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Documento BOE-A-2012-9526

Resolución de 5 de julio de 2012, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas para personal directivo y predirectivo, para impartir en los meses de septiembre y octubre de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2012, páginas 51280 a 51285 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-9526

TEXTO ORIGINAL

La formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos son funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), de acuerdo con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril.

De conformidad con esta competencia, el INAP convoca, a través de la Subdirección de Formación, una serie de actividades formativas para impartir en los meses de septiembre y octubre de 2012, cuya finalidad es la formación continua y la actualización permanente de los conocimientos y las capacidades profesionales de los empleados públicos.

Las diversas actividades formativas se agrupan en los siguientes ámbitos de conocimiento:

A. Dirección pública: Se incluyen en este ámbito una serie de actividades formativas que inciden en la mejora organizativa de la Administración pública, prestando especial atención a la evaluación del desempeño, a la evaluación de la calidad, a la gestión de proyectos y a la transparencia y el buen gobierno, entre otras materias.

B. Unión Europea: Este ciclo formativo incluye cursos que pretenden proporcionar una formación de calidad en temas clave de la Unión Europea, como pueden ser la ejecución y trasposición de las directivas comunitarias, la mejora de la regulación y los grupos de trabajo del Consejo de la Unión Europea.

C. Gestión pública: Se trata de un área que incorpora las principales novedades en materia de gestión pública, prestando especial atención a la contratación pública, la gestión económica y el procedimiento administrativo.

D. Habilidades directivas: Las actividades formativas que se agrupan en este ciclo se dirigen al desarrollo y la mejora de las habilidades directivas, tales como la gestión del tiempo, la comunicación, la gestión del cambio y las presentaciones en público.

Todos los cursos tendrán un enfoque teórico y práctico para que los alumnos puedan aplicar de una forma óptima lo aprendido durante estas actividades formativas.

Por todo lo expuesto, esta Dirección, a propuesta de la Subdirección de Formación, ha adoptado la siguiente resolución:

Primero. Convocatoria.

Se convocan las acciones formativas que se detallan en el anexo.

Segundo. Destinatarios.

Podrán participar los funcionarios pertenecientes a cuerpos y escalas del subgrupo A1 y personal laboral fijo asimilado de todas las Administraciones públicas.

Tercero. Contenido de las actividades formativas.

En el anexo figura una breve descripción de cada curso. El programa detallado de cada acción formativa se incluirá en la página web del INAP www.inap.es

Cuarto. Lugar de celebración y calendario.

Las actividades formativas presenciales tendrán lugar en la sede del INAP, calle Atocha n.º 106, en Madrid.

Las fechas de cada curso se concretan en el anexo.

Quinto. Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en los cursos recogidos en el anexo deberán presentar la solicitud que figura en la página web del INAP www.inap.es entrando en el enlace «Formación» y, a continuación, en «Funciones directivas y predirectivas». En esta página se publicará la información relativa a los cursos. Ejecutando la opción «presentación de solicitudes» que figura en cada curso, se tendrá acceso al formulario de solicitud, en el que podrán cumplimentarse los campos oportunos. Una vez realizado, deberá ejecutarse la opción «grabar y enviar» para completar la transmisión telemática de datos.

Para completar la solicitud así enviada, es necesario imprimirla en soporte papel y pasarla a la firma del superior jerárquico, con categoría al menos de Subdirector General. Una vez firmada, deberán conservar la solicitud en su poder hasta que se les requiera su presentación.

En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de participación a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento, quienes podrán hacer constar tal circunstancia en la solicitud, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionados.

2. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 3 de septiembre de 2012.

Sexto. Selección.

1. El número máximo de admitidos para cada curso será el detallado en el anexo.

2. La selección de los participantes será realizada por la Subdirección de Formación, con aplicación de los siguientes criterios:

a) El nivel de responsabilidad dentro de la organización.

b) La relación directa entre los contenidos que se imparten y el puesto de trabajo que se desempeña.

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 22 de marzo de 2010, se fomentarán las medidas, en materia de formación, que tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

Adicionalmente, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia, durante un año, a quienes se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad.

Asimismo, se reservará al menos un 40 por cierto de las plazas para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

Finalmente, los empleados públicos podrán recibir y participar en cursos de formación durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares.

3. Una vez efectuada la selección definitiva de los participantes, la Subdirección de Formación lo comunicará a los interesados, que deberán confirmar su asistencia al curso.

La inasistencia, sin previo aviso o cumplida justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad formativa podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores.

Séptimo. Exclusión en cursos «on line».

En los cursos «on line», todos aquellos que hayan sido seleccionados y que no se conecten a la plataforma digital durante la primera semana del curso, sin previo aviso y justificación, serán excluidos de la actividad formativa y sustituidos por otras personas que se encuentren en la lista de espera para poder participar en el curso. La falta de conexión durante la primera semana también podrá determinar la exclusión en selecciones posteriores.

Asimismo, podrán ser excluidos de los cursos «on line» todos aquellos que incumplan reiteradamente el plan de trabajo establecido por los tutores o que no se conecten con regularidad a la plataforma.

Octavo. Diplomas.

1. Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán el correspondiente diploma.

2. Para la obtención del diploma será requisito imprescindible la superación de los criterios, pruebas y trabajos exigidos para cada acción formativa. En los cursos presenciales, una inasistencia superior al 10 por ciento, aunque esté justificada, imposibilitará la expedición del diploma.

Noveno. Régimen académico.

Los alumnos seleccionados que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP podrán ser excluidos de las actividades formativas. Asimismo, los participantes que tengan una inasistencia superior al 10 por ciento podrán perder la escolaridad.

Décimo. Información adicional.

Podrá obtenerse información adicional en la página web del INAP www.inap.es, a través de los teléfonos 91273 9154-9425, del fax 912739346, a través del correo electrónico fd@inap.es, o a través de la dirección postal calle Atocha, 106. E-28012, Madrid.

Madrid, 5 de julio de 2012.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Manuel Arenilla Sáez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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