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Documento BOE-A-2012-11484

Resolución de 29 de agosto de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 11 de septiembre de 2012, páginas 63890 a 63912 (23 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-11484

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las Entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en el apartado primero, establece la información a publicar por las entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional, cuyo presupuesto de gasto tenga carácter limitativo.

En consecuencia, la Presidenta de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2011 para su general conocimiento.

Madrid, 29 de agosto de 2012.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, Ana María Ruiz Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y Actividad

La Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios fue creada por Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, en virtud de la autorización prevista en la disposición adicional primera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos. La Disposición adicional primera del Real Decreto 1418/2006 estableció que la constitución efectiva y puesta en funcionamiento de la Agencia tendría lugar el día primero de enero del año 2007.

El objeto de la Agencia es la promoción y realización de evaluaciones de las políticas y programas públicos cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, favoreciendo el uso racional de los recursos públicos y el impulso de la gestión de la calidad de los servicios. Asimismo, mediante la celebración de convenios de colaboración con las comunidades autónomas, la Agencia puede evaluar políticas y programas públicos gestionados por las mismas en los términos que en el propio convenio se establezcan.

La Agencia está adscrita a 31 de diciembre de 2011 al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, tiene personalidad jurídica pública diferente, patrimonio y tesorería propios, y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos por la Ley de Agencias, por su propio Estatuto y sus normas de desarrollo, y, supletoriamente, por las normas aplicables a las entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado que les correspondan en cada caso.

Por Orden PRE/2650/2008, de 4 de septiembre, se aprobó el primer Contrato de Gestión de la Agencia, con una vigencia cuatrienal. Es el primero que realiza la Agencia e igualmente el primero que se presenta en la Administración General del Estado en aplicación del nuevo marco gerencial establecido en la citada Ley 28/2006, de 18 de julio.

El Contrato de Gestión de la Agencia contiene los objetivos a perseguir, tanto estratégicos como específicos, y los planes necesarios para alcanzar los mismos, así como los resultados a obtener y los indicadores para su evaluación. Además se incluye el marco de actuación en materia de recursos humanos y las previsiones de personal y presupuestarias.

En relación al régimen económico-financiero, la Agencia se rige por su normativa específica (Ley de Agencias y por su propio estatuto) y supletoriamente, por la regulación administrativa que le sea de aplicación y en materia de contratación, por la normativa de contratos aplicable al sector público.

La principal fuente de financiación de la Agencia es a través de las transferencias que recibe de la Administración General del Estado, que representan aproximadamente el 98 % del presupuesto inicial de ingresos.

La Agencia está exenta del impuesto sobre Sociedades. La Agencia realiza operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, sin acogerse en sus declaraciones a la regla de prorrata.

Los órganos de gobierno de la Agencia son la Presidenta y el Consejo Rector. La Presidenta de la Agencia es nombrada y separada por el Consejo de Ministros, a propuesta del titular del Ministerio al que esté adscrita.

Corresponden a la Presidenta de la Agencia las siguientes funciones: La representación institucional y legal de la Agencia; Ostentar la representación del Consejo Rector y dirigir y presidir las sesiones del mismo; acordar la convocatoria de las sesiones plenarias del Consejo Rector; Rendir al Tribunal de cuentas, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado, las cuentas anuales; presentar al Congreso de los Diputados y al titular del Ministerio de adscripción los informes a que respectivamente se refieren el apartado 3 de la disposición adicional primera y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley de Agencias Estatales, así como, elevar al Consejo de Ministros, por conducto del titular del Ministerio de adscripción, los programas y políticas públicas a que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera de la citada Ley; actuar como órgano de contratación.

Las principales funciones del Consejo Rector, que es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia y que está presidido por su Presidente, son: Efectuar el seguimiento, supervisión y control superiores de la actuación de la Agencia, aprobar la propuesta de Contrato de gestión, aprobar la propuesta al Consejo de Ministros de los programas y políticas cuya evaluación incluirá la Agencia en su Plan de Trabajo, aprobar el informe a presentar al Congreso de los Diputados acerca de la actividad desplegada por las agencias estatales, aprobar los objetivos, planes y programas de acción anuales y plurianuales, aprobar el informe general de actividad, aprobar las cuentas anuales, designar al Secretario del Consejo Rector, nombrar y cesar al personal directivo, designar a los miembros de la Comisión Permanente y de la Comisión Científica y Profesional, aprobar las normas internas de funcionamiento de la Agencia, aprobar, en su caso, la creación o participación de la Agencia en sociedades mercantiles o fundaciones y estudiar la información preparada por la Comisión de Control en cuanto al desarrollo y ejecución del Contrato de gestión, de los resultados económico-financieros, y de los sistemas de control y procedimientos internos.

En cuanto a la estructura orgánica, cabe indicar que el Estatuto de la Agencia señala que de la Presidenta de la Agencia dependerán directamente dos Divisiones (la División de Estudios y Metodologías y la División Técnica), así como tres Departamentos (de Gerencia, de Evaluación y de Calidad de los Servicios).

La representación legal de la Agencia la ostenta la Presidenta D.ª Ana María Ruiz Martínez, siendo los responsables de la gestión a 31 de diciembre de 2011 los siguientes:

Directora de Planificación y Relaciones Institucionales: D.ª Ana María Corces Pando.

Director del Departamento de Calidad: D. Joaquín Ruiz López.

