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Documento BOE-A-2012-7973

Resolución de 11 de junio de 2012, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se convocan ayudas para participar en el "Aula de verano de 2012 Ortega y Gasset".

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2012, páginas 43209 a 43214 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-7973

TEXTO ORIGINAL

El Aula de Verano «Ortega y Gasset» es una actuación que venía siendo convocada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en adelante UIMP, y cuenta con una gran tradición entre las que tienen por objeto promover la introducción a los estudios universitarios entre los estudiantes de bachillerato y ciclo formativo de grado superior de formación profesional. Por razones de eficacia y eficiencia, este curso dicha convocatoria será realizada directamente por dicha Universidad, sin merma del número de estudiantes participantes y en el mismo entorno de los cursos de verano.

La incorporación de los estudiantes a la Universidad supone para ellos un cambio sustancial, tanto en el ámbito humano y social, como en el sistema de estudios. Para facilitar el tránsito a la Universidad, es de suma importancia proporcionar a los estudiantes, como complemento de otras informaciones y orientaciones recibidas, una visión global de la Universidad, así como una aproximación a las grandes corrientes del saber en ámbitos del conocimiento muy diversos y en las cuestiones capitales de nuestro tiempo. Así pues, la iniciativa está concebida para dar orientación y estímulo a los jóvenes que van a incorporarse a la Universidad y fomentar en ellos una actitud autoexigente con respecto a su nueva forma de vida.

Con este propósito, la UIMP en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, convoca y organiza el Aula de Verano «Ortega y Gasset», que se desarrollará en el Palacio de la Magdalena de Santander. La convocatoria está dirigida a los jóvenes estudiantes con mejores expedientes en el bachillerato o en el ciclo formativo de grado superior de formación profesional, que vayan a comenzar sus estudios universitarios en el curso académico 2012-2013.

El Aula de Verano «Ortega y Gasset» cuenta con la colaboración y la experiencia docente y científica de profesores universitarios y de investigadores de reconocido prestigio, así como de personalidades del mundo de la cultura y del arte, a los que se les pide un esfuerzo de «síntesis del conocimiento» para mostrar cómo se genera éste en el ámbito de su disciplina, al tiempo que se les invita a intercambiar con sus colegas de las más diversas especialidades su experiencia como productores y transmisores de conocimiento, funciones ambas que sólo puede proporcionar la Universidad como institución docente e investigadora. Todo ello en un clima de convivencia y comunicación intelectual entre maestros y discípulos, como fue desde sus inicios característico de la institución universitaria.

En su virtud, e informado favorablemente el 28 de mayo de 2012 por el Servicio Jurídico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, este Rectorado en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:

Artículo 1. Objeto.

El objeto de esta orden es la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset», organizada en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El Aula de Verano «Ortega y Gasset» (en adelante, el Aula) versará sobre la introducción multidisciplinar a los estudios universitarios, llevada a cabo por parte de profesores universitarios e investigadores de reconocido prestigio y de personalidades de la cultura y el arte, y se dirigirá a los alumnos que, una vez concluidos sus estudios de bachillerato o ciclo formativo de grado superior de formación profesional, se disponen a iniciar una carrera universitaria.

Artículo 2. Lugar y fecha de celebración.

El Aula se organizará en la UIMP, en Santander, en dos períodos. El primero, del 11 al 17 de agosto, y el segundo, del 18 al 24 de agosto, ambos de 2012. En cada una de las períodos participarán 50 alumnos.

Artículo 3. Destinatarios.

Podrán tomar parte en el Aula los estudiantes que hayan finalizado el último curso del bachillerato o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional durante el año 2012 y que se disponen a iniciar una carrera universitaria en el curso académico 2012-2013. Para optar a una de estas ayudas, los candidatos deberán acreditar una nota media igual o superior a 9,60 puntos sobre 10 en los dos cursos del bachillerato o del correspondiente ciclo formativo de grado superior de formación profesional del vigente plan de estudios.

La participación en el Aula es a título personal y no en representación del centro docente en el que haya cursado sus estudios.

Artículo 4. Condiciones de las becas.

