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Documento BOE-A-2011-7620

Decreto 21/2011, de 9 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el castillete del enclave minero de Arnao, en Castrillón.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 2011, páginas 43361 a 43365 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2011-7620

TEXTO ORIGINAL

El castillete de la mina de Arnao constituye un icono de la industrialización asturiana y un símbolo de la misma, por vincularse al primer pozo vertical profundizado en Asturias, que sirvió para explotar una mina de carbón submarina desde mediados del siglo XIX hasta comienzos del XX. Supone el elemento más destacado del conjunto histórico industrial de Arnao, incluido en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de fecha 12 de julio de 2007.

Mediante Resolución de 19 de septiembre de 2009 de la Consejería de Cultura y Turismo, se incoó expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del castillete de la mina de Arnao.

Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Se cuenta con informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, la Real Academia de la Historia, y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Mediante Resolución de 2 de agosto de 2010, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 18 de octubre de 2010, se abría un período de información pública, en el transcurso del cual no se presentó ningún escrito respecto a este expediente.

Finalmente, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión de 14 de diciembre de 2010, emitió informe favorable y motivado respecto a esta propuesta de protección patrimonial, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de marzo de 2011, dispongo:

Primero.–Se procede a declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el castillete del enclave minero de Arnao, en el concejo de Castrillón, según la descripción complementaria que se hace constar en el Anexo que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Segundo.–Se establece como entorno de protección del castillete de Arnao el espacio definido como tal en el Anexo que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Oviedo, 9 de marzo de 2011.–El Presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces.–La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 68, de 23 de marzo de 2011)

ANEXO
Extracto del expediente de declaración como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, del Castillete del enclave minero de Arnao, en el concejo de Castrillón
I. Datos sobre el bien objeto de la delimitación

1. Denominación: Castillete del enclave minero de Arnao

2. Localizacion:

a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias

b) Provincia: Asturias

c) Municipio: Castrillón

d) Localidad: Arnao

II. Descripción

El castillete de la mina de Arnao forma parte de un conjunto funcional que también engloba la casa de máquina además de otros dos cuerpos situados respectivamente al este y al sur del mismo. Espacial y visualmente forman una única construcción, aunque los materiales y volúmenes sugieren los distintos usos, todos necesarios para el cometido de la extracción del carbón del pozo vertical sobre el que se sitúan. De las distintas piezas que constituyen este conjunto, el castillete destaca por su configuración y altura sobre los demás. El edificio situado al oeste, alojó la máquina de extracción mientras que el situado más al sur contuvo otras instalaciones y a partir de un determinado momento un centro de transformación. El situado más al este actuó a modo de pabellón de acceso para la recepción de las vagonetas del ferrocarril en su recorrido de ida y vuelta.

Descripción Histórico-Artística:

Se corresponde este castillete con el primer pozo vertical profundizado en Asturias, sirviendo para explotar una mina de carbón submarina a partir de mediados del siglo XIX y que se mantuvo operativa hasta 1915.

La actual configuración del castillete dataría de 1902, y está vinculada a una reedificación de su estructura portante. Su característico revestimiento mediante escamado de chapa de zinc se considera de una época posterior al comienzo de las actividades mineras, pudiendo adscribirse a un momento posterior a 1902, cuando comienza a trabajar en la Real Compañía Asturiana de Minas el arquitecto Tomás Acha Zuleika.

El conjunto de las instalaciones mineras a las que pertenece el castillete son las primeras del largo proceso de explotación protagonizado por la Real Compañía Asturiana de Minas. En 1899 las instalaciones mineras ya están a pleno rendimiento, incorporando un completo sistema de mantenimiento de los espacios subterráneos (generación de combustible para las máquinas, talleres, oficinas, ferrocarril, aljibe, embarcadero, etc.).

Estado Actual:

El edificio se desarrolla en una sola planta, si bien de notable altura, y siendo su volumen la respuesta formal a un tipo de instalación industrial, a una máquina de extracción en la actualidad en desuso, con una serie de elementos anexos.

La sala de máquinas adopta planta rectangular con una única altura y cubierta a dos aguas en la que se dispone un linternón calado con óculo revestido éste con escamas de zinc. En este momento se dedica a vivienda. El alzado de fachada a la vía pública abre huecos en arco rebajado con dovelas en ladrillo macizo visto entre pilastras, siendo el central una puerta y los otros dos ventanas; el resto queda embebido en la estructura del antiguo casino, hoy restaurante.

