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Documento BOE-A-2013-8796

Resolución de 1 de agosto de 2013, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la concesión de ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto en la convocatoria del año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2013, páginas 58069 a 58072 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-8796

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 11 de marzo de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), se convocaron las ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto al amparo de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y en la Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, reservándose a tales efectos la cantidad de 4.000.000 € que se incrementaron en 1.000.000,00 € por Resolución de 19 de julio de 2013.

De conformidad con el procedimiento de selección expuesto en el apartado séptimo de la citada resolución, el Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales en su reunión del día 3 de julio de 2013, informó y valoró las solicitudes de ayuda que, presentadas hasta el 8 de abril de 2013, no hubieran sido excluidas.

Teniendo en cuenta el Informe del citado Comité y la Propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 2062/2008, por Resolución de esta Dirección General, de 31 de julio de 2013 se resolvió la concesión de ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto en la convocatoria del año 2013.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

Esta Dirección General ha resuelto hacer público el extracto de la Resolución de 31 de julio de 2013 por la que se conceden las ayudas que figuran en el anexo a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican, por un importe total de 5.000.000,00 €, con cargo a la aplicación 18.103.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del organismo para el año 2013.

El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas o excluidas.

La Resolución de 31 de julio de 2013 cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey, 1, de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa («Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El recurso de reposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la misma, a través de la oficina virtual –Registro Telemático– del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.mecd.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá presentarse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 1 de agosto de 2013.–La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Susana de la Sierra Morón.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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