Directora del Departamento de Evaluación:

Directora del Departamento de Gerencia: D.ª Amelia Lobato Martínez.

El número medio de empleados durante el ejercicio al que se refieren las cuentas ha sido de 56. El número de empleados a 31 de diciembre de 2011 fue de 51, siendo la composición por categorías la siguiente: 1 Alto cargo, 48 funcionarios y 2 laborales. Funcionarios: Grupo A1: 22, de los cuales 10 son mujeres; Grupo A2: 10, de los cuales 7 son mujeres; Grupo C1: 7, de los cuales 6 son mujeres y Grupo C2: 9, de los cuales 7 son mujeres.

Actualmente, y para el desarrollo de sus funciones, la Agencia tiene su sede institucional en Madrid, no obstante podrá contar con otras sedes o unidades operativas desconcentradas.

VI.2 Bases de presentación de las cuentas

1. Imagen fiel: Las cuentas anuales se han elaborado a partir de los registros contables de la Agencia, expresados en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria, la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado y con los principios y criterios contables públicos establecidos en la orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP), con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución del Presupuesto.

No han existido razones para la no aplicación de los principios y criterios contables públicos establecidos en el PGCP con el fin de mostrar la imagen fiel.

2. Comparación de la información: Al ser las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2011 las primeras en las que se aplica el nuevo PGCP, son consideradas como cuentas anuales iniciales, por lo que no se realiza una comparación con las cifras del ejercicio precedente.

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores: Se realizaron determinados ajustes en el asiento de apertura del ejercicio 2011, consecuencia de la conversión de cuentas producidas por el cambio de PGCP.

En el Estado de Liquidación del presupuesto de gastos se debe tener en cuenta una diferencia entre la aplicación presupuestaria 620 «inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios» y las inversiones en el inmovilizado como consecuencia de la realización de un asiento directo que hubo que hacer para ajustar el inventario, ya que al adquirir un nuevo equipo de reprografía, se incluyó en el mismo expediente un importe de 7.995,97 euros correspondiente a material fungible no inventariable.

4. Aspectos derivados de la transición de las nuevas normas contables: El PGCP establece en su disposición transitoria tercera la necesidad de explicar las principales diferencias entre los criterios contables del ejercicio anterior y actual, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación en el patrimonio neto de la entidad.

Las cuentas anuales de la Agencia para 2011 han sido las primeras que se realizan con el nuevo PGCP y supone con respecto al anterior, cambios que pueden concretarse en los distintos criterios de valoración establecidos, así como en la forma de cumplimentar y presentar las cuentas anuales. Se añaden dos nuevos estados financieros, el de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto. Resulta asimismo reseñable, el profundo cambio al que se ve sometida la información requerida en la Memoria.

5. Balance y cuenta de resultado económico patrimonial del ejercicio 2010: La disposición transitoria tercera del PGCP establece en su punto 1 que «no se reflejarán en el balance, en la cuenta de resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que incluyan información comparativa, las cifras relativas al ejercicio o ejercicios anteriores.

Sin perjuicio de lo anterior, en la memoria de dichas cuentas anuales se reflejarán el balance y la cuenta del resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas anuales del ejercicio anterior».

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material: Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se han valorado al precio de adquisición. La amortización de los mismos se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal, tomando como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. En el caso de Otro inmovilizado material se ha tomado como vida útil 5 años, estimando que se adecua más a la depreciación que experimenta este tipo de inmovilizado.

Las cuentas de balance que reflejan inmovilizaciones materiales son las siguientes:

Cuenta PGCP

Descripción

Criterio amortización

Vida útil

215

Instalaciones técnicas y otras instalaciones

Lineal

18 años.

216

Mobiliario

Lineal

14 y/o 20 años.

217

Equipos para procesos de información

Lineal

8 años.

219

Otro inmovilizado material

Lineal

5 años.

2. Inversiones inmobiliarias: No existen registradas inversiones inmobiliarias en balance.

3. Inmovilizado intangible: El inmovilizado intangible figura contabilizado por su precio de adquisición. La amortización del mismo se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal, tomando como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE, de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

Las cuentas de balance que reflejan el inmovilizado intangible son las siguientes:

Cuenta PGCP

Descripción

Criterio amortización

Vida útil

203

Propiedad industrial e intelectual

Lineal

10 años.

206

Aplicaciones informáticas

Lineal

6 años.

4. Arrendamientos: No se ha realizado ninguna operación de arrendamiento financiero.

5. Permutas: No se ha realizado ninguna operación de permuta.

6. Activos y pasivos financieros: Se recoge únicamente el crédito que tiene la Agencia con una funcionaria, como consecuencia de un pago indebido.

7. Coberturas contables: No existen registradas operaciones de cobertura en balance.

8. Existencias: No existen registradas existencias en balance.

9. Activos construidos o adquiridos para otras entidades: No se han adquirido o construido activos para otras entidades.

10. Transacciones en moneda extranjera: No se han realizado transacciones en moneda extranjera.

11. Ingresos y gastos: Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico-patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

12. Provisiones y contingencias: No se ha dotado ninguna provisión.

13. Transferencias y subvenciones: Las transferencias y subvenciones, tanto recibidas como entregadas se imputan a la cuenta del resultado económico-patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellos se derivan.

14 Actividades conjuntas: La Agencia no ha participado en actividades conjuntas.

15. Activos en estado de venta: La Agencia no posee activos en estado de venta.

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