El edificio que alberga el castillete es de estructura de madera con revestimiento exterior de zinc; alterado en algunos paramentos por sustitución por placas onduladas de fibrocemento. Destaca el tratamiento de su extremo superior, donde se sitúan las poleas, tratado como un templete con cubierta a cuatro aguas de chapa y listón de zinc con crestería y pináculos, empleando también escamas del mismo material y trabajando los ángulos con motivos de imposta decorados. El pequeño edificio del transformador se adosa al lateral visible a la vía pública, con planta cuadrada y volumen simple torreado, es ciego a excepción de la puerta a ras de suelo y otra accesible a través de escalera de patín.

Este volumen está realizado con caja de muros maciza, en fábrica de mampostería y revestimiento enfoscado de mortero, destacando el tratamiento de las cadenas angulares y la cornisa moldurada en ladrillo macizo. El cuerpo de la parte trasera presenta una planta cuadrangular, con una única altura, destacando un gran portón abierto en arco de medio punto rebajado (permitiría el acceso rodado) y recibe luz a través de óculos y un linternón acristalado en los laterales que destaca en su cubierta a dos aguas. Los materiales y tratamiento de fachadas son similares al transformador y casa de máquinas, a excepción de la cornisa ejecutada en zinc. El estado de conservación del mismo es medio/bajo, habiendo sufrido intervenciones y transformaciones, tales como la disposición de rejas resguardando los óculos. Presenta humedades en las fachadas, con elementos oxidados, pérdida de parte de la cubierta, cristales rotos, desconchados en enfoscados.

Entorno:

Es un espacio abierto al mar, dominando la playa en que se localizan las instalaciones mineras de mayor antigüedad de la RCAM, con escasa densidad constructiva y alternando con zonas de monte; en la misma explanada se sitúa un campo de fútbol. El entorno del elemento se encuentra urbanizado y asfaltado con señalización de aparcamiento, habiendo sufrido una trasformación sustancial a los años 50 del siglo XX, con pérdida de su carácter industrial y adopción de su condición de espacio dotacional de relación y ocio de la RCAM (casino, jardines, eventos, etc.).

III. Entorno de protección

El entorno de protección del Castillete de Arnao está integrado por el espacio comprendido dentro del ámbito delimitado por los siguientes puntos:

01-02 Partiendo desde el punto más oriental de la parcela de referencia catastral 00132 / pol. 008, lindes de ésta con las parcelas de referencia catastral 9592006TP5299S, 00125.01 / pol. 008, 11125 / pol. 008, 00125.01 / pol. 008, y 00127 /pol. 008.

02-03 Linde de la parcela de referencia catastral 15110 / pol. 008, con la parcela catastral 00127 / pol. 008.

03-04 Linde de la parcela de referencia catastral 14110 / pol. 008, con las parcelas de referencia catastral 15110 / pol. 008, 00126.02 / pol. 008, y 00141 / pol. 008.

04-05 Linde de la parcela de referencia catastral 00141 / pol. 008, con las parcelas de referencia catastral 00140 / pol. 008 y 00107 / pol. 008.

05-06 Linde de la parcela de referencia catastral 00107 / pol. 008, con las parcelas catastrales 00111 / pol. 008, y 00126.02 / pol. 008.

06-07 Linde de la parcela de referencia catastral 00126.01 / pol. 008, con las parcelas catastrales 00038 / pol. 008, y con el borde marítimo hasta el punto de coordenadas UTM x: 0259527 y: 4829417.

07-01 Linde de la parcela de referencia catastral 00126.01 / pol. 008, con la parcela catastral 9694001TP5299S.

IV. Descripción gráfica del entorno de protección

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

V. Datos administrativos

1. Expediente CPCA 210/04.

2. Incoación del expediente.

a) Fecha de incoación: 18 de septiembre de 2009.

b) Fecha de notificación de la incoación: 28 de septiembre de 2009.

c) Fecha de publicación:

BOPA: 28 de enero de 2010.

BOE: 10 de marzo de 2010.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural: 28 de septiembre de 2009.

3. Instrucción.

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Real Academia de la Historia.

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA: de 18 de octubre de 2010. Duración 20 días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Castrillón.

d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 14 de diciembre de 2010.

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