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Documento BOE-A-2015-14206

Resolución de 17 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se publica el Acuerdo con la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba por el que se modifica el Convenio para la construcción de un edificio de investigación en biomedicina.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 2015, páginas 122694 a 122703 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-14206

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de noviembre de 2015 se ha suscrito un Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Consejería de Economía y Conocimiento y la Universidad de Córdoba por el que se modifica el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba, para la construcción de un edificio de investigación en biomedicina firmado el 21 de diciembre de 2007 y modificado por acuerdo de 30 de noviembre de 2010.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría de Estado dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, Carmen Vela Olmo.

Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Consejería de Economía y Conocimiento y la Universidad de Córdoba por el que se modifica el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba para la construcción de un edificio de investigación en biomedicina firmado el 21 de diciembre de 2007 y modificado por acuerdo de 30 de noviembre de 2010

En Madrid, a 10 de noviembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Sr. don Antonio Ramírez de Arellano López, en calidad de Consejero de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto de la Presidenta 14/2015, de 17 de junio, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, y en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 9.2 y 26.2.i de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Y de otra, el Sr. don José Carlos Gómez Villamandos, Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, con CIF Q1418001B, en representación de la misma en virtud de su nombramiento por Decreto 101/2014 de 10 de junio (BOJA nº 112 de 12 de junio), y actuando en función de las competencias que tiene asignadas de acuerdo con el artículo 52.l de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por decreto 280/2003, de 7 de octubre («BOJA» n.º 206, de 27 de octubre de 2003).

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto.

EXPONEN

Uno.–Que con fecha 21 de diciembre de 2007, el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba, suscribieron un Convenio para la «construcción de un Edificio de Investigación en Biomedicina».

Dos.–Que con fecha 30 de noviembre de 2010, el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y la Universidad de Córdoba suscribieron un Acuerdo por el que se modificó el Convenio de 21 de diciembre de 2007. Dicha modificación, que no alteró los objetivos generales del proyecto, estuvo motivada porque, con posterioridad a la firma del convenio, se produjo el hallazgo de un yacimiento arqueológico en la parcela destinada a la construcción del edificio, que necesariamente hubo de respetarse. Este hecho, unido a las consideraciones derivadas del informe geotécnico y a la identificación de una serie de oportunidades de mejora en el edificio destinadas a garantizar la viabilidad del proyecto, hicieron preciso aumentar el gasto total elegible cofinanciado por FEDER y prorrogar el plazo de ejecución inicialmente previsto.

Tres.–Que el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales establece que corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores.

Cuatro.–Que el Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, establece que corresponden a dicha Consejería la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia del conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento.

Cinco.–Que el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Competitividad, establece que corresponde a la Dirección General de Investigación Científica y Técnica la función de desarrollo de actuaciones destinadas a la dotación y potenciación de infraestructuras y equipamiento científicos y tecnológicos, y otras actuaciones de investigación científica y técnica financiadas con fondos europeos.

Seis.–Que la Cláusula Segunda.1 del Convenio preveía que el proyecto seleccionado se cofinanciaría con cargo al Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento hasta un máximo del 70% del importe del gasto total elegible, de acuerdo a la tasa de cofinanciación que establecía la Decisión de la Comisión Europea C (2007) 5927, de 28 de noviembre de 2007, por la que se adoptó el programa operativo FEDER 2007-2013, de Economía basada en el Conocimiento.

Siete.–Que con el fin de garantizar la ejecución del proyecto y evitar la posible pérdida de recursos comunitarios, el Ministerio de Educación y Ciencia anticipó 8.000.000,00 euros a la Universidad de Córdoba, de ellos 5.600.000,00 euros en concepto de anticipo de la ayuda FEDER y 2.400.000,00 euros en concepto de préstamo a 10 años para completar el 100 % del coste total elegible del proyecto.

