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Documento BOE-A-2012-8823

Orden IET/1439/2012, de 23 de mayo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2012, páginas 47155 a 47157 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2012-8823

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y de conformidad con el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España («BOE» número 167, de 14 de julio).

El Instituto de Turismo de España acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan por la presente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

De acuerdo con el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España («BOE» número 167, de 14 de julio), para poder ser designado para un puesto de Consejero o Consejero Adjunto en una Consejería de Turismo se exigirán los siguientes requisitos:

Pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios de la Administración General del Estado clasificados en el grupo A1 según lo establecido en la correspondiente relación de puestos de trabajo y cumplir los demás requisitos establecidos en el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España («BOE» número 167, de 14 de julio).

Encontrarse a la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las situaciones administrativas relacionadas en el artículo 2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995 de 10 de marzo, excluidas la excedencia voluntaria por interés particular, la excedencia voluntaria incentivada y la suspensión de funciones.

Conocer los idiomas que requiera la correspondiente relación de puestos de trabajo y que se especifican en el anexo de esta convocatoria.

Segunda.

Los interesados dirigirán su solicitud a la Secretaria de Estado de Turismo (Dirección General del Instituto de Turismo de España, calle José Lázaro Galdiano, 6; 28071 Madrid), alegando los méritos que se consideren oportunos, en el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta orden conforme al artículo 53 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General del Estado.

Dicha solicitud podrá presentarse en los Registros y Oficinas previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.

Además de los datos personales y el número de registro de personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículum vítae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.

Cuarta.

La resolución de la presente convocatoria se realizará a propuesta no vinculante de la Comisión Asesora de Destinos en el Exterior.

Dicha resolución que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» se realizará en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización de la presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Quinta.

La Secretaria de Estado de Turismo nombrará a los funcionarios, oído el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Una vez efectuados dichos nombramientos, se dará traslado de los mismos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a quien corresponde la acreditación ante el Estado receptor.

Los nombramientos derivados de esta convocatoria tendrán efectos el 1 de septiembre de 2012 salvo en el caso del puesto de Consejero de Turismo en Roma, que tendrá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, contándose a partir de esta fecha el plazo para tomar posesión según lo establecido en el artículo 48 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Sexta.

Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio u Organismos distinto al que convoca, certificado extendido por la Unidad de Personal donde se encuentren destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios reconocidos para el cómputo de trienios.

Séptima.

Los funcionarios públicos adjudicatarios de puestos de Consejeros y Consejeros adjuntos de Turismo deberán permanecer en el puesto de trabajo dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales hasta tres años más, previa petición del funcionario seis meses antes de la expiración del plazo del segundo, tercer y cuarto año.

Octava.

En lo no previsto en la presente orden se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 810/2006.

Novena.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 23 de mayo de 2012.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, P. D. (Orden IET/556/2012 de 15 de marzo), la Secretaria de Estado de Turismo, María Isabel Borrego Cortés.

ANEXO

Número

de orden

Localidad

Puesto de trabajo

Nivel

Grupo

Complemento

específico

Euros

Idioma exigido en la RPT

Méritos preferentes a valorar

1

Roma.

Consejero/Consejera de Turismo en Roma.

28

A1

19.626,88

Inglés.

Haber prestado servicios en la Administración turística del Estado.

Tener experiencia mínima de dos años en puestos o funciones directamente relacionadas con la actividad turística.

Estar desempeñando puestos de trabajo en la administración turística al tiempo de la publicación de la convocatoria.

Conocimiento del italiano.

2

Cantón.

Consejero/Consejera de Turismo en Cantón.

28

A1

19.626,88

Inglés.

Haber prestado servicios en la Administración turística del Estado.

Tener experiencia mínima de dos años en puestos o funciones directamente relacionadas con la actividad turística.

Estar desempeñando puestos de trabajo en la administración turística al tiempo de la publicación de la convocatoria.

Conocimiento del chino.

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