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Documento BOE-A-2014-13652

Orden AAA/2474/2014, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de Parques Nacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 30 de diciembre de 2014, páginas 107118 a 107119 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-13652
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/12/19/aaa2474

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Por su parte, el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, dispone en su artículo 53 que cuando la disposición de creación, modificación o supresión de ficheros se refiera a las entidades u organismos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, podrá revestir la forma de resolución del titular de la entidad u organismo correspondiente deberá revestir la forma de orden ministerial o resolución del titular de la entidad u organismo correspondiente.

Con la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Parques Nacionales, se procedió a adecuar los mismos a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en los términos que establecen su artículo 20.2 y el artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo. Dicha orden fue posteriormente modificada por la Orden ARM/2742/2010, de 7 de octubre, por la que se creaban tres nuevos ficheros y se modificaba el fichero denominado «Expedientes de responsabilidad patrimonial» y por la Orden AAA/1066/2012, de 10 de mayo, por la que se creaban cinco nuevos ficheros de la unidad administrativa del Centro Isla de La Graciosa.

La dinámica del Organismo Autónomo Parques Nacionales hace necesaria la modificación del fichero denominado «SABINI» cuya finalidad es la gestión documental para control de consultas y préstamos de los libros y publicaciones de la biblioteca de la sede central del organismo, dado que se va a habilitar un sistema informático que gestionará los usuarios y los préstamos de todos los servicios bibliográficos del organismo, esto es, también de los que se prestan en los centros dependientes del mismo. Los datos personales que se pretenden recabar, en soporte papel o automatizado, permitirán un control de los préstamos más exhaustivo y se podrán discriminar los solicitantes menores de edad. Está previsto el tratamiento de los datos por cuenta de tercero con cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el capítulo III del título II del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. También se prevé la posibilidad de transferencia internacional de los datos para el caso de que el encargado del tratamiento subcontrate el servicio de Hosting con una empresa no domiciliada en España, pero siempre con destino a países que proporcionen un nivel de protección equiparable al previsto en la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, o adscritas al protocolo Safe Harbour, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley y el título VI del referido reglamento de desarrollo de la misma. Asimismo, se considera procedente modificar su denominación por una más identificativa de la finalidad que cumple.

En consecuencia, los apartados relativos al fichero «SABINI» que se modifican en esta orden se refieren a la denominación y finalidad del fichero, las personas y colectivos sobre los que se pretende obtener los datos, el procedimiento de recogida de datos, los datos recabados y la previsión de transferencias internacionales de datos.

La norma tiene por objeto dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos.

En la elaboración de la presente han emitido informe la Agencia Española de Protección de Datos, el Servicio Jurídico del Estado y la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

El fichero denominado SABINI recogido en el anexo de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, queda modificado en los siguientes apartados:

Denominación del fichero: Biblioteca.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Gestión de los servicios bibliotecarios prestados por el Organismo Autónomo de Parques Nacionales y control de usuarios, consultas y préstamos.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas físicas, profesionales y representantes de personas jurídicas y de Administraciones Públicas, que utilizan los servicios bibliotecarios del Organismo Autónomo de Parques Nacionales.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Del propio interesado o su representante legal mediante formulario en soporte papel o electrónico.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Sistema de tratamiento: Mixto.

Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, dirección postal, correo electrónico, fecha de nacimiento y firma.

Otros datos: académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Se prevén transferencias internacionales de datos por cuenta del encargado del tratamiento únicamente a países que proporcionen un nivel adecuado de protección según lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en los artículos 67 y 68 Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de diciembre de 2014.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/12/2014
  • Fecha de publicación: 30/12/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 31/12/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-2009-15663).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Arts. 53 y 54 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • Art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Parques Nacionales

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