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Documento BOE-A-2013-5014

Resolución 289/2013, de 8 de mayo, de la Dirección General de Presidencia y Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Resolución 214/2013, de 15 de abril, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2013, páginas 36175 a 36176 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2013-5014

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución 214/2013, de 15 de abril, del Director General de Presidencia y Justicia, se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. Dicha Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 84, de 6 de mayo de 2013, así como en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, de 6 de mayo de 2013.

El Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, señala en su artículo 48 que en las convocatorias para puestos de trabajo genéricos de las Comunidad Autónomas cuya lengua propia tenga carácter oficial, se valorará como mérito su conocimiento oral y escrito, hasta un máximo de 12 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado mediante las oportunas certificaciones, con arreglo a la normativa en vigor en las Comunidad Autónomas que la tengan establecida. Los criterios de valoración de los perfiles o niveles Lingüísticos se establecerán en las bases marco y en las propias convocatorias.

Por ello y con la finalidad de que la valoración del conocimiento oral y escrito del vascuence en los puestos de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, se realice con arreglo a lo establecido, tanto por la normativa en vigor de la Comunidad Foral de Navarra como por las Bases Marco que regulan este tipo de procedimientos, procede modificar el apartado 2 de la Base Tercera de la citada Resolución 214/2013.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las competencias en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, resuelvo:

1.º Modificar el apartado 2 de la base tercera de la Resolución 214/2013, de 15 de abril, del Director General de Presidencia y Justicia, por la que se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que pasa a tener el siguiente literal:

«2. Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas.–En la zona vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con lo establecido por el Decreto Foral 55/2009, de 15 de junio (“Boletín Oficial de Navarra” número 81, de 3-7-2009) y la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre (“Boletín Oficial de Navarra” número 117, de 27-9-2010), el conocimiento oral y escrito del vascuence debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los Niveles, expedido por el Servicio de Vascuence e idiomas comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública o equivalente, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta doce puntos según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:

1. Certificado de Nivel 3 o títulos equivalentes: Cuatro puntos.

2. Certificado de Nivel 4 o títulos equivalentes: Ocho puntos.

3. Certificado de Nivel 5 o títulos equivalentes: Doce puntos.

Los documentos que se aporten, acreditativos de estos conocimientos de idioma, deberán ser fotocopias compulsadas, no valorándose los que no cumplan este requisito.

Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.»

2.º Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra», significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en el «Boletín Oficial del Estado».

Pamplona, 8 de mayo de 2013.–El Director General de Presidencia y Justicia, José Luis Ruiz Ciruelos.

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