Por Resolución de 14 de abril de 2014 («Boletín Oficial del Estado» número 99, del 24), se convocaban subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El apartado octavo, párrafo quinto, de la mencionada resolución determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvención formuladas y que la fecha límite de resolución es el 24 de octubre de 2014, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, dispongo
El plazo de resolución y notificación previsto en el apartado octavo, párrafo quinto, de la Resolución de 14 de abril de 2014, queda ampliado hasta el 31 de diciembre de 2014.
Mediante esta resolución quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de septiembre de 2014.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.
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