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Documento BOE-A-2012-8839

Resolución de 23 de mayo de 2012, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley del País Vasco 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2012, páginas 47194 a 47194 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-8839

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 23 de mayo de 2012.–El Secretario General de Coordinación Autonómica y Local, Enrique Ossorio Crespo.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2012, de 23 de febrero, de Entidades de Previsión Social Voluntaria

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su reunión celebrada el día 22 de mayo de 2012, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con los artículos 3; 6; 9.b).1; 14.a); 19.2; 21; 22; 23.1.a); 24; 26.1; 27.4; 32.1; 46; 57.2; 58.1.c) y 2; y 60 de la Ley del País Vasco 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

2.º) Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º) Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 24 de mayo de 2012, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Vasco.

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