A los estudiantes que sean seleccionados la UMIP les cubrirá los siguientes servicios:

a) Alojamiento y manutención, en régimen de pensión completa, en las dependencias de la UIMP durante las fechas de celebración del Aula indicadas en el artículo 2.

b) Gastos de desplazamiento de los asistentes desde su punto de origen hasta Santander y regreso, hasta un máximo de 200 euros para los desplazamientos dentro de la Península y de 250 euros para los alumnos procedentes de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. El pago de los gastos de desplazamiento se hará efectivo mediante cheque bancario en el momento de la incorporación al correspondiente período del Aula en Santander. A tales efectos, y como condición indispensable, el beneficiario deberá aportar los justificantes originales de todos los gastos de desplazamiento para que la UIMP pueda proceder a su abono.

c) Los gastos de desplazamiento, entradas a monumentos, etc., derivados de las actividades de ocio previstas en el programa.

Artículo 5. Programa.

El Aula se desarrollará de acuerdo con un programa académico con contenidos diversos y estructurado para cada día lectivo e incluirá, asimismo, actividades y propuestas de ocio y tiempo libre fuera del horario académico.

Las enseñanzas, planteadas con una idea de iniciación a la Universidad, serán impartidas por prestigiosos profesores universitarios e investigadores, así como por personalidades de la cultura y del arte, pertenecientes a los diversos ámbitos del conocimiento.

Artículo 6. Condiciones de participación.

La asistencia de los participantes, tanto a los actos académicos, como a las actividades de ocio incluidas en el programa, será obligatoria. La inscripción en el Aula se considerará como aceptación por parte de los beneficiarios de esta obligación.

En lo relativo a las normas de conducta de los participantes a lo largo del período de duración del Aula, así como a las cuestiones de régimen interior, se aplicará la normativa de ámbito general propia de la UIMP como institución que acoge el Aula.

A los participantes que cursen con aprovechamiento el Aula se les entregará un diploma acreditativo.

Artículo 7. Formalización de solicitudes, plazo y lugar de presentación.

La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la web de la UIMP en la dirección http://www.uimp.es/estudiantes/beca-aula-verano-ortega-gasset.html.

Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello y confirmado el envío telemático de la solicitud, se deberá imprimir el formulario de solicitud y presentarlo firmado junto con los siguientes documentos:

a) Certificado académico, emitido por el centro en el que haya realizado sus estudios de bachillerato o ciclo formativo de grado superior de formación profesional, en el que consten expresamente las notas de todas las asignaturas de los dos cursos, así como la nota media final de los dos cursos, con dos decimales. El centro que emita el certificado deberá calcular esta nota media final con dos decimales y evitar el redondeo automático de la nota, tanto al alza como a la baja. La omisión de este dato supondrá la desestimación de la solicitud. A los efectos del cálculo de la nota media, no deberá computarse la nota de la asignatura de Religión, tal y como establece la normativa vigente.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad, o su equivalente en el caso de ciudadanos de la Unión Europea, y tarjeta de residente en vigor para los ciudadanos de países no comunitarios. Los estudiantes extranjeros no comunitarios que no estén en posesión del NIE deberán aportar copia del pasaporte y acreditación de domicilio en España mediante inscripción en el padrón municipal.

c) Autorización de los padres o tutores de los alumnos que sean menores de edad en la fecha de presentación de la solicitud, para que estos puedan participar en el Aula, tanto en las actividades académicas como en las de ocio y tiempo libre previstas en el programa. El formulario de autorización estará igualmente accesible a través de la web de la UIMP en la dirección http://www.uimp.es/estudiantes/beca-aula-verano-ortega-gasset.html.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 29 de junio de 2012.

Las solicitudes deberán presentarse bien directamente en la Secretaría de Estudiantes de la UIMP en la Calle Isaac Peral n.º 23 de Madrid, bien por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 8. Órgano instructor y subsanación de las solicitudes.

La Secretaría de Estudiantes de la UIMP actuará como órgano instructor.

En el supuesto de que la documentación esté incompleta o no se ajuste a lo requerido, se le comunicará al interesado dicho extremo para que la complete o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días, transcurrido el cual sin haberse cumplimentado la subsanación se le considerará desistido de su petición, en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Artículo 9. Selección de los candidatos.

