Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-12890

Resolución de 1 de octubre de 2012, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 15 de octubre de 2012, páginas 73460 a 73486 (27 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-12890

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el título V de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se acuerda la publicación de la información contenida en el Resumen de las cuentas anuales de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo correspondientes al ejercicio 2011, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de octubre de 2012.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan López-Dóriga Pérez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Ejercicio 2011

VI.1 Organización y Actividad.

La Agencia Española de Cooperación Internacional Para el Desarrollo, Agencia Estatal adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, fue creada por Real Decreto 1403/07 de 26 de octubre.

Su actividad principal está constituida por la gestión de la Ayuda Oficial al Desarrollo, así como la gestión de la Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior y cuyo objeto es el fomento, la gestión y la ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.

El Organismo está exento del Impuesto sobre Sociedades y las operaciones que realiza derivadas de la venta de publicaciones están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

La AECID cuenta con órganos en España y en el exterior. El Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, realiza algunas modificaciones al Estatuto de la Agencia con objeto de adaptarlo a la creación de la Oficina del FONPRODE, resultando de éstas la siguiente estructura organizativa básica en España:

Órganos de Gobierno:

• Presidente. Su naturaleza y funciones se regulan en el artículo 11 del Estatuto de la AECID.

• Consejo Rector. Sus miembros, naturaleza y funciones se regulan en el artículo 12 del Estatuto de la AECID

Órgano ejecutivo:

• Director. Es el responsable de la dirección y gestión ordinaria de la Agencia. La concreción de sus funciones se establece en el artículo 14 del Estatuto de la AECID.

Bajo la dependencia del Director, se encuentran:

• Dirección de cooperación para América Latina y el Caribe. Le corresponde fomentar, gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países de América Latina y el Caribe, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales.

• Dirección de cooperación para África, Asia y Europa Oriental. Le corresponde fomentar, gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países de África, Asia y Europa Oriental, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales.

• Dirección de cooperación sectorial, de género y ONGD. Le corresponde fomentar, gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo en el ámbito sectorial y asegurar la concertación de las políticas de desarrollo sectoriales con otras agencias de desarrollo, en coordinación estrecha con los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como representar a la AECID en las relaciones que sobre la materia se establezcan con los distintos departamentos ministeriales. Asimismo, gestiona el Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento.

• Dirección de Relaciones Culturales y Científicas. Le corresponde fomentar, gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales.

• Secretaría General. Le corresponde el desempeño de las funciones relativas a la gestión y administración de los recursos humanos, incluido la formación de los mismos, la gestión de los medios económico-financieros, informáticos, logísticos y materiales, así como la contratación, organización y producción normativa, asesoramiento, calidad, inspección, archivo y registro, en estrecha coordinación con las unidades competentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con el fin de prestar el apoyo necesario a los órganos y unidades de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones.

Bajo la dependencia jerárquica del Director y la dirección estratégica de la Presidencia del Consejo Rector, se encuentran:

• Oficina del FONPRODE. Le corresponde la administración del Fondo para la Promoción del Desarrollo en los términos establecidos en la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo y en su normativa de desarrollo, estará bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de la Agencia y bajo la dirección estratégica de la Presidencia. La persona titular de la jefatura de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo coordinará el departamento de cooperación multilateral y la unidad de cooperación financiera.

• Oficina de Acción Humanitaria. Le corresponde el desarrollo de la acción humanitaria de la cooperación española. Sus funciones son la gestión y ejecución de la acción humanitaria oficial, conforme al Plan Director, y la coordinación de las capacidades de la Administración del Estado con las de las administraciones autonómicas y locales, en coherencia con la estrategia adoptada en este campo por las Naciones Unidas y la Unión Europea.

En el exterior, la AECID cuenta con las siguientes unidades de cooperación:

• Oficinas Técnicas de Cooperación. Su función es asegurar la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación. Asimismo, colaboran con los programas y proyectos impulsados por las demás administraciones públicas.

• Centros de Formación. Su función es asegurar la preparación, coordinación y realización de actividades de cooperación en el ámbito específico de la formación.

• Centros Culturales Su función es asegurar la coordinación con las Oficinas Técnicas de Cooperación y la ejecución de los recursos de la cooperación en su ámbito de actuación.

El número medio de empleados durante el ejercicio al que se refieren las cuentas así como el número de empleados a 31 de diciembre de 2011 es de 1158 divididos en 460 funcionarios y 698 laborales repartidos entre la Sede Central en España y el resto del mundo.

La principal fuente de financiación con que cuenta la Agencia son las transferencias procedentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación que en el ejercicio 2011 han supuesto el 95 % del total de sus ingresos.

Cuenta también con unos ingresos propios procedentes de la venta de publicaciones de escasa importancia económica.

VI.2 Bases de presentación de las cuentas.

a) Principios contables: Las Cuentas Anuales se han formulado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

El cambio de criterio establecido en el PGCP de 2010 en relación con la aprobación y rendición de las cuentas de Libramientos a Justificar de ejercicios anteriores han supuesto cargos en la cuenta 120 «Resultados de ejercicios anteriores» por importe de: 59.100.641´01 € Aprobadas y 49.375.134’64 € Rendidas.

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración.

a) Inmovilizado Intangible: Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el Anexo de la Resolución de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado Material: Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal, tomando como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el Anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

Como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo PGCP, Norma de Valoración 5.2, las amortizaciones de las inversiones realizadas sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento se realizan en función de la vida útil de dichas inversiones.

c) Ingresos y Gastos: Los ingresos y gastos se imputan, con carácter general, a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de aquellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

Con carácter excepcional se encuentran las Obligaciones reconocidas correspondientes a Libramientos a Justificar en el Exterior que, si bien la imputación presupuestaria se efectúa en el ejercicio en que se reconocen dichas Obligaciones, la imputación a la cuenta del Plan General de Contabilidad Pública se realiza en el momento en que se rinden las cuentas justificativas de dichos libramientos.

Transferencias y Subvenciones: Las subvenciones tanto corrientes como de capital, recibidas y concedidas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellas se derivan, con la misma excepcionalidad reflejada en el párrafo anterior.

d) Transacciones en moneda distinta del Euro: Las transacciones en Dólares se reflejan en la cuenta del Resultado Económico Patrimonial al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización. Todas las pérdidas y beneficios se imputan al resultado económico patrimonial del ejercicio en que se generen. Las diferencias de cambio negativas, que sean significativas, se contabilizan en la cuenta «Diferencias negativas de cambio» y las diferencias de cambio positivas, significativas, se contabilizan en la cuenta 768 «Diferencias positivas de cambio».

Durante el ejercicio 2011 se han producido dos diferencias de cambio de importe significativo , recogidas en el concepto 493 «Aportaciones a Organismos Internacionales» por importe de 424.881,21 a favor del Fondo Africano de Garantía y 1.707,21 a favor de Private Infraestructure Group».

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid