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Documento BOE-A-2011-7997

Resolución de 14 de abril de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida "Plátano de Canarias".

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2011, páginas 45291 a 45297 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-7997

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden de 29 de diciembre de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» de 4 de febrero de 2011, se adopto e hizo pública la decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias», en el Registro comunitario, publicándose como anexo de la orden el pliego de condiciones de la citada Indicación Geográfica Protegida, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

La solicitud del pliego de condiciones de la citada IGP ha sido transmitida a la Comisión Europea con fecha 10 de marzo de 2011, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del citado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, se podrá conceder a la denominación o indicación de que se trate la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea.

A tal fin, la Directora del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria ha remitido al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la pertinente petición de publicación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias», en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, de acuerdo a las facultades atribuidas a esta Dirección General, acuerdo:

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias», publicado como anexo de la Orden de 29 de diciembre de 2010 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias; en el «Boletín Oficial del Gobierno de Canarias» el 4 de febrero de 2011, y que figura como anexo a la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a los efectos de la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo de 2006.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Secretario General de Medio Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de abril de 2011.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO
Pliego de Condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias»

a) Nombre del producto agrícola: «Plátano de Canarias».

b) Descripción del producto agrícola:

Definición.–Quedan amparadas bajo la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Plátano de Canarias» los plátanos procedentes de la variedad Cavendish de la especie Musa acuminata Colla (AAA), cultivados en el Archipiélago de las Islas Canarias y destinados al consumo en estado fresco después de su acondicionamiento y envasado. El nombre de la Indicación Geográfica Protegida se empleará en su integridad, es decir, con todas las palabras que lo componen y en el mismo orden e idénticos caracteres.

Variedades.–La única variedad amparada por esta Indicación Geográfica es la Cavendish, siendo ésta la variedad históricamente cultivada en las islas y la que le ha proporcionado la identidad al Plátano de Canarias.

Características diferenciales:

Características físicas.–El plátano de Canarias, al ser un fruto climatérico, tiene unas características físicas directamente relacionadas con el estado de madurez en que se encuentra.

La coloración de la piel del plátano varía desde el verde en el momento de la recolección hasta el amarillo intenso en el momento de consumo, mientras que las tonalidades de la pulpa van del blanco marfil al amarillo pasando por el crema.

Sin embargo, es la presencia de motitas en la piel de los plátanos de Canarias lo que se ha convertido en una señal de identidad y una de las formas por la que los consumidores reconocen el producto.

El plátano de Canarias tiene gran actividad de las enzimas polifenoloxidasa y peroxidasa que catalizan reacciones de oxidación relacionadas con el pardeamiento de la piel. Esta característica se manifiesta en el proceso de maduración con la aparición de motitas pardas en la piel, o con la mayor susceptibilidad a las rozaduras. En ningún caso, esto es indicativo de problemas de calidad en la pulpa.

El plátano de Canarias es de forma oblonga, con una marcada curvatura, estrechándose en su parte de unión con el raquis.

El calibrado, que es obligatorio, se establece por la longitud del fruto y el grosor, siendo los valores mínimos de 14 cm y 27 mm, respectivamente.

Características químicas.–Las características químicas diferenciales más significativas del plátano de Canarias son las siguientes:

Almidón en un rango de 5 a 8.

Azúcares totales superiores a 10 con presencia predominante de sacarosa.

Tanto el contenido de almidón como de azúcares totales están expresados en gramos por cada 100 gramos de pulpa madura.

Este bajo contenido en almidón y alto contenido en azúcares totales son aspectos diferenciales con respecto a los plátanos cultivados en otras zonas.

Características organolépticas:

Fase visual: Piel verde que se torna amarillo más o menos intenso en la maduración, con las características motitas negras en la piel cuando está maduro. Se abre con facilidad dejando al descubierto la pulpa en forma cilíndrica con una tonalidad que va del blanco marfil al amarillo pasando por el crema.