Ocho.–Que mediante el Acuerdo de modificación de fecha 30 de noviembre de 2010, se incrementó el presupuesto del coste total elegible del proyecto en 3.900.000,00 euros quedando fijado el mismo en 11.900.000,00 euros, con una ayuda FEDER de 8.330.000,00 euros. Asimismo, el Ministerio concedió un segundo anticipo de la ayuda FEDER de 2.730.000,00 euros de manera que el anticipo total recibido se correspondiese con los 8.330.000,00 euros de ayuda FEDER, no incrementándose el anticipo correspondiente a la aportación nacional que permaneció invariable.

Nueve.–Que, de acuerdo con lo previsto en la cláusula octava del Convenio, modificada por el Acuerdo de 30 de noviembre de 2010, la Comisión de Seguimiento, en su reunión de 28 de noviembre de 2013, acordó prorrogar el plazo de ejecución del proyecto hasta el 31 de diciembre de 2014 y en la de 12 de diciembre de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015.

Diez.–Que el convenio firmado el 21 de diciembre de 2007, fijaba el plazo de amortización del anticipo FEDER el 31 de diciembre de 2015. Dicha fecha se estableció en la previsión de que el proyecto finalizaría su ejecución antes del 31 de diciembre de 2010. Una vez que se ha prorrogado el plazo de ejecución, de conformidad con la Cláusula Octava, y teniendo en cuenta las estimaciones de cierre y liquidación final de los programas operativos del periodo de programación 2007-2013, es preciso adecuar el plazo de amortización del anticipo FEDER, a la fecha en que previsiblemente se recibirán las ayudas del Fondo Estructural.

Once.–Que el 31 de octubre de 2012, la Comisión Europea aprobó la Decisión C (2012) 7821 por la que se modifica la Decisión C (2007) 5927 por la que se adoptó el programa operativo FEDER 2007-2013, de economía basada en el conocimiento, aumentando la tasa de cofinanciación del FEDER a las Comunidades Autónomas incluidas en el objetivo de Convergencia, al 80 % del gasto subvencionable.

Doce.–Que, según lo previsto en la Decisión C (2012) 7821, es necesario adecuar a la nueva tasa de cofinanciación las cláusulas del Convenio de 21 de diciembre de 2007 y del Acuerdo de modificación de 30 de noviembre de 2010 que determinaban la aportación del FEDER y la aportación nacional y las que articulaban el flujo de fondos FEDER.

Trece.–Que, tras la adjudicación de la obra mediante concurso público, es conveniente ajustar el presupuesto recogido en el anexo I del Convenio, en la redacción que le dio el Acuerdo de 30 de noviembre, sin que ello suponga incremento del importe subvencionable concedido ni se alteren los objetivos generales ni científicos del proyecto.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se modifica la Cláusula Segunda.1 del Convenio de 21 de diciembre de 2007, en relación con el porcentaje de cofinanciación del FEDER que aumenta del 70 % al 80 % del importe del gasto total subvencionable fijado en 11.900.000,00 euros por el Acuerdo de modificación de 30 de noviembre de 2010, por lo que la aportación del FEDER será de 9.520.000,00 euros.

Segunda.

Se actualiza la Cláusula Segunda.4 del Convenio, según lo establecido en el Acuerdo de modificación de 30 de noviembre de 2010 en cuanto al importe hasta el cual la Universidad se compromete a realizar las actuaciones, efectuar los gastos elegibles y justificar los mismos, fijándose éste en 11.900.000,00 euros.

Tercera.

Se modifica el «Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER», recogido en la cláusula segunda 4 del Convenio, modificada por el Acuerdo de 30 de noviembre de 2010, que queda redactado como sigue:

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación MICINN-DGI (FEDER)

Euros

Aportación Universidad de Córdoba

Euros

Construcción Edificio de Investigación en Biomedicina.

11.900.000,00

9.520.000,00

2.380.000,00

Cuarta.

Se modifica la cláusula tercera del Convenio de fecha 21 de diciembre de 2007 en lo relativo a la cofinanciación máxima del FEDER, que no podrá superar el 80 % del total.

Quinta.

Se modifica la Cláusula Cuarta del Convenio que fue modificada por el Acuerdo de 30 de noviembre de 2010, en relación con las cuantías correspondientes al préstamo concedido, cuyo importe se actualiza a 1.210.000,00 euros y en relación con la cuantía del anticipo correspondiente a la cofinanciación comunitaria, que se actualiza a 9.520.000,00 euros.

