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Documento BOE-A-2011-4705

Orden SPI/532/2011, de 28 de febrero, por la que se clasifica la Fundación Neofacial y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2011, páginas 28530 a 28531 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-4705

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Neofacial resultan los siguientes

Hechos

Primero.—Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.—Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Neofacial.

Fines: Son fines de la Fundación:

a) La prestación de servicios médico-sanitarios a colectivos desfavorecidos o en situación de exclusión social.

b) La promoción de la prevención en salud, la protección y el fomento de los hábitos saludables y la calidad de vida de los ciudadanos.

c) El fomento de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el ámbito de la salud y afines, la promoción de los avances científicos y sanitarios y la formación en todos y cada uno de sus ámbitos.

d) La integración sociolaboral de las personas con discapacidad y/o desempleadas.

Domicilio: Paseo Conde de Barcelona, número 19, de Badajoz, CP 06010, con ámbito nacional.

Fundadores: Don José Carlos Moreno Vázquez.

Dotación inicial: treinta mil euros, aportados por el fundador.

Desembolso inicial: Siete mil quinientos euros.

Desembolso pendiente: Veintidós mil quinientos euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Badajoz, don Timoteo Díez Gutiérrez, el 12 de enero de 2011, con el número 102 de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don José Carlos Moreno Vázquez.

Vicepresidente: Don Juan Manuel Moreno Vázquez.

Secretario: Don José Alberto Hidalgo Piñero.

Vocales: Don Jesús Rueda García, don Carlos Sánchez-Moreno Gómez, don César Gallego Vicente, don Virginio Enrique García Martínez, doña Elena Asuar Jurado y don Juan Antonio Monterrey Mayoral.

Fundamentos de Derecho

Primero.—Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.—Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de Fundaciones y concordantes de los Reales Decretos 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Por cuanto antecede, y previo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.—Clasificar la Fundación Neofacial cuyos fines de interés general son sanitarios y de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.—Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 06-0071.

Tercero.—Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de febrero de 2011.—La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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