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Documento BOE-A-2011-8537

Resolución de 29 de abril de 2011, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 69/2011, 70/2011, 71/2011, 72/2011, 73/2011, 74/2011, 76/2011, 78/2011, 79/2011, 81/2011, 82/2011, 83/2011, 85/2011 y 87/2011, interpuestos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sección cuarta, y se emplaza a los interesados en los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2011, páginas 49469 a 49469 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-8537

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos números 69/2011, 70/2011, 71/2011, 72/2011, 73/2011, 74/2011, 79/2011, 78/2011, 76/2011, 81/2011, 82/2011, 83/2011, 85/2011 y 87/2011, interpuestos, respectivamente, por Vía Augusta Gestio D´Inmobles, S.L., Helios Franco, SC, por Actishine, S.L. y otros; por Pedrera Sol A, S.L., Pedrera Sol B, S.L., Pedrera Sol C, S.L., Pedrera Sol D, S.L., Pedrera Sol E, S.L., por Inversiones Vmora Tel, S.L.U., Águilas Inversiones Solares, S.L.U., La Ginebrosa Renovables Mt, S.L.U., Enersuntec 1, S.L.U., Meridiano Tel, S.L.U., por Solgrid 1, S.L.U., Solgrid 2, S.L.U. y otras; por A Todo Ener 01, S.L., Todo Ener 02, S.L., Querol Guardiola, S.L.; por Vicente Vanaclocha Vanaclocha, María Nieves Sainz Sapena, Pintarrafes Holding, S.L., y Inbela, S.L.; por Consultoría Naer, S.L., Colinin, S.L., Interfase Solar, S.L., Exteaga, S.L., Fernando Domínguez Martín-Sánchez; por Caudete Solar de las Fuentes 1, S.L., Caudete de las Fuentes 3, S.L., Caudete de las Fuentes 4, S.L., Instalaciones Energéticas del Mediterraneo, Instalaciones Manuel García, S.L., y Proinar, S.L.; por Tuejasol 1, S.L., Tuejasol 2, S.L. y otras; por Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables; por Sol Solet Energía Solar, SC, Morella Energía Solar, S.L. y otros; por Hidroeléctrica del Guadalope, S.A., Rentinul, S.L., Greta y Charli Corporación, S.L., Energías Renovables de Águilas, S.L., Electra Energía, S.A., y Nuevas Energías del Maestrazgo, S.L., y por Manuel Bou Sánchez, María Luisa Bou Sánchez, Fotovoltaica Tarazona Siete, S.L., Fotovoltaica Tarazona Ocho, S.L. y otras; contra la Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial (BOE de 29 de diciembre de 2010).

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 29 de abril de 2011.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

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