Sexta.

Se modifica el porcentaje del coste restante del incremento correspondiente a la contribución nacional del proyecto que aportará la Universidad de Córdoba reflejado en la cláusula tercera del Acuerdo de Modificación de 30 de noviembre de 2010, que pasará del 30 al 20 %.

Séptima.

Se modifica la cláusula cuarta del Convenio en cuanto a la fecha en la que el beneficiario debe ingresar la diferencia, si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, estableciéndose que el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del 31 de diciembre de 2019.

Octava.

Se modifica la cláusula octava del Convenio que queda redactada como sigue: «El proyecto identificado en el Anexo I, deberá finalizar su ejecución antes del 31 de diciembre de 2015. Este plazo podrá ser prorrogado por la Comisión de Seguimiento con los límites establecidos en la normativa reguladora de los Fondos Estructurales del periodo 2007-2013 y, en su caso, la financiación de los gastos efectuados con posterioridad a la fecha fin de elegibilidad FEDER, correrá a cargo del beneficiario.»

Novena.

Se modifica el anexo I del Convenio, ya modificado por el Acuerdo de 30 de noviembre de 2010, que queda redactado en los términos establecidos en el anexo I al presente Acuerdo.

Décima.

Se modifica el anexo II del Convenio, que queda redactado en los términos establecidos en el anexo II al presente Acuerdo.

Undécima.

Si antes de la fecha de firma de este Acuerdo y como consecuencia de la modificación del cuadro de amortización del préstamo que se establece en el anexo II, se hubiesen producido amortizaciones que excedan los importes previstos en dicho anexo II, el beneficiario podrá instar su devolución por el procedimiento establecido en el capítulo V del título II del Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.

Duodécima.

Sin perjuicio de lo establecido en las cláusulas precedentes, en todos los aspectos no modificados por el presente Acuerdo, será de aplicación lo dispuesto en el Convenio suscrito el 21 de diciembre de 2007, modificado por Acuerdo de 30 de noviembre de 2010.

Decimotercera.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de la fecha de su firma.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha anteriormente indicados.–Por el Ministerio de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad.–Por la Junta de Andalucía, Antonio Ramírez de Arellano López, Consejero de Economía y Conocimiento.–Por la Universidad de Córdoba, José Carlos Gómez Villamandos, Rector de la Universidad de Córdoba.

Anexo I al Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Consejería de Economía y Conocimiento y la Universidad de Córdoba por el que se modifica el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba, para la construcción de un edificio de investigación en biomedicina firmado el 21 de diciembre de 2007 y modificado por Acuerdo de 30 de noviembre de 2010

Introducción:

Con fecha 21 de diciembre de 2007 se formalizó un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Universidad de Córdoba, por importe de 8.000.000 € para la construcción de un edificio de Investigación en Biomedicina (Proyecto: UNCO07-1C-192 Convenio: Edificio de Investigación en Biomedicina), que sería sede del Instituto Maimónides de Investigación Biomédica de Córdoba (IMIBIC).

La solicitud inicial contemplaba la construcción, en una parcela anexa a la Facultad de Medicina y al Hospital Universitario Reina Sofía de 5.800 m² de superficie, de un edificio con una superficie edificable entre 6.500 y 7.000 m², 4.000 de los cuales se destinaban para laboratorios para los grupos de investigación y 2.500-3.000 para servicios centrales (radioisótopos, quirófanos, salas de esterilización y cultivos, oficinas de apoyo administrativo a proyectos, etc.).

Sin embargo, con posterioridad a la firma del Convenio, se dieron una serie de circunstancias que revelaron la necesidad de solicitar una ampliación de financiación para el proyecto de construcción de este edificio que se formaliza a través del presente Acuerdo. Estas circunstancias son las siguientes:

– El hallazgo de un yacimiento arqueológico, cuyos restos debían ser preservados, en la parcela en la que se construirá el edificio. La necesidad de preservar estos restos ha supuesto la variación completa del diseño del edificio y ha tenido una repercusión directa en los costes, en unidades de obra tales como excavación, cimentaciones, estructuras, distribución y diseño de las instalaciones previstas.

