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Documento BOE-A-2014-12879

Resolución de 3 de diciembre de 2014, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Pleno en su reunión de 27 de noviembre de 2014, sobre el derecho de acceso a la información.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 10 de diciembre de 2014, páginas 101192 a 101192 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2014-12879
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/12/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 2.1.a) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, ha resuelto hacer público el siguiente Acuerdo adoptado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su reunión de 27 de noviembre de 2014:

Primero.

En el ámbito del Tribunal de Cuentas, el derecho de acceso a la información regulado en el capítulo III del título I de la Ley 19/2013, de 9 diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se ejercerá, en aplicación de la citada Ley, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1.ª Las solicitudes de acceso a la información serán tramitadas por la Secretaría General, con informe del Departamento o Unidad a que la solicitud de información afecte, correspondiendo su resolución al Presidente, conforme a lo establecido en el artículo 20.f) de la Ley Orgánica 2/1982, de 2 de mayo, del Tribunal de Cuentas.

2.ª De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 19/2013, de 9 diciembre, el acceso a la a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, a través de la sede electrónica del Tribunal de Cuentas, salvo que el solicitante haya señalado expresamente otro medio.

Segundo.

El presente Acuerdo no afecta a la información sobre el estado de la tramitación de los procedimientos jurisdiccionales de responsabilidad contable, ni al acceso a los libros, archivos y registros de la Sección de Enjuiciamiento, que se facilitarán a las partes e interesados de conformidad con lo previsto en las leyes procesales.

Tercero.

Publicación y entrada en vigor. El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Tribunal de Cuentas, y entrará en vigor al mismo tiempo que el título I de la Ley 19/2013, de 9 diciembre, conforme a la disposición final novena de la misma.

Madrid, 3 de diciembre de 2014.–El Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/12/2014
  • Fecha de publicación: 10/12/2014
Referencias anteriores
Materias
  • Acceso a la información
  • Delegación de atribuciones
  • Derecho a la información
  • Derechos de los ciudadanos
  • Organización de la Administración del Estado
  • Procedimiento administrativo
  • Tribunal de Cuentas

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