Fase olfativa: En su madurez presenta gran aroma de impacto a plátano debido a la presencia de compuestos como el acetato de isoamilo y el hexyl butanoato. No presenta aroma a verde o madera por la baja presencia o ausencia de compuestos como etanol, butanol y hexanal.

Fase gustativa: Sabor dulce intenso como resultado de su alto contenido en azúcares. Textura levemente resistente a la mordida, suave y tersa a la vez, jugosa, compacta pero blanda.

En resumen, las principales características diferenciales del plátano de Canarias son:

Sabor dulce intenso, como resultado de su alto contenido en azúcares y su bajo contenido de almidón.

Intenso aroma denominado «impacto plátano» consecuencia de la riqueza en acetato de isoamilo y el hexyl butanoato.

Motitas oscuras características en la piel del plátano debido a la gran actividad de las enzimas polifenoloxidasa y peroxidasa que catalizan reacciones de oxidación relacionados con el pardeamiento.

c) Delimitación de la zona geográfica.

La situación de la zona. Descripción de su localización. La zona geográfica de producción de los plátanos amparados por la IGP «Plátano de Canarias» es el Archipiélago de las Islas Canarias y está constituida por todos los terrenos de uso agrario situados por debajo de los 500 metros sobre el nivel del mar.

Canarias está formada por siete islas: El Hierro, La Gomera, La Palma, Tenerife, Fuerteventura, Gran Canaria y Lanzarote. El archipiélago está situado frente a la costa noroeste de África, entre las coordenadas 27º 37’ y 29º 25’ de latitud norte y 13º 20’ y 18º 10’ de longitud oeste.

El proceso de maduración y envasado de los plátanos amparados por la Indicación Geográfica Protegida Plátanos de Canarias se podrá realizar fuera del área geográfica de la zona de producción.

d) Los elementos que prueben que el producto agrícola es originario de la zona geográfica.

Todas las explotaciones de producción de plátanos con destino a la Indicación Geográfica, así como las plantas de acondicionamiento primario o plantas de empaquetado estarán ubicadas dentro de las Islas Canarias.

Todos los operadores del producto amparado por la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias» deben cumplir los requisitos establecidos en este pliego de condiciones para garantizar la Indicación y trazabilidad del producto amparado.

Para garantizar el control de los productos amparados por la Indicación Geográfica Protegida se llevarán los siguientes Registros:

Registro de explotaciones de producción.

Registro de almacenes y plantas de acondicionamiento y envasadoras.

En el registro de explotaciones de producción, se inscribirán todas aquellas parcelas que estén situadas dentro de la zona de producción, estén plantadas con la variedad Cavendish y cuya producción desee acogerse a la IGP. Figurará el nombre del propietario y, si procede, del aparcero o arrendatario de la explotación. Se harán constar el término municipal en que se encuentra situada, polígono y parcela catastral, superficie productiva, y todos los datos que sean necesarios para su perfecta identificación.

En el registro de almacenes y plantas de acondicionamiento y envasado, se inscribirán todas aquellas entidades que se dediquen al almacenamiento, acondicionamiento, envasado y maduración de los plátanos amparados, haciendo constar, al menos, el nombre y domicilio del titular, propietario o arrendatario, localidad y municipio de las instalaciones, número de registro de Sanidad y cualquier otro dato que pueda servir para una mejor identificación y calificación.

Todos los registros deberán estar a disposición de la autoridad competente de control.

Procedimiento de control.–El control del producto acogido a la Indicación Geográfica Protegida está basado en el autocontrol. Este autocontrol debe garantizar que:

Los plátanos de la variedad autorizada han de proceder de explotaciones inscritas en los registros correspondientes y pertenecer a cualquiera de los municipios de Canarias aptos para el cultivo de esta fruta. Asimismo todos los productores inscritos deben llevar un cuaderno de campo que contendrá al menos las características de la plantación, riegos, fertilización, tratamientos fitosanitarios y fecha de recolección.