– La presencia del yacimiento arqueológico impidió la realización de un estudio geotécnico preciso hasta la liberación del yacimiento en agosto de 2009. Una vez realizado el informe geotécnico, se detectó que la presencia del firme era muy profunda, lo que ha ocasionado que la contención de los sótanos tenga que ser realizada mediante pantalla de pilotes, en lugar de un muro de contención tradicional. Por otra parte, se ha detectado la presencia de materiales duros (rocas y estratos de aglomerado) que han supuesto un incremento del coste de la excavación. Además, la aparición del nivel freático a 8 m de la cota actual de explanación ha obligado a proponer un sistema drenajes más caros que los habituales, para cumplir con las instrucciones del Código Técnico de la Edificación (CTE).

– Durante la redacción del proyecto, se detectaron nuevas necesidades, adicionales a las planteadas inicialmente para la construcción del edificio. Así, al desarrollar el plan de integración de investigadores y al elaborar el borrador de los proyectos estratégico y científico que servirán de base para solicitar la acreditación del Instituto de Investigación Biomédica como Instituto de Investigación Sanitaria al Instituto de Salud Carlos III, se detectó que el número de grupos de investigación de calidad que están disponibles y que deben incorporarse al Instituto para conferirle la suficiente calidad y masa crítica investigadora es superior a la estimada inicialmente con los parámetros disponibles en aquel momento. Igualmente, el desarrollo minucioso del proyecto a partir del pliego general de necesidades propuesto originalmente ha puesto de manifiesto la existencia de nuevas necesidades, como consecuencia de dotaciones de instalaciones generales y comunes con requisitos propios de espacio, técnicos y de empleo de materiales específicos y caros (salas de radioactividad, salas limpias, laboratorios de seguridad biológica). El conjunto de estas nuevas necesidades han supuesto un aumento de la superficie construida desde lo estimado originalmente, 6500-7000 m² útiles (8.341 m² construidos según lo estimado en el pliego de condiciones del concurso inicial para la redacción del proyecto), hasta los 8.616 m² útiles actuales (9.967 m² de superficie construida) según lo calculado con el fin de optimizar el uso del edificio y hacerlo viable.

Descripción del centro:

El centro, cuya construcción es el objeto de este proyecto, que albergará la nueva sede del Instituto de Investigación Biomédica «Maimónides» es la materialización edificada de varios órdenes y organizaciones, espaciales, energéticos y constructivos, que se dan de manera simultánea para generar la forma arquitectónica de un edificio de investigación.

La convivencia de los laboratorios de investigación con otros espacios que apoyan el trabajo que en ellos se desarrolla, es la primera y más obvia e inmediata.

Se debe entender como espacio de investigación, en términos genéricos, el conjunto de laboratorios modulares que demandan la mayor superficie construida, previstos para alojar las distintas líneas de investigación de los Programas Proyecto, ya definidas o por establecer, que reunirán equipos de investigadores de tamaño variable, por lo que es necesaria una gran flexibilidad espacial en coherencia con la organizativa.

Un matiz que añade complejidad es el que diferencia los espacios y laboratorios de apoyo, en función del tipo de soporte que dan a la actividad investigadora, que oscila en programa, ubicación y superficie en cada planta.

Abarca en un primer término de especialización al conjunto de laboratorios, equipamiento y animalario, donde se desarrolla el trabajo de científicos y especialistas auxiliares de laboratorio y que ofrecen un servicio orientado a la labor de investigación que se desarrolla en los laboratorios modulares.

En segundo término se encuentran aquellos espacios que ofrecen apoyo administrativo y de gestión, lugares de información y de intercambio de experiencias científicas. Estas dependencias son las que garantizan el buen funcionamiento de lo cotidiano, pero también son medio físico de las sinergias: deben permitir la relación entre los científicos del Centro, y con los especialistas visitantes (como por ejemplo, el personal médico del cercano Hospital), así como dar acceso directo a la información más amplia.

