionalización:

• Análisis de mercados para la comercialización de productos/servicios innovadores.

• Misiones directas o inversas. Con ambas misiones se intercambiaran los conocimientos, tecnología de las empresas participantes.

• Adaptación de productos a normativa internacional, contribuyendo a que la empresa sea más competitiva en el mercado nacional e internacional.

• Alianzas internacionales de comercialización para productos/servicios innovadores, estas permiten el acceso de las empresas a nuevas oportunidades de negocio detectadas en los distintos mercados, impulsa la incorporación de nuevas empresas y sectores al proceso de internacionalización, facilita la adaptación de la oferta de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las necesidades y exigencias de los mercados internacionales, acompañando a la empresa en todo el proceso.

Los instrumentos financieros ligados a esta acción serán:

• Préstamos reembolsables.

Los agentes colaboradores para su gestión serán empresas del ámbito del sector público empresarial extremeño.

Cuantificación de la acción:

Línea de Ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación

(Millones de euros)

2010

2011

2012

1

1

1

Su distribución entre las distintas actuaciones que componen esta acción se describe en el siguiente cuadro:

Actuación

2010 (M €)

2011 (M €)

2011 (M €)

Análisis de mercados

0,3

0,3

0,3

Misiones directas o inversas

0,2

0,2

0,2

Adaptación de productos a normativa internacional

0,2

0,2

0,2

Alianzas internacionales de comercialización para productos/servicios innovadores

0,3

0,3

0,3

Total

1

1

1

Las cantidades irán destinadas a financiar gastos directos, excluyéndose la financiación de activos fijos.

3.2.5 Línea de Ayudas a la cooperación competitiva de las empresas en materia de innovación.

Las especiales características del tejido empresarial extremeño, marcado por un gran número de pymes y micropymes de escasa cultura empresarial, así como una gran dispersión geográfica en un gran territorio, obligan a contemplar los procesos innovadores ligados íntimamente a la cooperación entre empresas.

Los mecanismos de cooperación no han sido debidamente utilizados por las empresas extremeñas, quizás acostumbradas a operar aisladamente. Con los instrumentos de financiación que se contemplan en este convenio para estas acciones se quiere reforzar las ayudas que ya en Extremadura se están desarrollando para apoyar la cooperación empresarial a través de los clústeres sectoriales, como combinación de empresas involucradas en procesos de intercambio de colaboración, dirigidos a obtener ventajas y/o beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador o, como hemos indicado anteriormente, favoreciendo la formación de Consorcios de Exportación.

En esta línea, el «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura», establece que la cooperación entre empresas, las sociedades comercializadoras, las sociedades de compra, los consorcios de exportación son todos ellos mecanismos de colaboración entre las empresas, y todos ellos necesarios para la fortaleza de las mismas y de nuestros sectores productivos. Acordándose en el mismo texto del pacto priorizar ayudas jurídicas, de asesoramiento fiscal y económicas a aquellas empresas que inicien un recorrido por la cooperación o la fusión como medio de ganar dimensión y competitividad.

Por ello, este programa desarrolla esta línea de ayudas, centradas siempre en el ámbito de la innovación o de las empresas innovadoras, y se ocupará de:

• Alianzas o fusiones de pymes para la competitividad. La cooperación con empresas y entidades del mismo sector o de otros complementarios para realizar proyectos de I+D+I conjuntos es una ventajosa estrategia para alcanzar objetivos que una empresa por sí sola no puede plantearse.

• Internacionalización y comercialización, las empresas que realizan estas actividades además de asociarse con otras empresas, comparten riesgos, financiación y sobre todo, que aportan un conocimiento exhaustivo del mercado.

• Proyectos de I+D+I liderados por clústeres.

• Acciones encaminadas a compartir infraestructuras y/o redes tecnológicas.

• Creación de unidades de I+D+I compartidos.

Los instrumentos financieros ligados a esta acción serán:

• Préstamos reembolsables.

Los agentes colaboradores serán empresas del ámbito del sector público empresarial extremeño.

Cuantificación de la acción:

Línea de Ayudas a la cooperación competitiva de las empresas en materia de innovación

(Millones de euros)

2010

2011

2012

1

1

1

Su distribución entre las distintas actuaciones que componen esta acción se describe en el siguiente cuadro:

Actuación

2010 (M €)

2011 (M €)

2011 (M €)

Alianzas o fusiones de pymes para la competitividad

0,2

0,2

0,2

Internacionalización y comercialización

0,1

0,1

0,1

Proyectos de I+D+I liderados por clústeres.

