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Documento BOE-A-2014-54

Orden SSI/2490/2013, de 18 de diciembre, por la que se clasifica la Fundación Eric Abidal y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2014, páginas 401 a 402 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-54

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Eric Abidal resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Eric Abidal.

Fines: La fundación tiene por finalidades:

– La asistencia sanitaria a personas o colectivos desfavorecidos que requieran dicha asistencia para su tratamiento, principalmente los pacientes que padecen cáncer.

– La protección de la infancia y la juventud en colectivos desfavorecidos para su integración social.

– La promoción del deporte como herramienta de integración social de jóvenes y adolescentes y mejora de vida y la protección de la infancia y la juventud.

– La investigación científica sobre las células cancerígenas.

Domicilio y ámbito de actuación: La fundación estará domiciliada en Barcelona, Avenida Josep Tarradellas, número 155, y desarrollará sus actividades principalmente en todas las Comunidades Autónomas de España.

Fundador: Don Eric Sylvain Abidal y doña Hayat Kebir.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por los fundadores.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Barcelona, don Manuel Piquer Belloch, el día 27 de septiembre de 2013 con el número 1.592 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Eric Sylvain Abidal.

Vicepresidenta: Doña Hayat Kebir.

Secretaria: Doña Olga Aira Defente.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la Disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Eric Abidal cuyos fines de interés general son de asistencia sanitaria, asistencia e inclusión social e investigación científica, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 08-0438.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 18 de diciembre de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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