El tercer tipo de espacios de apoyo es un imprescindible conjunto de salas de instalaciones, almacenes y de mantenimiento, al que hay que añadir los espacios destinados a muelles de carga y aparcamientos.

La lectura volumétrica que se deriva de esta descripción es la de una pieza central paralepipédica, en la que se reparten organizadamente todos los usos de apoyo (centralizados y localizados en función de sus requerimientos específicos y requerimientos técnicos y de comunicación) y circulaciones, rodeada en tres de su lados (la posible ampliación futura completaría el cuarto lado) por los laboratorios de investigación, proyectados con criterio modular que permite la división/conexión de los laboratorios de la manera propuesta en el Pliego, pero admitiendo cambios sin alteración espacial y «en seco». Estos ocupan casi un tercio del volumen total. La futura ampliación permitirá un crecimiento del número de laboratorios manteniendo en uso los inicialmente previstos.

Uno de los principales objetivos del diseño de proyecto, ha sido conseguir la puesta en valor de los restos arqueológicos hallados, en cumplimiento de lo determinado en la resolución de la Consejería de Cultura de Córdoba, sobre la finalización parcial de la actividad arqueológica en la parcela objeto del proyecto.

Para completar e integrar la puesta en valor de los restos de la Almunia árabe, se propone una estructura exenta de fachadas hasta la cota de planta primera. La planta baja se retranquea respecto a esta para salvaguardar parte de la excavación y permitir el disfrute de los restos a preservar en la crujía norte. El programa de Centro de Investigación Biomédica, se organiza de modo que las áreas más públicas del mismo (biblioteca, unidad de apoyo metodológico y cafetería), se abran a la excavación arqueológica, haciendo así participe al Centro de la Excavación e integrando ambos para su puesta en valor. Así mismo, la situación de la terraza aquí prevista tiene vistas sobre la excavación, si bien no la invade en absoluto.

El Centro de Investigación en Biomedicina contará con una superficie total construida de 9.967 m2, y una superficie útil total de 8.616,16 m2, distribuido en planta sótano, entreplanta técnica, baja, primera, segunda y tercera.

• La planta sótano, de 1.374,67 m2, albergará el animalario y quirófanos de animales; servicios comunes, salas de radioactividad, imagen y almacenes.

• La entreplanta técnica, de 1.399,79 m2, albergará fundamentalmente los equipos de refrigeración, limpieza y seguridad del animalario y otras zonas de uso general.

• Planta baja, de 1.481,27 m2, en ella estarán ubicadas las zonas comunes, es decir, administración, zona de apoyo documental a la investigación, zona de comunicación (coordinación) y transferencia.

• En las plantas primera (1.456,40 m2), segunda (1.457,77 m2) y tercera (1.446,26 m2) se instalarán los laboratorios de grupos de investigación, despachos de investigadores, salas de reuniones y áreas comunes así como las instalaciones generales de investigación (salas de cultivo, cámara oscura, salas frigoríficas, proteómica, genómica, citómica, etc.).

Además, el proyecto presentado incluye la adquisición e instalación del equipamiento básico y mobiliario para los laboratorios del Instituto: mesas murales, tableros de trabajo, repisas de aluminio, vitrinas para reactivos, vitrinas para gases, duchas, taburetes, sillas, armarios de seguridad, armarios de ácidos y bases, mesas para balanzas, accesorios de mesa, sistemas de seguridad, etc.

En cuanto a personal investigador adscrito al IMIBIC, actualmente hay 33 investigadores principales y 6 emergentes organizados en 27 grupos, que a su vez se han estructurado por su afinidad y de acuerdo al estudio bibliométrico realizado originalmente en torno a 4 grandes Áreas de Investigación:

Área A: Inmunología, Inflamación, Oncología y Enfermedades Infecciosas.

Área B: Nutrición, Metabolismo y Endocrinología.

Área C: Terapia celular. Trasplante de órganos.

Área D: Medicina Integradora y Nuevas Tecnologías.

