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Documento BOE-A-2011-3493

Resolución de 8 de febrero de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SA las líneas eléctricas aéreas a 400 kV, doble y simple circuito, de entrada y salida en la subestación de Xove de las líneas denominadas""Boimente-Aluminio" y "Puentes de García Rodríguez-Aluminio", en la provincia de Lugo, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2011, páginas 20527 a 20529 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-3493

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Lugo, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones que se citan.

Resultando que a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Red Eléctrica de España, S.A,, recibiéndose diversas alegaciones, las cuales han sido respondidas por Red Eléctrica de España, S.A.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Xove el 24 de junio de 2010, a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las Disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; este Ayuntamiento emite informe del que no se desprende oposición al proyecto con fecha 26 de julio de 2010.

Una vez trasladado dicho informe a Red Eléctrica de España, S.A., ésta responde que «toma en razón del informe favorable en cuanto a la compatibilidad del uso de los diferentes tipos de suelos afectados con la instalación de referencia».

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo perteneciente a la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia el 24 de junio de 2010, a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las Disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo; se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto con fecha 17 de agosto de 2010.

Una vez trasladado dicho informe a Red Eléctrica de España, S.A., ésta responde que «toma en razón del informe favorable en cuanto a la compatibilidad del uso de los diferentes tipos de suelos afectados con la instalación de referencia».

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a Telefónica de España el 29 de julio de 2010, a los efectos de los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto con fecha 18 de agosto de 2010.

Una vez trasladado dicho informe a Red Eléctrica de España, S.A., ésta responde que «toma en razón del informe favorable».

Vista la Resolución de 6 de marzo de 2009, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Subestación de Nueva Aluminio (actualmente Subestación de Xove) y modificación de las líneas de entrada y salida en la Subestación de Aluminio Español a la Subestación de Nueva Aluminio (actualmente Subestación de Xove)».

Considerando que la instalación se encuentra incluida en la «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016», aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de mayo de 2008.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 26 de enero de 2011.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Lugo.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; en la Ley 13/2003, de 24 de mayo, y en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, S.A., las líneas eléctricas aéreas a 400 kv, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Xove de las líneas denominadas «Boimente-Aluminio» y «Puentes de García Rodríguez-Aluminio», en la provincia de Lugo, cuyas características principales son:

Línea eléctrica aérea a 400 kv, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Xove de la línea denominada «Boimente-Aluminio».

Tensión: 400 kv.

Número de circuitos: 2 tramos con uno y un tramo con dos trifásicos.

Conductores: La fase está formada por conductores de aluminio-acero, tipo «Cardinal AW».

Cables de tierra: Dos con fibra óptica OPGW Tipo 1.

Aislamiento: Aisladores de vidrio U-160BS.

Apoyos: Se utilizarán apoyos metálicos constituidos por torres metálicas de celosía, según se especifica en el proyecto de ejecución.

Cimentaciones: Constituidas por zapatas individuales.

Puesta a tierra: Se realizará mediante anillos concéntricos alrededor de los apoyos, constituidos por varillas de acero descarburado reforzados.

Longitud total: 1,431 km.

Línea eléctrica aérea a 400 kv, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Xove de la línea denominada «Puentes de García Rodríguez-Aluminio».

Tensión: 400 kv.

Número de circuitos: 2 tramos con uno y un tramo con dos trifásicos.

Conductores: La fase está formada por conductores de aluminio-acero, tipo «Cardinal AW».

Cables de tierra: Dos con fibra óptica OPGW Tipo 1.

Aislamiento: Aisladores de vidrio U-160BS.

Apoyos: Se utilizarán apoyos metálicos constituidos por torres metálicas de celosía, según se especifica en el proyecto de ejecución.

Cimentaciones: Constituidas por zapatas individuales.

Puesta a tierra: Se realizará mediante anillos concéntricos alrededor de los apoyos, constituidos por varillas de acero descarburado reforzados.

Longitud total: 1,525 km.

La finalidad de las instalaciones es incrementar la fiabilidad del suministro de la zona y mejorar la calidad del mismo, así como apoyo adicional a la red de distribución del norte de Lugo y refuerzo a la actual alimentación industrial de la zona.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de las instalaciones que se autorizan a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 8 de febrero de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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