La Secretaría de Estudiantes de la UIMP, una vez admitidas las solicitudes, elaborará una relación nominal de candidatos que se remitirá a la Junta de Selección, que será la encargada de valorar las diferentes solicitudes de acuerdo con los criterios que se establecen en el artículo 10 de esta convocatoria. La Junta de Selección estará compuesta por los siguientes miembros:

1) Presidente, la Vicerrectora de Cursos Cortos y Extensión Universitaria o persona en quien delegue.

2) Vicepresidente, un representante de la Dirección General de Política Universitaria, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

3) Dos vocales, seleccionados de entre el profesorado o personal de administración y servicios de la UIMP.

4) La Secretaria General de la Universidad o persona en quien delegue, que actuará como Secretaria de la Junta de Selección.

Artículo 10. Criterios de selección.

Las solicitudes presentadas serán priorizadas por la Junta de Selección de acuerdo con los siguientes criterios:

1. El criterio de selección determinante será la nota media del expediente académico, de acuerdo con los datos que figuren en el certificado académico al que se refiere el artículo 7.a).

2. A igualdad de nota media del expediente académico, se utilizarán como criterios de ordenación de las solicitudes los siguientes:

a) Que exista una correspondencia equitativa de alumnos de las diversas especialidades previstas en el currículo de enseñanza secundaria o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional.

b) Cumplidas las condiciones expresadas en el párrafo anterior, selección de participantes procedentes de todas las comunidades autónomas y del mayor número posible de centros escolares.

Para garantizar que se cubran todas las plazas, la Junta de Selección de becas seleccionará a 25 suplentes, de entre los que cumplan los criterios de selección y ordenación especificados anteriormente. Asimismo, los estudiantes incluidos en esta lista de suplentes estarán jerarquizados conforme a dichos criterios, de forma que las vacantes se vayan cubriendo por estricto orden.

Artículo 11. Propuesta de resolución.

La Junta de Selección elaborará la propuesta de los candidatos seleccionados y de los suplentes, que incluirá:

a) Dos relaciones de candidatos seleccionados, con 50 alumnos cada una, para participar en cada uno de los dos períodos del Aula.

b) Una relación priorizada de candidatos suplentes con 25 alumnos, como reserva en el caso de que alguno de los becarios de las dos listas anteriores decaiga en su derecho, elaborada de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.

El órgano instructor elevará la propuesta de la Junta de Selección al Rector para su resolución.

Artículo 12. Resolución.

La Resolución por la que se conceden las ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset», se publicará en la página web de la UIMP (http://www.uimp.es).

La notificación a los estudiantes seleccionados y a los suplentes se realizará durante el mes de julio de 2012, y se les facilitará el programa definitivo de actividades y la relación de profesores que lo impartirán. Tanto el programa, como la relación de docentes podrán estar sujetos a modificaciones por motivos de fuerza mayor o debidamente justificados.

Artículo 13. Aceptación de las ayudas.

En los diez días naturales siguientes a la notificación, los estudiantes seleccionados deberán confirmar por escrito a la Universidad su aceptación; en el caso de no hacerlo en dicho plazo, se considerará que ha renunciado y se seleccionará en su lugar al siguiente candidato que corresponda por su posición en la lista de suplentes. La UIMP se encargará de toda comunicación con los solicitantes y de cualquier gestión derivada de su participación en el Aula.

Artículo 14. Financiación de las ayudas.

La financiación de las ayudas previstas en la presente convocatoria se imputará al concepto 18 101 487 323 M del presupuesto de Gastos de esta Universidad para el ejercicio 2012.

La cuantía total máxima de las ayudas de esta convocatoria asciende a cuarenta mil euros (40.000 €).

Artículo 15. Normativa aplicable.

Para la concesión de estas ayudas será de aplicación la normativa general sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, y las demás normas vigentes que sean de aplicación.

Artículo 16. Recursos.

La resolución de concesión agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el Rector, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 9 c) de la Ley 29/1998 (LJCA).

Contra la presente resolución de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 9 c) de la Ley 29/1998 (LJCA).

Disposición final primera. Desarrollo.

La UIMP adoptará las medidas oportunas para la adecuada ejecución de lo dispuesto en esta resolución.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de junio de 2012.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Salvador Ordóñez Delgado.

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