En total, incluyendo el personal técnico, el personal de gestión y los investigadores de los distintos niveles, suman un total de 320 personas, que sin duda constituyen el activo principal del IMIBIC. Estos grupos se han organizado en cuatro áreas científicas, en torno a diferentes proyectos científicos propios. Pero además, participan en cinco RETICs y tres CIBER, dentro del programa de redes temáticas y centros de investigación cooperativa del Instituto de Salud Carlos III, así como en 16 grupos del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo en Innovación (PAIDI). Su producción científica global en 2008 comprende 186 publicaciones originales, que suman más de 700 puntos de Factor de Impacto.

Presupuesto:

El presupuesto total elegible concedido para la ejecución de este proyecto asciende a 11.900.000,00 euros (once millones novecientos mil euros), IVA excluido, que incluyen el importe presupuestado en el convenio original firmado el 21 de diciembre de 2007 que asciende a 8.000.000,00 de euros, y la ampliación recogida en el Acuerdo de 30 de noviembre de 2010, por importe de 3.900.000,00 euros.

No obstante lo anterior, después de la adjudicación y ejecución de la obra principal de construcción del edificio y tras su recepción, se han constatado una serie de necesidades estructurales para la correcta puesta en servicio del edificio que albergará la sede del Instituto Maimónides de Investigación Biomédica (IMIBIC), que han hecho precisa la realización de algunas actuaciones complementarias. Así, el presupuesto final del proyecto se distribuye de la siguiente forma:

A. Coste del proyecto de ejecución de la obra del Edificio del IMIBIC, según adjudicación pública realizada del expediente de contratación que asciende a la cantidad de 10.010.647,85 € (IVA excluido).

A.1 Adicionalmente a la obra principal, se prevé la realización de las siguientes instalaciones:

• Instalación de suelo, techo y pared en las salas nº 15 y 73 del edificio, cuya finalización no estaba considerada en el proyecto original, toda vez que no habían recibido una adscripción de uso determinado. Sin embargo, la constatación de las necesidades crecientes de espacio para las unidades centrales de apoyo metodológico que dan soporte a los grupos del Instituto, tanto en materia de almacenado de muestras en frío, como de preparación general de reactivos, y en áreas tecnológicas altamente estratégicas, como son las Unidades de Proteómica y de Imagen Funcional, aconseja plantear la pre-instalación de estas salas, que permitan en el futuro la capacitación de las mismas para albergar la ampliación de los servicios centrales antes indicados. Esta actuación supondría un coste de 22.085,00 € (IVA excluido).

• Sectorización de zonas críticas de demanda intensiva de energía con instalación de equipos de reducción de producción térmica consistente en la instalación de reguladores de intensidad en el calor y frío impulsado por los equipos (calderas y aire acondicionado) que optimice el consumo de energía. Esta actuación supondría un coste que asciende a 60.000,00 € (IVA excluido).

• Dotación clima adicional en salas de investigación: una vez analizadas salas específicas de microscopía, animalario y proteómica, se ha detectado que la capacidad frigorífica de las mismas no era suficiente para soportar el calor que emiten los equipos que en las mismas irán ubicados, lo que podría ocasionar la rotura de los mismos. Se ha considerado la dotación adicional que sería necesaria. Esta instalación supondría un coste de 78.368,40 € (IVA excluido).

• Salas de congeladores: en el proyecto inicial de obra no se había contemplado el número de ultracongeladores (–80 ºC) que irían ubicados en las salas. Realizado dicho cálculo se comprueba que la potencia de los climatizadores ubicados en las mismas no es suficiente para los equipos que definitivamente irán instalados, por lo que se requiere una mejora de los sistemas de climatización. Igualmente, y derivado de la propia actividad científica, estos equipos deben llevar un sistema de trazabilidad de la temperatura que permita acreditar que la misma ha permanecido invariable, lo que requiere la instalación en las salas de zonas de temperatura monitorizadas. Esta actuación supondría un coste que asciende a 100.956,25 € (IVA excluido).

• Seguridad y accesos: Instalación de sistemas de vigilancia que permitan el control de acceso al edificio y al entorno del mismo solo a personal autorizado. Esta instalación supondría un coste de 58.300,00 € (IVA excluido).

