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Documento BOE-A-2015-12115

Resolución de 28 de octubre de 2015, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón, por la que se delegan competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 9 de noviembre de 2015, páginas 106194 a 106195 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-12115
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/10/28/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, desarrolla en el artículo 3.º los principios establecidos en el artículo 103 de la Constitución que deben presidir la actuación de la Administración Pública.

En aras de dichos principios, y en especial de los de eficacia y agilidad, es conveniente efectuar delegaciones de competencias, sin perjuicio del permanente control y conocimiento del ejercicio de las concedidas por el órgano delegante.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997 citada y lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa aprobación de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior, he resuelto:

Primero.

Se delega en el Primer Jefe de la 421.ª Comandancia de la Guardia Civil de Zaragoza las siguientes competencias:

1. La concesión de las licencias de tipo «E» para armas de las categorías 3.ª, 7.ª 2 y 7.ª 3, a que se refieren los artículos 3, 96.4.d) y 101 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

2. Las autorizaciones especiales para armas de las categorías 6.ª 2, 6.ª 3, 6.ª 4 y 7.ª 4 (antiguas, históricas, de avancarga y sistema Flobert) a las que se refieren los artículos 96.7, 101 y 107 c) del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

Segundo.

1. De las delegaciones otorgadas en los apartados anteriores se exceptúan las competencias mencionadas en el artículo 13.2 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Las delegaciones de atribuciones mencionadas no supondrán la transferencia de la titularidad de la competencia, sino solamente su ejercicio.

3. Las delegaciones no supondrán por sí mismas alteraciones en las unidades encargadas de las tareas materiales y técnicas de tramitación administrativa.

4. Siempre que se haga uso de las delegaciones otorgadas en la presente resolución se indicará expresamente esta circunstancia y las resoluciones que se adopten se considerarán dictadas por el Delegado del Gobierno.

5. Las delegaciones de atribuciones de la presente resolución no serán obstáculo para que el delegado del Gobierno pueda avocar para sí el conocimiento de un asunto de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.

Queda sin efecto la resolución de delegación de competencias del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón de 22 de septiembre de 1999.

Cuarto.

La presente resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», será de aplicación a partir del día de su publicación.

Zaragoza, 28 de octubre de 2015.–El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón, Gustavo Alcalde Sánchez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/10/2015
  • Fecha de publicación: 09/11/2015
  • Aplicable desde el 9 de noviembre de 2015.
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO Resolución de 22 de septiembre de 1999.
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • Art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Aragón
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  • Zaragoza

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