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Documento BOE-A-2011-1813

Orden CUL/107/2011, de 13 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Organización no Gubernamental el Cambio del Cambio.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2011, páginas 10681 a 10682 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2011-1813

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Organización no Gubernamental el Cambio del Cambio en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Manuel Domínguez Moreno, don Virgilio Hernández Urraburu, don Juan María Gallego Moreno, don Francisco Rafael Caparros Soriano, don Camilo Soler Checa, don Rafael Carlos Muñoz Montesinos y don Carlos Arredondo Díaz, en Madrid, el 9 de mayo de 2002, según consta en la escritura pública número 1709 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Pablo de la Esperanza Rodríguez, ratificada y complementada por otra escritura con número 3422, de 14 de diciembre de 2010, y subsanada por otra con número 67, de 11 de enero de 2011, otorgadas ambas ante el Notario de Sevilla don Luis Peche Rubio.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ciaurriz, número 87, distrito postal 41927 del municipio de Mairena del Aljarafe, provincia de Sevilla, y la Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio del Estado Español, Europa y América Latina.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de 30.547,61 euros, mediante la aportación en metálico de 3.000 euros en el momento de la constitución en el año 2002, y de 23.626,76 euros en metálico y bienes muebles por valor de 3.920,85 euros según consta en la escritura 3422, y en certificado bancario incorporado a la escritura número 67 a que se refiere el antecedente de hecho primero, otorgadas ambas ante el Notario de Sevilla don Luis Peche Rubio.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución, y modificados por la escritura número 3422 a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La fundación tiene como objetivos primordiales promover la constitución de foros contra el fenómeno de la globalización a través del desarrollo de programas culturales que fomenten la evolución de los pueblos en pos de la libertad y la igualdad, fomentando mediante la cultura la conciencia social y colectiva de los pueblos, poniendo en marcha cursos, jornadas, encuentros, congresos entre otros.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Don Manuel Domínguez Moreno, con el cargo de Presidente del Patronato; doña Marta Ormaechea Cobeaga, con el cargo de Vicepresidenta del Patronato; don Josu Gómez Barrutia, con el cargo de Secretario patrono; don Andrés Domínguez González, con el cargo de Tesorero, y los siguientes como Vocales del Patronato: Don Juan María Gallego Moreno, doña Mercedes Naranjo Márquez y don José Manuel Reina Garnacho.

En la escritura 3422 consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente señaladas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.

La Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales las competencias que están atribuidas al Ministro en cuanto titular del Protectorado por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y restantes normas de desarrollo y aplicación.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según las Disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Organización no Gubernamental el Cambio del Cambio en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Organización no Gubernamental el Cambio del Cambio, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Ciaurriz, número 87, distrito postal 41927 del municipio de Mairena del Aljarafe, provincia de Sevilla, y el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 13 de enero de 2011.–La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Santos Castro Fernández.

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