• Emplomado de salas en las que se ubicará equipamiento susceptible de emitir radiación al objeto de paliar problemas de seguridad y salud a los profesionales que allí desarrollen su actividad. Esta actuación supondría un coste de 47.182,87 € (IVA excluido).

Asimismo, ha sido preciso realizar la «Certificación de requisitos de calidad de la obra», de cumplimiento preceptivo en virtud del Decreto de la Junta de Andalucía 67/2011, de 5 de abril, por el que se regula el control de calidad de la construcción y obra pública que asciende a 71.489,00 (IVA excluido).

B. Importe de los honorarios por redacción y elaboración del proyecto, que asciende a 451.141,90 euros (IVA excluido).

C. Importe de la adquisición e instalación del equipamiento básico y mobiliario de laboratorio que se estima en 1.000.000,00 de euros (IVA excluido).

Conceptos

Importe (euros)

Movimiento de tierras y trabajos previos.

134.348,64

Cimentación.

763.667,99

Estructura.

1.079.449,75

Saneamiento y drenaje.

57.227,08

Cubiertas.

116.184,31

Aislamiento e impermeabilización.

56.346,79

Fachadas y divisiones.

925.002,80

Revestimientos y falsos techos.

561.842,08

Solados.

384.621,76

Carpintería metálica y cerrajería.

572.966,61

Carpintería de madera.

107.758,97

Vidriería.

104.851,05

Pintura.

123.661,98

Recibidos, ayudas y varios.

60.444,71

Ascensores.

98.100,12

Fontanería.

177.601,82

Fluidos de laboratorio.

164.675,53

Instalación de climatización.

1.418.998,12

Instalaciones contra incendios.

171.314,85

Instalación eléctrica.

1.196.462,76

Comunicaciones y seguridad.

79.354,36

Control central.

287.553,40

Seguridad y salud.

107.557,36

Gestion de residuos.

30.643,16

Presupuesto de ejecución material.

8.780.636,00

13,00 % Gastos generales sobre contrato de obra.

1.141.482,68

6,00 % Beneficio industrial sobre contrato de obra.

526.838,16

Subtotal Ejecución material

10.448.956,84

Baja de obra

– 438.308,99

A. Total presupuesto construcción edificio (IVA excluido).

10.010.647,85

A-1 actuaciones complementarias.

438.381,52

Certificación de cumplimiento requisitos de control de calidad de la obra (Decreto 67/2011, de la Consejería de Obras Públicas y Viviendas de la Junta de Andalucía, «BOJA» n.º 77, de 19 de abril de 2011.

71.489,00

Instalación suelo, techo y pared, salas n.º 15 y 73.

22.085,00

Sectorización zonas críticas.

60.000,00

Dotación clima adicional salas investigación.

78.368,40

Salas de congeladores.

100.956,25

Seguridad y accesos.

58.300,00

Seguridad y salud.

47.182,87

B. Honorarios por redacción y elaboración del proyecto (IVA excluido).

451.141,90

C. Mobiliario/ Equipamiento básico de laboratorio (IVA excluido.).

1.000.000,00

Importe total elegible (IVA excluido)

11.900.171,27

Importe total elegible concedido (IVA excluido)

11.900.000,00

ANEXO II
Cuadro de amortización

Organismo: Universidad de Córdoba.

Título: Construcción Edificio Investigación Biomedicina, Universidad de Córdoba.

Anticipo Total concedido (Capítulo 8) (euros): 10.730.000,00.

Anticipo concedido. Aportación nacional (préstamo) (euros): 1.210.000,00.

Plazo de amortización: Diez años.

Interés: Cero.

Fecha de vencimiento

Cuota de amortización (euros)

2-2-2009

240.000,00

2-2-2010

240.000,00

2-2-2011

240.000,00

2-2-2012

240.000,00

2-2-2013

240.000,00

2-2-2014

10.000,00

2-2-2015

0,00

2-2-2016

0,00

2-2-2017

0,00

2-2-2018

0,00

Total

1.210.000,00

Anticipo concedido. Aportación FEDER (euros): 9.520.000,00.

Interés: Cero.

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