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Documento BOE-A-2011-19374

Resolución de 11 de noviembre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la convocatoria de la XXV edición del Premio de Teatro radiofónico Margarita Xirgu.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 2011, páginas 132419 a 132427 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-19374

TEXTO ORIGINAL

La Orden AEC/2301/2005, de 16 de junio, regula las bases del premio «Margarita Xirgu» de teatro radiofónico y establece que el mismo será objeto de convocatorias anuales (BOE núm. 169, de 16 de julio). En el punto decimoquinto de la citada Orden se faculta a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AECID) para realizar dicha convocatoria anual y aplicar lo establecido en la mencionada Orden. Las bases de la convocatoria se ajustan a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, previo informe de la Abogacía del Estado en la AECID, ha resuelto convocar, conjuntamente con Radio Exterior de España el Premio Teatro Radiofónico «Margarita Xirgu» en su vigésimo quinta edición, conforme a las siguientes bases:

Primera. Objeto del premio.

El objeto de este premio es estimular la labor de creación de los autores dramáticos españoles o nacionales de países iberoamericanos y fortalecer la cooperación cultural en el campo del teatro radiofónico, con la finalidad de incentivar la creación radiofónica iberoamericana.

Segunda. Dotación del premio.

Se otorgará un premio único e indivisible de seis mil euros (6.000 €) que se abonará con cargo a la dotación habilitada para este fin en la aplicación presupuestaria 12-401-143A, capítulo IV, del Presupuesto de la AECID (486 o 496), cantidad que estará sujeta a las retenciones correspondientes.

Igualmente, se podrá otorgar un diploma acreditativo a las obras finalistas.

Tercera. Candidatos.

Podrá presentarse a esta convocatoria, cualquier persona física, mayor de edad, de nacionalidad española o nacional de cualquiera de los estados iberoamericanos de habla española, siempre que no haya obtenido anteriormente este galardón. No podrán concursar aquellas personas que mantengan cualquier relación de servicios con el ente público RTVE o cualquiera de las Sociedades Anónimas que comprende (RNE o TVE), así como quienes se hallen en la misma situación respecto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Cuarta. Presentación de trabajos y documentación.

1. Trabajos.–Los trabajos presentados por los autores candidatos deberán ser originales e inéditos, estarán escritos en lengua castellana y no podrán ser adaptaciones, ni siquiera en el caso de que tengan como base alguna obra original del propio concursante. Asimismo, no podrán haber recibido otro premio o accésit, ya sea con anterioridad a la presentación, durante el proceso de selección o hasta el momento del fallo.

Deberán, por otra parte, estar libres de todo compromiso anterior contraído con emisoras de radio o de televisión, editoriales, empresas teatrales, cinematográficas, periodísticas o cualesquiera otras entidades similares. Los argumentos de los guiones serán de temática libre. Los trabajos adoptarán el formato de guión radiofónico dramático. Para una correcta adaptación a la radio, los guiones tendrán una extensión en torno a las 20 páginas –se aceptarán guiones de entre 18 y 22 páginas– escritos con tipo de letra Arial; tamaño de letra 14 y con un interlineado de 1,5. Los autores harán uso, con las indicaciones pertinentes, de cuantos recursos radiofónicos les parezcan necesarios para que el texto sea realizado de manera adecuada: música, planos sonoros, efectos acústicos, etc.

2. Presentación de la documentación.

2.1 Guiones. No se admitirán más de dos guiones por autor. Los participantes tendrán dos opciones para presentar sus trabajos:

1.ª Opción: De cada guión se presentarán original y cuatro fotocopias en formato papel. Los cinco ejemplares llevarán título y lema o seudónimo, sin firma.

2.ª Opción: Un ejemplar en papel (preferentemente formato DIN A4) por cada guión presentado más una copia en soporte electrónico (memoria USB, CD-ROM o DVD) utilizando un software comúnmente aceptado (Microsoft Word, Adobe Acrobat, Openoffice). El nombre del documento electrónico, será únicamente el título del guión más el lema o seudónimo utilizado.

2.2 Plica. Acompañará a tales ejemplares un sobre cerrado (plica), en cuyo exterior figuren el título de la obra y el lema o seudónimo que contendrá copia compulsada del documento oficial de identidad que como tal le acredite (pasaporte, D.N.I., tarjeta de residencia…), un breve currículum vitae y cumplimentados los anexos I y II.

Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán ajustarse al modelo publicado en el Anexo I de esta resolución y se acompañarán de las declaraciones contenidas en el Anexo II.

El Anexo I deberá de ir sellado con el registro de entrada de la oficina donde se haya presentado la documentación solicitada, que irá dirigida al Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Avda. de los Reyes Católicos, 4. 28040 Madrid), en los Registros de sus Unidades en el exterior (Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros Culturales y Centros de Formación) así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

También podrán presentarse en la siguiente dirección:

Radio Exterior de España. Premio «Margarita Xirgu». Apartado 156.202. 28080 Madrid (España).

Se tendrá en cuenta, en todo caso, el sello con la fecha de entrada en los correspondientes Registros o en las oficinas de Correos para establecer la aceptación de las obras y su entrada a concurso.

El solicitante se quedará con copia sellada del Anexo I como justificante de haber entregado en plazo la documentación exigida.

No se admitirán como medio de presentación de solicitudes los servicios de mensajería privados ni los servicios de correo extranjeros.

2.3 El sobre que contenga los trabajos y la plica, deberá reflejar en su exterior una leyenda que indique: «Premio de Teatro Radiofónico Margarita Xirgu XXV Edición».

Quinta. Plazo de presentación.

El plazo de admisión de originales será de 60 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexta. Instrucción del procedimiento.