0,3

0,3

0,3

Acciones encaminadas a compartir infraestructuras y/o redes tecnológicas

0,2

0,2

0,2

Creación de unidades de I+D+I compartidos

0,2

0,2

0,2

Total

1

1

1

Las cantidades irán destinadas a financiar gastos directos, excluyéndose la financiación de activos fijos, excepto en la actuación «Creación de unidades de I+D+i compartidas», que podrá financiar la compra de equipos de laboratorio.

3.3 Encuadre estratégico y sectorial.

Tal y como aparece reflejado en el texto del IV Plan Regional de I+DT+i, Extremadura ha mantenido su apuesta, junto al resto de las Comunidades Autónomas, por la innovación, como herramienta para cambiar el modelo económico.

A ello, ha contribuido la planificación política en materia de I+D ejecutada desde los años 90, con la puesta en marcha de diversos Planes Regionales de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, el fortalecimiento y capacidad investigadora de la Universidad de Extremadura, la consolidación de la red de centros tecnológicos, el crecimiento y calidad de los grupos de investigación, y el desarrollo de nuevos instrumentos precisos como el Parque Científico-Tecnológico de Extremadura o el Supercomputador Lusitania, así como la configuración y vertebración del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).

Esta proyección se enmarca, en la actualidad, en el diseño de una estrategia global e integrada, recogida en el documento del Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura, en el que se han trazado diversas acciones que permitirán convertir a la Investigación, al Desarrollo Tecnológico y la Innovación en elementos claves de impulso y transformación del sistema productivo extremeño.

El IV Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura (IV PRI+D+i, 2010-2013), mantiene como referencia seis Ejes Estratégicos: Excelencia, Crecimiento, Externalización, Transferencia del Conocimiento, Sociedad y Empresa, y Gobernanza del Sistema.

Para alcanzar los objetivos previstos en este IV PRI+D+i se han fijado líneas prioritarias de actuación en las siguientes Áreas Estratégicas: Agroalimentación, Ciencias de la Salud, Desarrollo Sostenible, Energía, Materiales y Recursos Naturales, Sociedad, Patrimonio y Territorio, y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que beneficiarán a los sectores económicos correspondientes.

Este IV PRI+D+i de Extremadura centrará sus objetivos en el desarrollo de la I+D+i empresarial para incrementar el grado tecnológico de los procesos productivos y la competitividad así como la consolidación de una estructura investigadora de excelencia, mediante la creación y promoción de infraestructuras estables de investigación y la formación del personal investigador y tecnólogo.

Tal y como aparece recogido en el «Pacto Social y Político de Reformas para Extremadura», la estructura de los sectores productivos en Extremadura, con sus peculiaridades, debe ajustarse a la media española y europea. La economía extremeña cuenta con grandes potencialidades en sectores emergentes aún por explotar y cuenta también con sectores tradicionales que pueden aportar un mayor valor añadido de lo que viene siendo hasta ahora.

Por lo tanto los sectores que considerados como prioritarios para todas las acciones de gobierno, desde la planificación industrial, pasando por la educación, formación para el empleo y Universidad, la inversión en I+D+I, los incentivos, la financiación etc, serán los siguientes:

Sectores emergentes

• El TURISMO, como sector transformador de nuestra economía y como palanca de otros sectores productivos.

• SERVICIOS DE PROXIMIDAD, en especial de atención a la dependencia y de educación 0-3 años, como un sector en crecimiento dentro de los servicios de no mercado que incremente la inversión privada y genere empleo.

• La ECONOMÍA VERDE, como yacimiento de empleo por desarrollar.

• El CONOCIMIENTO como sector en el que desarrollar una nueva estrategia.

Sectores tradicionales

• La AGRICULTURA como un sector de identidad regional, unida a la economía y sostenibilidad ambienta.

• LA INDUSTRIA, dotándola de mayor peso en nuestro PIB regional e impulsando la piedra, el corcho, el mueble, la transformación de recursos forestales, la industria auxiliar del automóvil, y en especial la INDUSTRIA AGROALIMENTARIA.

• EL COMERCIO MINORISTA, como recurso para abastecer al consumidor de forma cómoda y eficaz, a la vez que económica y medioambientalmente sostenible.

• LA CONSTRUCCIÓN y las industrias relacionadas con ella deben salir de la actual crisis con una estructura más consolidada, diversificada, y en consonancia con las innovaciones tecnológicas que se vienen produciendo, lo que permitirá alejar la idea errónea de que la construcción sólo tiene futuro ligada a la especulación.

El programa de actuaciones «Extremadura – in» que se presenta en este Anexo y que pretende apoyar el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en nuestra Comunidad Autónoma, además de alinearse con la estrategia regional arriba expuesta, encaja también con el planteamiento estatal, resumido de la siguiente forma:

Ejes E2I cubiertos

• CENTRAL:

Finanzas: se busca proporcionar recursos a medio y largo plazo, a empresas de creación de base tecnológica y a Proyectos de innovación, durante su etapa de arranque o en su etapa de madurez, como consecuencia de un proceso de expansión o crecimiento.

Mercado.

• TRANSVERSALES:

Personal: El proyecto contribuirá a la contratación por parte de las empresas de recursos humanos para el desarrollo de los proyectos de I+D+I.

Internacionalización: se conseguirá un aumento de competitividad tanto regional como nacional, así como la exportación de I+D+i.

Cooperación territorial: destacando el papel de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la difusión de la innovación en todo el territorio y a todo el tejido productivo, con especial énfasis en las PYMES.

Mercados: favoreciendo, desde el ámbito público, los nuevos mercados para productos/servicios innovadores.

Sectores

Acciones abiertas a todos los sectores de la economía extremeña. No obstante, serán especialmente valorados los relacionados con los sectores estratégicos:

• Agroalimentación.

• Biotecnología.

• Salud.

• TIC’s.

• Recursos Naturales.

• Energías renovables.

3.4 Resumen de propuesta económica y calendarización.

Propuesta de Calendarización de Instrumentos Financieros (millones €)

Detalle de actuaciones

%

2010

2011

2012

Total

Línea de apoyo a la creación de Empresas de Base Tecnológica.

20

2,00

2,00

2,00

6,00

Inversión en capital social.

 

2,00

2,00

2,00

6,00

Línea de apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica.

10

1,00

1,00

1,00

3,00

Inversión en capital social.

 

1,00

1,00

1,00

3,00

Línea de ayudas a la innovación.

50

5,00

5,00

5,00

15,00

Proyectos de desarrollo tecnológico.

 

1,00

1,00

1,00

3,00

Proyectos de innovación tecnológica.

 

1,00

1,00

1,00

3,00

Inversiones en activos fijos para el desarrollo de proyectos de I+D+i.

 

1,00

1,00

1,00

3,00

Equipamiento tecnológico.

 

0,70

0,70

0,70

2,10

Apoyo a RRHH.

 

0,50

0,50

0,50

1,50

Proyectos de TIC`s y servicios avanzados.

 

0,40

0,40

0,40

1,20

Estudios de viabilidad técnica previos a proyectos.

 

0,40

0,40

0,40

1,20

Línea de ayudas a la internacionalización y comercialización de la innovación.

10

1,00

1,00

1,00

3,00

Análisis de mercados.

 

0,30

0,30

0,30

0,90

Misiones directas o inversas.

 

0,20

0,20

0,20

0,60

Adaptación de productos a normativa internacional.

 

0,20

0,20

0,20

0,60

Alianzas internacionales de comercialización para productos y servicios innovadores.

 

0,30

0,30

0,30

0,90

Línea de ayudas a la cooperación competitiva de las empresas en materia de innovación.

10

1,00

1,00

1,00

3,00

Alianzas o fusiones de PYMES para la competitividad.

 

0,20

0,20

0,20

0,60

Internacionalización y comercialización.

 

0,10

0,10

0,10

0,30

Proyectos de I+D+i liderados por clústeres.

 

0,30

0,30

0,30

0,90

Acciones encaminadas a compartir infraestructuras y/o redes tecnológicas.

 

0,20

0,20

0,20

0,60

Creación de unidades de I+D+i compartidas.

 

0,20

0,20

0,20

0,60

Totales

100

10,00

10,00

10,00

30,00

2010

2011

2012

Capital riesgo.

Capital riesgo.

Capital riesgo.

Capital inversión.

Capital inversión.

Capital inversión.

Préstamos reembolsables.

Préstamos reembolsables.

Préstamos reembolsables.

10,00 M €

10,00 M €

10,00 M €

La Comunidad Autónoma se compromete al empleo de estos recursos en las anualidades indicadas conforme a los plazos de ejecución de un año desde su recepción tal como figura en el convenio entre el Micinn y la Junta de Extremadura.

