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Documento BOE-A-2014-523

Orden AAA/23/2014, de 7 de enero, por la que se dispone la extinción del derecho del obtentor de título de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 2957 a 2958 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-523

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria segunda, punto 1, de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, establece que los títulos de obtención vegetal concedidos conforme a lo dispuesto en la Ley 12/1975, de 12 de marzo, sobre Protección de Obtenciones Vegetales se regirán por las normas de la citada Ley.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 12/1975, de 12 de marzo, he tenido a bien disponer:

Se extingue, el derecho del obtentor, a petición del titular, para las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo de la presente orden.

La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.

Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso de desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de enero de 2014.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, Isabel García Tejerina.

ANEXO
Extinción título de obtención vegetal a petición del titular

N.º Registro

N.º Título

Variedad

Titular

Especie:

Girasol.

 

Helianthus annuus L.

20014378

002254

EGF650OL

Soltis, S.A.

19974143

002133

RHA 267

Monsanto Agricultura España, S.L.

19943813

001943

STR536

Corn States International

Especie:

Maíz

 

Zea mays L.

19963954

002163

LH181

Corn States International

Especie:

Melocotonero.

 

Prunus persica (L.)

20084791

002578

PRO C 107

Viveros Provedo, S.A.

20084809

002580

PRO C 139

Viveros Provedo, S.A.

20084798

002581

PRO C 140

Viveros Provedo, S.A.

20084794

002582

PRO C 152

Viveros Provedo, S.A.

20084807

002583

PRO C 16

Viveros Provedo, S.A.

20084795

002586

PRO C 185

Viveros Provedo, S.A.

20084792

002587

PRO C 206

Viveros Provedo, S.A.

20084785

002588

PRO C 211

Viveros Provedo, S.A.

20084799

002589

PRO C 218

Viveros Provedo, S.A.

20084786

002591

PRO C 224

Viveros Provedo, S.A.

20084806

002592

PRO C 225

Viveros Provedo, S.A.

20084793

002593

PRO C 229

Viveros Provedo, S.A.

20084781

002595

PRO C 25

Viveros Provedo, S.A.

20084808

002596

PRO C 27

Viveros Provedo, S.A.

20084790

002602

PRO C 87

Viveros Provedo, S.A.

Especie:

Trigo duro.

 

Triticum durum Desf.

20044552

002384

Ancalei

INIA/IRTA/IFAPA/ITA

20024468

002297

Pryor

Agrupación Cordobesa de Agricultores

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