El acondicionamiento, envasado, maduración y presentación final de los plátanos amparados se realizará en plantas inscritas en los correspondientes registros.

En los centros en que se realice la clasificación del producto se llevarán a cabo comprobaciones visuales de las características físicas del producto, así como controles multirresiduos periódicos para garantizar la calidad y seguridad de los frutos.

El sistema de trazabilidad implantado debe garantizar y asegurar en cualquier momento, que el producto cumple con los requisitos establecidos en este pliego de condiciones.

Certificación del producto.–La certificación del producto está basada en la norma EN 45011 que implica inspecciones aleatorias de las instalaciones, revisión de la documentación y análisis de los productos.

Todos los productos certificados estarán identificados con la IGP «Plátano de Canarias».

e) Descripción del método de obtención del producto agrícola.

Factores fijos: Marcos y densidades de plantación.–El cultivo puede encontrarse tanto al aire libre como bajo protección. La plantación se realiza en líneas simples o pareadas siendo la orientación de las mismas aquella que mejor se adapte a las condiciones propias de la parcela y que favorezca el desarrollo del cultivo.

Diversos factores como el sistema de cultivo, la zona o la edad de la plantación, influyen en la densidad de la plantación que puede alcanzar valores de hasta 4.500 plantas/ha.

Técnicas de cultivo: Plantación.–Para efectuar una nueva plantación se puede emplear:

1. Planta de cultivo «in vitro».

2. Planta obtenida a partir de hijos seleccionados.

Deshijado: Es la eliminación de los hijos no seleccionados para continuar el ciclo.

Desahogado.

La emisión del racimo puede estar dificultada por alguna hoja, por lo que conviene eliminarla, para evitar roces en la fruta y deformaciones o roturas del racimo.

Desflorillado: Se realiza a partir de 7 días tras la emisión del racimo y cuando la flor comienza a ennegrecer, y consiste en eliminar las flores mediante cuchillo o con la mano.

Entutorado: Es la sujeción de la planta para que no se caiga por el peso de la fruta o la acción del viento.

Limpieza de hojas secas: Para evitar roces de las mismas en la fruta deben cortarse las hojas secas.

Deshojado en verde: Cuando se emplean marcos de plantación densos y sobre todo en invernaderos, conviene eliminar algunas hojas verdes o despuntarlas con el fin de que entre la luz a la hijería y que no se produzcan alargamientos en el ciclo de cultivo. A este proceso se denomina deshojado en verde.

Abonado: Está en función del análisis de suelo. El abonado mineral se aplica a lo largo del año, especialmente en crecimiento activo de la planta.

Riego: El riego de las plataneras se realiza fundamentalmente por goteo o aspersión, aunque en zonas de abundante agua se siguen utilizando sistemas tradicionales de riego por inundación.

Recolección, recogida y transporte: Desde la emisión del racimo hasta su recolección, transcurren de 4 a 7 meses, en función de la zona de cultivo. Los racimos son cortados cuando la fruta alcanza el grado óptimo de desarrollo que permite, tras el transporte y maduración, alcanzar las exigencias de calidad comercial establecidas.

Durante el corte y transporte de la fruta al empaquetado se emplean elementos protectores del racimo o sistemas que garanticen la calidad de la fruta, debiendo este proceso durar menos de 48 horas.

Envasado, almacenaje y maduración, cuando proceda: En cada empaquetado existe un registro de entrada de las partidas recibidas donde figura como mínimo: identificación del socio, finca o parcela de procedencia, número de piñas y fecha de entrada.

Cada entrega de producto al empaquetado se trata de manera individualizada.

Una vez llegan los racimos a la zona de recepción del empaquetado son desmanillados dividiendo el racimo en las diferentes manos que lo componen. Este proceso puede haberse realizado anteriormente en la finca.

