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Documento BOE-A-2013-12307

Orden FOM/2179/2013, de 13 de noviembre, por la que se convoca el Premio Eduardo Torroja de Ingeniería y Arquitectura del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2013, páginas 93282 a 93285 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2013-12307

TEXTO ORIGINAL

En el año 1999 se cumplió el Primer Centenario del nacimiento del Ingeniero Eduardo Torroja Miret, que a lo largo de su trayectoria profesional simultaneó las labores propias de un proyectista prestigioso, con la docencia en la Cátedra de la Escuela de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, la Dirección del Laboratorio Central de Ensayos de Materiales de Construcción, antecedente del actual CEDEX, y la creación del Instituto de la Construcción, que más tarde se unió al Instituto del Cemento, para crear, en el seno del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Instituto de la Construcción y del Cemento, que, a su muerte y como homenaje a su figura, fue rebautizado como Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja.

De su fructífera colaboración con tan notables arquitectos como Arniches, Domínguez, Sánchez-Arcas, Zuazo o López Otero surgieron obras, que hoy ya pertenecen a la Historia de la Arquitectura y de la Edificación.

El Ministerio de Fomento, tras la celebración de aquel primer Centenario, convocó en mayo de 2002 el Premio Bienal Eduardo Torroja para fomentar y destacar la obra conjunta de arquitectos e ingenieros bajo el lema «Tecnicae Plures, Opera Unica» que inspiró su obra y hoy inspira la de la Fundación Eduardo Torroja, entidad colaboradora del Ministerio de Fomento en esta iniciativa.

Habiendo transcurrido varios años desde su primera edición, se ha decidido retomar su concesión, por su especificidad dentro del panorama de galardones existentes, y para fomentar la colaboración interdisciplinar de arquitectos e ingenieros.

El premio se refiere al bienio anterior a su concesión, si bien, en esta convocatoria, de manera excepcional, se abarcará el ámbito temporal transcurrido desde la anterior edición.

En su virtud, dispongo:

Artículo único.

Se aprueban las bases de la convocatoria del Premio Eduardo Torroja de Ingeniería y Arquitectura, que figuran en el anexo de esta Orden.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de noviembre de 2013.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.

ANEXO
Bases reguladoras
Primera. Objeto.

Se convoca el Premio Eduardo Torroja de Ingeniería y Arquitectura, que tiene por objeto reconocer la integración de los valores arquitectónicos, constructivos y estructurales de una obra, tratados como una unidad y resultado de una concepción única de la misma, realizada por un equipo interdisciplinar de Ingenieros y Arquitectos españoles, de manera equilibrada y armónica entre ambas profesiones, tanto en el proyecto como en la dirección de la obra.

Se otorgará a una obra construida que haya finalizado entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2012.

El Premio Eduardo Torroja es un premio de honor que no comporta dotación en metálico.

Segunda. Presentación de propuestas.

Las obras propuestas vendrán presentadas por escrito, por alguna de las siguientes Instituciones o grupos de personas:

La Real Academia de Ingeniería.

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Las Administraciones Públicas de carácter nacional, autonómico o local.

El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.

El Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).

Las Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros y de Arquitectura.

Un mínimo de quince ingenieros y arquitectos.

Tercera. Aceptación de las bases.

Los participantes, por el mero hecho de su presentación a este concurso, se obligan a aceptar todas las condiciones establecidas en las bases del mismo.

Cuarta. Documentación.

Memoria en la que se hará constar los méritos y circunstancias especiales que concurren en la candidatura propuesta y todo el material documental que se estime oportuno, incluyendo al menos:

Datos técnicos (autores, titulaciones, promotor, constructor-contratista, consultores, presupuesto total, etc.).

Plantas, alzados, secciones y detalles constructivos.

Breve reportaje fotográfico.

Certificado del Colegio Oficial que corresponda para cada uno de los miembros del equipo, estableciendo la colegiación del mismo.

Autorización expresa y firmada por parte del promotor o institución promotora de la obra, así como de sus autores.

La carencia de alguno de estos documentos o datos significará la desestimación de la propuesta por el Jurado.

Quinta. Forma y plazo de presentación.

Las solicitudes para concurrir al Premio Eduardo Torroja deberán presentarse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta convocatoria y se dirigirán, junto con la documentación que corresponda, al Subdirector General de Arquitectura y Edificación, debiendo tener entrada, en tiempo hábil, en el Registro General del Ministerio de Fomento, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

También podrán presentarse las candidaturas por medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Sexta. Jurado.

Estará compuesto como sigue:

El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, que actuará como Presidente del Jurado, o persona en quien delegue.

Vicepresidente: Don José Antonio Torroja Cavanillas, en representación de la Fundación Eduardo Torroja.

Un miembro de la Real Academia de Ingeniería.

Un miembro de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

El ingeniero premiado en la edición anterior.

El arquitecto premiado en la edición anterior.

Tres ingenieros de reconocido prestigio designados por:

El Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, CEDEX.

El Presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

El Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja.

Tres arquitectos de reconocido prestigio designados por:

La Directora General de Arquitectura, Vivienda, y Suelo.

El Presidente del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos.

El Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja.

Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y voto, el Subdirector General de Arquitectura y Edificación, del Ministerio de Fomento, o persona en quien delegue.

El Jurado, teniendo en cuenta los criterios señalados en la base Primera, valorará las propuestas, la Memoria y la documentación presentadas y, mediante informe motivado propondrá una obra para el premio. El premio no podrá declararse desierto.

El jurado emitirá su informe sobre las solicitudes presentadas en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En lo no previsto en la presente Orden, será de aplicación lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las correspondientes dietas y gastos de viaje, de acuerdo con la legislación vigente.

Séptima. Premio.

El Premio quedará acreditado por la entrega de un objeto conmemorativo y un Diploma, que se entregarán a cada uno de los Ingenieros y Arquitectos autores de la obra que conformen el equipo.

Igualmente se entregará una placa alusiva para su colocación en la obra premiada, tras obtener las oportunas autorizaciones.

Octava. Incompatibilidades.

No podrán optar al Premio las obras de las que sean autores los miembros del Jurado, así como los familiares, asociados o colaboradores con carácter permanente de todos ellos.

Novena. Concesión.

El fallo del Jurado se elevará a la Ministra de Fomento, quien concederá el Premio mediante Resolución.

Esta resolución será notificada a las personas premiadas dentro de los diez días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo será publicada en la página web del Ministerio de Fomento.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y con carácter previo y potestativo, ante el mismo órgano que dicte la resolución, recurso de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo máximo para dictar la correspondiente resolución será de cinco meses desde el día siguiente a la entrada en vigor de la presente Orden.

Décima. Recogida de documentación.

Toda la documentación presentada por los proponentes sobre los candidatos que no hayan sido premiados podrá ser retirada en el plazo de dos meses desde la publicación de la resolución.

Undécima. Entrega del Premio.

La entrega del Premio Eduardo Torroja se efectuará en un acto público convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuadas.

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