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Documento BOE-A-2015-10555

Resolución de 21 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se corrigen errores en la de 16 de septiembre de 2015, por la que se convoca la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 2015, páginas 89302 a 89302 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-10555

TEXTO ORIGINAL

Advertido error material en la Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se convoca la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 17 de septiembre de 2015, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Relativo a la convocatoria y calendario de las pruebas, página 81769, donde dice:

«Facultad

Dirección

Ciencias de la Información.

Avda. Complutense, s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Medicina.

Pza. Ramón y Cajal. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Farmacia.

Pza. Ramón y Cajal, s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Odontología.

Pza. Ramón y Cajal, s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.»

Debe decir:

«Facultad

Dirección

Ciencias de la Información.

Avda. Complutense, 3. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Medicina.

Pza. Ramón y Cajal, 3. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Farmacia.

Pza. Ramón y Cajal, 2. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.

Odontología.

Pza. Ramón y Cajal, 4. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.»

Relativo a la Comisión Evaluadora de la prueba objetiva, página 81769, donde dice: «Doña Margarita de Lezcano-Mújica, Subdirectora General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte», debe decir: «Doña Margarita de Lezcano-Mújica Núñez, Subdirectora General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

Relativo a la indemnización por razón del servicio, página 81773, donde dice: «Dichas indemnizaciones se harán efectivas con cargo al Presupuesto de la Dirección General de Política Universitaria, en sus programas 21.04.322c23 y 21.04.463a23», debe decir: «Dichas indemnizaciones se harán efectivas con cargo al Presupuesto de la Dirección General de Política Universitaria, en sus programas 18.07.463A.23 y 18.07.322C.23».

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de septiembre de 2015.–El Director General de Política Universitaria, Jorge Saiz González.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/09/2015
  • Fecha de publicación: 01/10/2015
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 16 de septiembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-10016).

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