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Documento BOE-A-2011-20337

Resolución de 14 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se publica el segundo Convenio de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Junta de Galicia sobre actuaciones en materia de Red Natura 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 27 de diciembre de 2011, páginas 143106 a 143112 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-20337

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del segundo Convenio de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Junta de Galicia, sobre actuaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal en materia de Red Natura 2000, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 14 de diciembre de 2011.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal, José Jiménez García-Herrera.

ANEXO
Segundo Convenio de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Junta de Galicia, sobre actuaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal en materia de Red Natura 2000

En Madrid, a 11 de noviembre de 2011.

REUNIDOS:

De una parte, doña Rosa Aguilar Rivero, Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 1326/2010, de 20 de octubre, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 6, en relación con la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y, de otra, don Samuel Jesús Juárez Casado, Consejero de Medio Rural, en su nombre y en representación de la misma, actuando en el ejercicio de su cargo y en función de las atribuciones que le confiere el artículo 34.10 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Junta y de su Presidencia, y el punto segundo del Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991, publicado por Resolución de 8 de abril del mismo año (DOG nº 32, de 30 de abril de 1991).

Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen, recíprocamente la capacidad para el otorgamiento del presente convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.

Que ambas partes, con fecha 16 de octubre de 2009, suscribieron un Convenio de colaboración, sobre actuaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal en materia de Red Natura 2000. El citado Convenio fue modificado con fecha 7 de octubre de 2010.

Segundo.

Que por motivos de no disponibilidad de crédito, no ha sido posible ejecutar toda la inversión prevista para el ejercicio 2010, y ante las posibilidades del presupuesto de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal y de la Junta de Galicia para los próximos ejercicios, es necesaria una redistribución de las anualidades establecidas en el Convenio suscrito, mediando previo acuerdo del Comité bilateral de seguimiento.

Tercero.

Que en virtud de lo anterior, las partes convienen prorrogar la duración del Convenio y en reajustar las anualidades de la inversión que realizará tanto el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino como la Xunta de Galicia según se recoge en los anexos I y II con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio de modificación y prórroga tiene por objeto prorrogar y reajustar las anualidades, a financiar tanto por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino como por la Junta de Galicia, del Convenio de Colaboración entre el MARM y la Xunta de Galicia sobre actuaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal en materia de Red Natura 2000.

Segunda. Modificación de la cláusula tercera. Duración.

La cláusula tercera queda redactada como sigue:

El presente convenio, surtirá efectos desde el momento de su firma y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2014.

Podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, con anterioridad a la fecha de expiración del mismo, siempre que las partes lo decidan por existir causas que obliguen a dicha prórroga.

Tercera. Modificación de la cláusula cuarta. Inversión.

La cláusula cuarta queda redactada como sigue:

La distribución por años se sustituye por la que figura en las tablas de los anexos, no variando la inversión total máxima que realizarán las partes.

La inversión del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, será igual a veinte millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos noventa y dos euros (20.888.992,00 €).

La inversión de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el periodo considerado, será de cuatro millones de euros (4.000.000, 00 €).

La distribución por años, de cada una de las partes, será la siguiente:

Anualidad

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino

Comunidad Autónoma

2009

 

265.853,69

2010

300.000.00

20.000.00

2011

1.900.766.00

1.000.000,00

2012

2.308.197.17

985.000.00

2013

9.592.265.11

920.000.00

2014

6.787.763.72

809.146.31

Total

20.888.992.00

4.000.000.00

Cuarta. Modificación de la cláusula quinta. Procedimiento de ejecución.

La cláusula quinta queda redactada como sigue:

Las actuaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino recogidas en el anexo I serán realizadas con cargo a la aplicación presupuestaria 23.09.456C.611 del presupuesto de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Serán licitadas, adjudicadas, controladas, inspeccionadas y recepcionadas por dicho Organismo, debiendo asumir la Xunta de Galicia la redacción de los proyectos correspondientes. El nombramiento de los directores de obra y coordinadores de seguridad y salud corresponderá al órgano competente del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a propuesta de la Junta de Galicia.

La Comunidad Autónoma de Galicia asumirá la ejecución de actuaciones que le son atribuidas en el anexo II, con cargo a sus presupuestos por el total de la inversión que le corresponde. La financiación de dichas actuaciones se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 13.06.541B.601.1, 13.06.541B.640.2, 13.06.541B.640.1, del presupuesto de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, con la siguiente distribución por anualidades:

 

Importe por anualidades

Aplicación

Presupuestaria

2009

2010

2011

2012

2013

2014

Total

13.06.541B.601.1

161.773,61

20.000,00

200.000,00

150.000,00

200.000,00

268.226,39

1.000.000,00

13.06.541B.640.2

62.095,08

0,00

500.000,00

600.000,00

230.000,00

207.904,92

1.600.000,00

13.06.541B.640.1

41.985,00

0,00

300.000,00

235.000,00

490.000,00

333.015,00

1.400.000,00

Total

265.853,69

20.000,00

1.000.000,00

985.000,00

920.000,00

809.146,31

4.000.000,00

La presente aportación está cofinanciada con fondos FEDER en un porcentaje del 70 del 100.

Asimismo, la Comunidad Autónoma garantizará la plena disponibilidad de los terrenos afectados.

Una vez terminadas las infraestructuras ambientales se transferirán a la Comunidad Autónoma de Galicia, que asumirá todos los costes de funcionamiento, mantenimiento, conservación y otros.

Se mantienen el resto de las cláusulas.

En todo lo no previsto en el presente convenio, será de aplicación lo dispuesto en el Convenio que se modifica.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo acordado, firman el presente documento por triplicado, y en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.–El Consejero de Medio Rural, Samuel Jesús Juárez Casado.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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