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Documento BOE-A-2012-15588

Resolución de 27 de noviembre de 2012, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se conceden las ayudas para la financiación de la carencia especial para los titulares de los préstamos suscritos al amparo de los Reales Decretos 613/2001, de 8 de junio, y 204/1996, de 9 de febrero, en el Banco Cooperativo Español S.A, de acuerdo a lo dispuesto en la Orden AAA/1096/2012, de 24 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 26 de diciembre de 2012, páginas 87574 a 87626 (53 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-15588

TEXTO ORIGINAL

En la Orden AAA/1096/2012, de 24 de mayo, se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones estatales para facilitar el acceso a la financiación con objeto de paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras causas extraordinarias.

En el capítulo I de la referida Orden se regulan las subvenciones para la financiación de la carencia especial para los titulares de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, y del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero.

El artículo 5.3 de la Orden AAA/1096/2012, de 24 de mayo, dispone que el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, o el órgano en quien haya delegado de acuerdo con la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias, dictará resolución motivada sobre las carencias cuya aceptación haya sido comunicada por las entidades financieras.

Por todo ello, en virtud de las competencias delegadas en este órgano por la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, modificada por la Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio, esta Secretaría General resuelve:

Primero.

Conceder las ayudas reguladas en el artículo 4, apartado 3, de la Orden AAA/1096/2012, de 24 de mayo, a los titulares de los préstamos suscritos al amparo de los Reales Decretos 613/2001 y 204/1996 que se relacionan en el anexo a esta Orden, en las cuantías referidas en el mismo. Dichas ayudas ascienden a 3.109.194,98 euros, comprendiendo 1.979 préstamos, corriendo su financiación a cargo de la aplicación presupuestaria 23.18.414B.777.00, de los Presupuestos Generales del Estado.

Segundo.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional o con carácter previo y potestativo ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, recurso de reposición en el plazo de un mes. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 27 de noviembre de 2012.–La Secretaria General de Agricultura y Alimentación, Isabel García Tejerina.

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