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Documento BOE-A-2011-16092

Orden EDU/2727/2011, de 7 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Oncología-Hrc para la Docencia e Investigación del Cáncer.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 13 de octubre de 2011, páginas 107427 a 107429 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-16092

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Alfredo Carrato Mena, solicitando la inscripción de la Fundación Oncología-Hrc para la Docencia e Investigación del Cáncer en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Alfredo Carrato Mena, don Enrique Grande Pulido, doña Eva María Guerra Alía, doña María López García, doña María Pilar Garrido López, don Federico Longo Muñoz, doña María Eugenia Olmedo García, doña María Vasessa Pachón Olmos, doña María Luisa García de Paredes Pérez de Sevilla, doña Ainara Soria Rivas, doña María Ángeles Vaz Salgado, doña Noelia Martínez Jáñez, doña Carmen Crespo Massieu y doña Carmen Guillén Ponce, en Madrid, el 31 de mayo de 2011, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Ignacio Maldonado Ramos, con el número 1.415 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Marqués de Urquijo, número 10-3.º C, distrito postal 28008 del Municipio de Madrid, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación, consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100 mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto se hará efectivo en un plazo no superior a cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Fomentar y financiar la investigación biomédica, tanto básica como clínica y traslacional, de los procesos oncológicos, en los aspectos de prevención, diagnóstico, pronóstico, tratamiento y seguimiento. Promover la formación continuada y la docencia de calidad en Oncología para la comunidad científica oncológica, personal sanitario y otros profesionales relacionados con la oncología y con sociedades científicas de pacientes. Proporcionar asesoramiento oncológico cualificado a todos los participantes del sistema sanitario oncológico, tanto gestores, proveedores, trabajadores, como usuarios. Promocionar a los grupos de investigación emergentes y consolidados. Divulgar los avances en Oncología y en Ciencias de la Salud a la población en general, a los colectivos de pacientes, al personal sanitario, alumnos de Ciencias de la Salud, y profesionales en formación o establecidos, relacionados con el cáncer. Promover la transferencia de tecnología y adquisición de patentes. Favorecer la colaboración entre empresas y los investigadores del cáncer y de éstos entre sí. Impulsar el desarrollo de empresas por parte de los investigadores. Proporcionar apoyo en la estrategia, el diseño y desarrollo de las actividades conducentes al progreso en Oncología.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Alfredo Carrato Mena. Secretario: Don Enrique Grande Pulido. Vocales: Doña Eva María Guerra Alía, doña María López García, doña María Pilar Garrido López, don Federico Longo Muñoz, doña María Eugenia Olmedo García, doña María Vasessa Pachón Olmos, doña María Luisa García de Paredes Pérez de Sevilla, doña Ainara Soria Rivas, doña María Ángeles Vaz Salgado, doña Noelia Martínez Jáñez, doña Carmen Crespo Massieu y doña Carmen Guillén Ponce.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

– El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

– La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

– El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

– La Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Oncología-Hrc para la Docencia e Investigación del Cáncer en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Oncología-Hrc para la Docencia e Investigación del Cáncer, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Marqués de Urquijo, número 10-3.º C, distrito postal 28008 del Municipio de Madrid, así como el patronato que figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 7 de septiembre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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