1. El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 58 del Reglamento de la mencionada Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

2. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.

Séptima. Jurado y criterios de valoración.

1. En el procediendo de instrucción del premio intervendrá un jurado, el cual quedará sometido en su funcionamiento a lo dispuesto en el capítulo II del Título II de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del jurado que no presten sus servicios para la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de la AECID o para Radio Exterior de España tendrán derecho a percibir las gratificaciones correspondientes por sus trabajos de asesoramiento y en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir en el desarrollo de dichos trabajos.

2. El jurado estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El Director de Relaciones Culturales y Científicas.

Vicepresidente: Jefe de Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.

Vocales: Un representante de Radio Exterior de España.

Cuatro expertos en teatro o en realización radiofónica, designados por la Presidenta de la AECID y Secretaria de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a propuesta del Director de Relaciones Culturales y Científicas, previo acuerdo con Radio Exterior de España.

Secretario: un funcionario de carrera destinado en la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas, que será designado del mismo modo que los vocales y que actuará con voz, pero sin voto.

3. En su funcionamiento, el jurado atendrá a lo siguiente:

a) Sus deliberaciones serán secretas.

b) En el momento de las votaciones, solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, no admitiéndose la delegación de voto. El jurado decidirá en sus deliberaciones por mayoría simple.

c) En su valoración, el jurado tendrá en cuenta especialmente el valor literario de los guiones y su adaptación al medio radiofónico.

d) El jurado podrá proponer que se declare desierto el premio cuando a su juicio ninguno de los guiones presentados reúna la calidad adecuada para su obtención. No podrá otorgarse el premio a más de una obra, si bien el jurado podrá proponer, junto con la obra premiada, una o varias como finalistas cuando por su mérito y calidad lo merezcan. Estas obras finalistas podrán ser retransmitidas y publicadas por RNE, S.A., y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en las mismas condiciones que la obra premiada.

e) En el momento del fallo se procederá a la apertura de la plica para comprobar la documentación aportada. Se abrirá un plazo de 30 días para comprobar que la solicitud cumple con todos los requisitos y en su caso se requerirá al solicitante propuesto por el Jurado para que presente la documentación del Anexo II.

f) En caso de no presentación en plazo de la documentación requerida se declarará al solicitante inicialmente propuesto excluido del Premio y se convocará de nuevo al Jurado para que realice una nueva propuesta. En el caso de que hubiera habido finalistas se declarará ganador automáticamente al primero que haya obtenido mayor número de votos por los miembros del Jurado.

Octava. Resolución.

1. La propuesta de resolución la efectuará el Director de Relaciones Culturales y Científicas, incorporando a la misma el contenido de la evaluación realizada por el jurado.

2. El órgano competente para dictar la resolución definitiva del procedimiento es la Presidenta de la AECID. La Resolución que adjudique el premio se notificará a los premiados mediante correo certificado con acuse de recibo, aparecerá en la página web de la AECID (www.aecid.es) y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». El procedimiento podrá suspenderse, por un máximo de tres meses, durante el tiempo que medie entre la petición del informe del Jurado y la recepción de su fallo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. Compatibilidad del premio.

Este premio será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales que pudiesen serle otorgados al beneficiario después de la concesión del presente galardón.

Décima. Cesión de derechos de retransmisión y publicación.

Radio Exterior de España y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se reservan el derecho de retransmisión y posible publicación tanto del guión premiado como de los finalistas. A tal fin, la aceptación del galardón, tanto por parte del autor premiado como de los finalistas, si los hubiese, supondrá la cesión a favor de RNE, S.A., de los derechos de comunicación pública, reproducción y distribución precisos para la puesta en antena de la obra premiada y/o finalistas, por tres emisiones, dos por la propia Radio Exterior de España y otra por cualquiera de las otras emisoras de RNE, S. A.

En ningún caso la concesión del premio supondrá cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

Undécima. Recuperación de originales.

Los autores que deseen recuperar los originales presentados habrán de recogerlos personalmente en el Departamento de Cooperación y Promoción Cultural de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Avenida Reyes Católicos 4, 28040 Madrid) presentando copia sellada del Anexo I. Los originales no recogidos serán destruidos una vez transcurran 60 días desde la publicación del fallo en el Boletín Oficial del Estado.

Duodécima. Incidencias.

Cualquier incidencia no prevista en esta convocatoria será resuelta por el órgano instructor. Para cualquier duda o aclaración se pone a disposición del solicitante la siguiente dirección electrónica: premiosdeteatro@aecid.es. En cualquier caso las contestaciones carecerán de carácter vinculante.

Decimotercera. Aceptación de las bases.

El hecho de concursar supone la plena aceptación de estas bases.

Decimocuarta. Recursos.

La Resolución por la que se hará pública la concesión del premio pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre. Contra ella se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso –Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Decimoquinta. Obligaciones del premiado y reintegro.

1. El galardonado, deberá comunicar previamente a la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas las acciones de promoción y publicidad, así como hacer mención del Premio, en las mismas, haciendo referencia siempre de forma destacada a la modalidad, edición del Premio y órgano convocante del mismo.

El incumplimiento de la obligación anterior, así como los casos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, darán lugar al reintegro de la cantidad percibida y a la exigencia del interés de demora correspondiente, devengado desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

El reintegro del importe recibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el título III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Decimosexta. Responsabilidad y régimen sancionador.

El beneficiario del premio quedará sometido al régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desarrollado en el título IV del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Decimoséptima. Normativa aplicable y posibilidad de recurso.

La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Orden AEC/2301/2005, de 16 de junio de 2005 y, supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y cualquier otra disposición que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, aprobado por el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 11 de noviembre de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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