3.5 Retornos esperados.

Como se establece en el texto de este convenio, la Comunidad Autónoma asume como propios los siguientes objetivos cuantitativos de la E2i para el año 2015: 8.302 nuevos empleos en media y alta tecnología, 664 empresas adicionales que realizan innovación y 99 millones de euros anuales adicionales de inversión privada en I+D+I.

El pasado 24 de marzo, la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación firmó con los agentes sociales el IV Plan Regional de I+D+i (2010-2013) para continuar con la planificación de una política científica y tecnológica iniciada en 1998 con la aprobación del I Plan Regional de I+D+i.

Para converger con la media española y con la UE en materia de I+D+i, y para que Extremadura supere las debilidades que condicionan la competitividad de su economía y la fortaleza de su crecimiento, en el IV PRI se exponen los objetivos que se pretenden conseguir relativos a aumentar el ratio de inversión en I+D sobre el PIB, pasando del 0,9% en 2008 al 1,2% en 2011 y al 1,4% en 2013, que contribuya a un acercamiento a los objetivos del programa INGENIO 2010 que establece para España como objetivo el 2% y a los objetivos de la Estrategia de Lisboa, que establece que la UE destine el 3% de su PIB a la I+D.

En cuanto al objetivo previsto de aumentar la inversión privada en I+D+I en 99 millones de euros anuales adicionales indicamos que avalan la consecución del mismo el hecho de que en el IV PRI se establece que hay que incrementar la contribución del sector privado en la inversión en I+D, pasando del 19,3% en 2008 al 22% en 2010 y al 45% en 2013, superando el principal estrangulamiento del sistema de I+D+i extremeño. En este sentido el Programa INGENIO 2010 marca como objetivo para España el 55% y la Estrategia de Lisboa establece como objetivo que en 2010 dos tercios de la I+D de la UE sea financiada con fondos privados.

Además los objetivos marcados en el IV PRI permiten cumplir el objetivo de crear 8.302 nuevos empleos en media y alta tecnología, para ello es relevante el dato de querer acercar el número EJC de investigadores a la media española, pasando de los 1389 en 2008 a más de 1650 en 2013.

El objetivo relativo a la creación de 664 empresas adicionales que realizan innovación queda reforzado con lo acordado en el IV PRI al indicar que se pretende aumentar el número de empresas innovadoras, pasando de 625 en 2007 a 1025 en 2013. Se entiende que la crisis económica y la necesidad de un cambio de modelo productivo han acentuado la necesidad de empresas innovadoras, y en Extremadura se están adoptando medidas para fomentar la creación de este tipo de empresas.

Además, como garantía para la consecución de estos objetivos en Extremadura recientemente el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó el PROYECTO DE LEY DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN DE EXTREMADURA, cuya aprobación por la Asamblea de Extremadura se prevé a muy corto plazo. La indicada Ley regula, de forma global y sistemática, la actuación de los poderes públicos de nuestra Comunidad en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación. Esta ley fomentará y coordinará el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, la actividad investigadora y la transferencia de conocimientos a la sociedad. Y lo que es más importante para el objetivo de este convenio es que esta Ley impulsará la I+D+i en el sector empresarial extremeño.

En resumen, de la suma de la política regional de I+D+i y los instrumentos que se establecen en este Convenio, se consideran los siguientes objetivos cuantitativos totales de la aplicación e2i para el año 2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura:

Concepto

 

 

Empleo

Directo

≥40%

≥3322

Indirecto

≥30%

≥2490

Inducido

≥30%

≥2490

Financiación Privada Anual Movilizada

≥99M €

Empresas incorporadas a realizar actividades de innovación

≥664

De los mismos, los que se perseguirán de forma concreta con la ejecución de las acciones del programa «Extremadura – in» son:

 

Empleo

Financiación Privada Anual Movilizada

Empresas incorporadas a realizar actividades de innovación

Actuaciones

Directo

Indirecto

Inducido

 

 

Apoyo a la creación de Empresas de Base Tecnológica.

199

149

149

2.970.000,0 €

40

Apoyo a la consolidación de Empresas de Base Tecnológica.

100

75

75

1.485.000,0 €

20

Ayudas a la innovación.

498

374

374

7.425.000,0 €

100

Ayudas a Internacionalización y comercialización.

100

75

75

1.485.000,0 €

20

Ayudas a la Cooperación.

100

75

75

1.485.000,0 €

20

Total

997

747

747

14.850.000,0 €

200

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