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Documento BOE-A-2012-3990

Resolución de 13 de marzo de 2012, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se modifica la de 8 de febrero de 2012, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de la Acción Estratégica de Salud, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2012, páginas 25184 a 25184 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-3990

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 2 de marzo de 2012 se publicó en el boletín Oficial del Estado la Resolución de 8 de febrero de 2012, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de la Acción Estratégica de Salud, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

Advertidos errores en su articulado, esta Dirección resuelve:

Modificar la Resolución de 8 de febrero de 2012, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de la Acción Estratégica de Salud, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, como sigue:

1. En la página 18315, artículo 81, apartado 2, segundo párrafo, donde dice: «a) Doctores, licenciados o graduados con máster oficial, b) Diplomados o graduados. c) FP2 o Técnicos superiores»; debe decir: «a) Titulados universitarios de grado superior, b) Titulados universitarios de grado medio, c) Titulados de Formación Profesional de Segundo Ciclo (FP2)».

2. En la página 18322, artículo 96, apartado 3, párrafo a), quinta línea, donde dice: «… el IP pertenezca a un centro asistencial del SNS…»; debe decir: «… el IP pertenezca a un centro del ámbito del SNS…».

3. En la página 18332, artículo 112, cuarto párrafo, tercera línea, donde dice: «Los coordinadores de programa…»; debe decir: «Preferentemente, los coordinadores de programa…».

4. En la página 18333, artículo 114, apartado 1, párrafo 1.4, tercera línea, donde dice: «… y que actuará como interlocutor del ISCIII.»; debe decir: «… y que actuará como interlocutor ante el ISCIII.».

5. En la página 18333, artículo 114, apartado 2, párrafo 2.2, tercera línea, donde dice: «El coordinador de programa será el IP…»; debe decir: «El coordinador de programa será, preferentemente, el IP…»

6. En la página 18340, artículo 121, apartado 3, segunda línea, donde dice: «… 26.000.000,00 euros…»; debe decir: «… 32.000.000,00 euros…».

7. En la página 18350, anexo II, apartado 2, párrafo 2.3, donde dice: «Tumores hematológicos, tumores sólidos y pediátricos.»; debe decir: «Tumores hematológicos.».

8. En la página 18350, anexo II, apartado 2, párrafo 2.7, donde dice: «Otros tumores»; debe decir: «Otros tumores sólidos y pediátricos».

Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación; sin perjuicio del recurso potestativo de reposición, que podrá interponerse en el plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que dictó la resolución. En el caso de interponerse este recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del mismo.

Madrid, 13 de marzo de 2012. El Director del Instituto de Salud Carlos III, Joaquín Roberto Arenas Barbero.

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