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Documento BOE-A-2011-7979

Orden TAP/1133/2011, de 25 de abril, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral, convocado por Orden PRE/2748/2010, de 5 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2011, páginas 45141 a 45143 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-7979

TEXTO ORIGINAL

Por Orden PRE/2748/2010, de 5 de octubre (BOE número 260, de 27 de octubre), se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del III Convenio Único.

Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados, de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias, este Ministerio resuelve:

Primero.–La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha Orden que figuran en el Anexo adjunto, que se publicará a través de los medios telemáticos de este Departamento y que será difundido por la Subdirección General de Personal de la Administración Periférica a las Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.

Segundo.–De conformidad con lo previsto en el apartado 9 de la Base Cuarta así como en el apartado 4 de la Base Sexta de la Orden de convocatoria del concurso, no se produce ninguna adjudicación de puestos a resultas por cuanto los puestos vacantes generados por el concurso en el Departamento no son de necesaria cobertura.

Tercero.–Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno y no son renunciables una vez adjudicada la plaza, salvo que antes de la finalización del plazo de incorporación se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Cuarto.–El cese de los adjudicatarios en sus destinos actuales se efectuará dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden.

Quinto.–La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles, si no existe cambio de residencia o en el de un mes si lo hubiera, contados a partir del día siguiente al del cese.

En el caso de que se produjese el reingreso al servicio activo, la incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden.

El cómputo de los plazos de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por incapacidad temporal.

Sexto.–Los adjudicatarios deberán permanecer dos años como mínimo en el nuevo destino antes de volver a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 del III Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

Séptimo.–El plazo posesorio será retribuido por el Organismo donde esté destinado el trabajador el primer día hábil del mes. Si durante el plazo de incorporación finalizara un mes natural, el resto de dicho plazo será abonado por el Organismo de destino.

Octavo.–Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante el mismo Órgano que la ha dictado, en el plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo previsto en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de abril de 2011.–El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, P.D. (Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre), el Director General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado, Antonio José Hidalgo López.

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