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Documento BOE-A-2014-11484

Resolución de 28 de octubre de 2014, del Banco de España, por la que se publica la sanción de multa, por la comisión de una infracción muy grave, impuesta a don Carmelo Salas Tavira.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2014, páginas 91738 a 91738 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2014-11484

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 16 de noviembre de 2011, el Secretario de Estado de Economía, por delegación de la Vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda dictó Orden ministerial resolviendo el expediente de referencia IE/CA-1/2010, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 7 de julio de 2010, entre otros a don Carmelo Salas Tavira.

La Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.ª, ha dictado sentencia firme de fecha 2 julio de 2014, desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por don Carmelo Salas Tavira.

Por consiguiente, de conformidad con el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, procede dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente sanción de multa, por la comisión de una infracción muy grave, impuesta a don Carmelo Salas Tavira en dicha Orden ministerial:

Respecto de don Carmelo Salas Tavira:

«Imponer al amparo de lo previsto en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en su redacción vigente hasta el 31 de diciembre de 2007, una sanción de multa por importe de veinte mil euros (20.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.n) del mismo cuerpo legal, consistente en "presentar la entidad de crédito o el grupo consolidable o el conglomerado financiero a que pertenezca deficiencias en la organización administrativa y contable, o en procedimientos de control interno, incluidos los relativos a la gestión de los riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad o la del grupo consolidable o el conglomerado financiero a que pertenezca."»

Madrid, 28 de octubre de 2014.–El Secretario General del Banco de España, Francisco Javier Priego Pérez.

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