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Documento BOE-A-2012-4502

Orden ECC/644/2012, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden CIN/1192/2011, de 5 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i), 2008-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2012, páginas 27148 a 27148 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-4502

TEXTO ORIGINAL

Por Orden CIN/1192/2011, de 5 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 113, de fecha 12 de mayo de 2011, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i), 2008-2011, advertido error en el artículo 79, apartado 4, epígrafes b) y c) de la misma, se procede a su corrección.

En su virtud dispongo:

Artículo único.

Modificación de la Orden CIN/1192/2011, de 5 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i), 2008-2011, queda modificada como sigue:

Uno. El párrafo b) del apartado 4 del artículo 79 queda redactado del siguiente modo:

«La ayuda en forma de subvención se destinará a sufragar los costes de formación obligatoria, de la primera o segunda anualidad, hasta un máximo de 4.000 € y hasta un 10% del resto de los costes financiables definidos en el artículo 78 y se librará directamente al beneficiario.»

Dos. El párrafo c) del apartado 4 del artículo 79 queda redactado como sigue:

«La ayuda en forma de préstamo se destinará a sufragar el resto de los costes financiables definidos en el artículo 78 no financiados por la ayuda en forma de subvención, indicada en el punto anterior y se librará directamente al beneficiario.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de marzo de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), la Directora General de Innovación y Competitividad, María Luisa Poncela García.

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