Posteriormente pasan a la cadena de limpieza y acondicionamiento, pudiendo ser nuevamente divididos en manojos o dedos sueltos. A continuación se clasifican de forma manual en las siguientes categorías:

Categoría extra: Los dedos no deben presentar defectos, a excepción de muy ligeras alteraciones superficiales que no sobrepasen el 1 cm2 de la superficie del dedo, siempre y cuando no afecten al aspecto general de cada mano o manojo, a su calidad, a su conservación ni a su presentación en el envase.

Categoría I: Los dedos podrán presentar ligeros defectos, tales como defectos de forma o de epidermis debidos a los roces y otros defectos superficiales leves que no sobrepasen en total 2 cm2 de la superficie del dedo, siempre y cuando no afecten al aspecto general de cada mano o manojo, a su calidad a su conservación ni a su presentación en el envase. Tales defectos no podrán afectar nunca a la pulpa del fruto.

Categoría II: Se podrán aceptar los siguientes defectos: defectos de forma, defectos de epidermis, debido a raspaduras, roces u otras causas que no sobrepasen en total 4 cm2 de la superficie del dedo, siempre y cuando los plátanos conserven sus características esenciales de calidad, conservación y presentación. Tales defectos no podrán afectar nunca a la pulpa del fruto.

El calibre se establece por la longitud del fruto y el grosor, siendo los valores mínimos de 14 cm y 27 mm, respectivamente.

En función de la categoría de la fruta, ésta se deposita en las correspondientes cajas, perfectamente identificadas con el número de control, categoría, peso e identificación de la entidad. Los empaquetados procesarán esta información en un sistema de gestión que va a servir para garantizar la trazabilidad del producto. Una vez envasados en cajas se procede al montaje de palets.

Llegados a este punto, el producto está apto para su distribución local o para ser embarcado con el correspondiente albarán de salida.

Puede ser necesario, además, que el producto sea sometido a un proceso de maduración forzada, manteniéndolo en cámaras acondicionadas para que el proceso de maduración se realice garantizando la calidad del plátano. Estas cámaras de maduración deberán estar incluidas en el registro de operadores.

En caso de que se realice un segundo acondicionamiento de la fruta en envases de venta de tamaño menor que las cajas, las mismas deberán trasladar el sistema de identificación de forma que se garantice la trazabilidad del producto y la IGP hasta el consumidor final.

f) Los elementos que justifican:

a) El vínculo entre la calidad o las características del producto y el medio geográfico:

Vínculo natural: Las características del plátano se ven muy influenciadas por los factores ambientales como son luz, temperatura, agua, suelo, humedad relativa, viento, etcétera. Todas estas variables afectan al desarrollo fisiológico de la planta, dándole las características específicas de la zona, siendo el Plátano de Canarias diferente de otros cultivados en otras regiones.

El archipiélago está situado frente a la costa noroeste de África, entre las coordenadas 27º 37’ y 29º 25’ de latitud norte. Esta localización junto con los vientos alisios y la corriente fría de Canarias dan como resultado un clima catalogado subtropical húmedo, con temperaturas suaves y precipitaciones escasas.

La evolución del ciclo de la platanera está definida por la acumulación grados-día por encima de los 14 ºC, es por ello que las suaves temperaturas de Canarias y los vientos húmedos que llegan a las islas marcan el lento desarrollo de la planta en comparación con los cultivos de zonas tropicales.

Este incremento del tiempo de cultivo y por tanto del tiempo de maduración del fruto define las características diferenciales del Plátano de Canarias, bajo contenido en almidón y elevado contenido en azúcares, siendo el predominante la sacarosa.

Estas condiciones determinan también la actividad enzimática presentando una gran actividad catalítica relacionada con el pardeamiento del plátano. Se manifiesta con la aparición de punteado pardo en la piel, siendo esta característica el símbolo diferencial del plátano de Canarias famoso por sus motitas.

b) El vínculo entre una cualidad determinada, la reputación u otra característica del plátano de Canarias y el origen geográfico. El plátano llega a las Islas Canarias alrededor del año 1500, extendiéndose rápidamente su cultivo, representando así un complemento en la dieta isleña. En estos primeros años, algunos pasajeros o tripulantes de barcos que arribaban a nuestros puertos de regreso al Reino Unido, adquirían plátanos que, si sobrevivían al riguroso viaje, eran dados a conocer como fruto exótico.

