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Documento BOE-A-2014-11008

Orden SSI/1967/2014, de 14 de octubre, por la que se clasifica la Fundación Mary´s Meals Spain y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2014, páginas 87966 a 87967 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-11008

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Mary´s Meals Spain resultan los siguientes

Hechos

Primero.–Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.–Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Mary’s Meals Spain.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

1. Prestar asistencia alimentaria a niños víctimas de malnutrición en países en vías de desarrollo, en los cinco continentes, mediante la subvención de una comida diaria en centros educativos de las comunidades más pobres del planeta.

2. Prestar asistencia alimentaria y auxilio, en cualquier parte del mundo, a aquellas personas que sean víctimas de crisis humanitarias y de pobreza, mediante el envío y distribución de cargamentos de alimentos a los lugares afectados y colaborando, si fuera el caso, en la reconstrucción de zonas devastadas por catástrofes naturales o de otro tipo.

3. Prestar cuidados y auxilio a niños vulnerables, huérfanos y abandonados subvencionando o patrocinando centros a tal efecto en todo el mundo y, en particular, en países en vías de desarrollo.

4. Promover en España el voluntariado social para la consecución de los fines de la fundación.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Londres, número 63, 1.º, 3.ª, 08036, Barcelona y desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado español y en el extranjero, en particular en países en vías de desarrollo.

Fundadora: La entidad benéfica Mary’s Meals.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por la sociedad fundadora.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante la notario de Madrid, doña Isabel Molinos Gil, el día 25 de febrero de 2014, con el número 185 de orden de su protocolo, subsanada por otra escritura otorgada ante la misma notario, el día 23 de julio de 2014, con el número 675 de orden de su protocolo, incorporan el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña Elisabeth Alexandra Zu Lowenstein Wertheim-Rosenberg.

Vicepresidenta: Doña Mercedes Arnús Uruela.

Vocales: Doña María Francisca Graells de Reynoso, doña Rosa María Fité Navarro, doña Marta Manen Orbaneja, doña María Aránzazu Escudero de Zuloaga, doña Monika Ilona von Habsburg-Lothtingen y don Michael O’Hara.

Secretario no patrono: Don Gabriel Rossy Ramírez.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.–Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Mary’s Meals Spain, cuyos fines de interés general son de asistencia social y promoción del voluntariado, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 08-0443.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 14 de octubre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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