Con la introducción de la navegación a vapor y la consiguiente reducción en la duración de la travesía, algunos barcos comenzaron a transportar un pequeño número de racimos, estimándose que en el año 1884 la exportación total al Reino Unido era de unos 10.000 racimos, 45.000 al año siguiente, 50.000 en 1886 y 1.500.000 en 1901, volumen que se corresponde con aproximadamente el 10% de la actual exportación.

Firmas inglesas como Fyffes, Yeoward, Leacock, etc. impulsando el cultivo del plátano en nuestras islas adquiriendo terrenos en arrendamiento a muchos agricultores canarios.

Durante la I Guerra Mundial 1914-1918, y sobre todo a partir de 1917, se cerró el mercado habitual inglés, iniciándose el envío de plátanos a la Península, aprovechando el espacio disponible en los escasos barcos que cubrían el servicio entre Canarias y el Continente Europeo.

Al finalizar la guerra se reanuda la venta al extranjero, alcanzándose unas 277.000 tm, desviándose parte de la producción al mercado francés que en 1930 consumía la mitad de nuestra producción, aproximadamente unas 90.000 tm en 1932, teniendo como destino la otra mitad Inglaterra y la Península.

Con la II Guerra Mundial se suprimen las exportaciones al extranjero, enviándose la casi totalidad de la producción a la Península que permanece hasta la actualidad como principal mercado para el producto.

En la actualidad, el plátano de Canarias cuenta con gran notoriedad dentro del mercado español y los consumidores asocian el término plátano de Canarias con una marca, siendo ésta prácticamente la única marca de plátanos conocida. El conocimiento del plátano de Canarias entre los consumidores españoles es muy elevado estando el plátano mejor valorado que la banana. Los consumidores creen conocer bien ambas frutas y ser capaces de distinguir entre ellas.

Aunque lingüísticamente en castellano se trata de sinónimos, en España hemos diferenciado popularmente las palabras: Plátano y banana para denominar como plátano al canario y como banana al de cualquier otro origen; diferenciación inexistente en otros idiomas de nuestro entorno.

El plátano se asocia a Canarias estando esta unión tan consolidada en España que plátano no necesita llevar explícitamente el gentilicio canario porque no se entiende que pueda ser de otro sitio.

g) Autoridades u organismos encargados de verificar el cumplimiento de lo indicado en el pliego de condiciones: El órgano de control y verificación del pliego de condiciones así como la autoridad encargada de observar el funcionamiento de la IGP «Plátano de Canarias» es:

Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Gobierno de Canarias.

Calle Jesús Hernández Guzmán, n.º 2, planta C.

Polígono Industrial El Mayorazgo, 38110 Santa Cruz de Tenerife.

Teléfono: (922) 237170; fax: (922) 237334.

h) Cualquier norma específica de etiquetado para el producto agrícola: En las etiquetas y contraetiquetas del plátano envasado figurará obligatoriamente y de forma destacada el nombre y logotipo de la Indicación Geográfica Protegida «Plátano de Canarias» además de los datos que, con carácter general, se determinen en la legislación aplicable.

Dicho distintivo será colocado, en todo caso, antes de la puesta en circulación del producto y de forma que no permita una segunda utilización.

i) Los posibles requisitos que deban cumplirse en virtud de las disposiciones comunitarias o nacionales.

Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino.

Reglamento (CE) n.º 228/2006, de la Comisión, de 9 de febrero de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2257/1994, por el que se fijan las normas de calidad para los plátanos.

Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma del etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, y sus actualizaciones o modificaciones.

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