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Documento BOE-A-2015-5873

Resolución de 21 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas del Programa IBEREX de prácticas formativas para profesionales iberoamericanos del sector cultural, correspondientes al año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2015, páginas 45759 a 45771 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-5873

TEXTO ORIGINAL

La cooperación cultural con Iberoamérica es prioritaria para la Secretaría de Estado de Cultura y se instrumenta de forma eficaz mediante la formación especializada de profesionales iberoamericanos, cuya participación en la oferta de los programas no reglados del Ministerio de Educación Cultura y Deporte (MECD) en las diferentes materias de ámbito cultural, organizados por sus distintos organismos y unidades sectoriales, facilita la convocatoria anual de ayudas de la DGPICL.

Dicha convocatoria se regirá por lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del MCU y de sus organismos públicos («BOE» núm. 275 de 13 de noviembre de 2010), y por lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución Española que determina que el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial.

Asimismo, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como al Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede ahora, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado segundo de la citada Orden, convocar dichas ayudas, para lo cual dispongo las bases siguientes de la presente convocatoria para el año 2015:

1. Objeto

Convocar 26 ayudas (23 para cursos y 3 para estancias) para la participación de profesionales iberoamericanos del sector cultural, de hasta cuarenta años de edad, en régimen de concurrencia competitiva, en los diferentes programas, organizados como prácticas formativas de carácter no reglado impartidas por los organismos especializados y unidades sectoriales del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, según relación que figura en el anexo I de la presente Resolución.

2. Imputación presupuestaria

2.1 Las ayudas convocadas, por importe máximo de ochenta mil euros (77.388,55 €), se imputarán a los créditos en la aplicación presupuestaria 18.13.144A.48501 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para 2015.

De acuerdo con los convenios de colaboración suscritos al efecto, el pago se realizará a la Fundación Residencia de Estudiantes de Madrid y a la Residencia de Estudios Americanos de Sevilla a la terminación de los cursos y estancias y cumplida la obligación de justificación de la actividad.

3. Requisitos de los solicitantes

3.1 Ostentar la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones (Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), o de los países o territorios en los que el español tiene reconocimiento constitucional (Guinea Ecuatorial, Filipinas y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico).

La nacionalidad se acreditará documentalmente mediante pasaporte en vigor u otro documento de identidad en el que figure la nacionalidad del solicitante.

3.2 Quedan excluidos los residentes en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

3.3 El solicitante con doble nacionalidad deberá elegir con la que desea cumplimentar la solicitud de ayuda y aportar, en consecuencia, los datos correspondientes de identificación de dicha nacionalidad.

3.4 No superar los 40 años de edad en el año de publicación de la presente convocatoria.

3.5 Quedan excluidos los solicitantes que hayan disfrutado de una ayuda en convocatorias anteriores, así como quienes hubieran presentado solicitudes durante tres años consecutivos, sin haber resultado elegidos.

3.6 Acreditar experiencia, según el ámbito de la práctica profesional que se solicite, en la gestión cultural en organismos públicos de su país de origen y/o en entidades privadas de reconocido prestigio.

3.7 No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni ser deudores por reintegro de subvenciones en los términos previstos en artículo 21 de la RLGS, suscribiendo, al efecto, la declaración que se inserta como anexo IV.

3.8 Cumplimentar una declaración responsable (anexo V de esta convocatoria) de no realizar actividades en territorio español sujetas a obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

De conformidad con lo establecido en el artículo 71bis.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, RJAPPAC, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la ayuda.

4. Presentación de solicitudes y plazos

4.1 Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica. Para ello, la Administración pública española, de acuerdo con la Orden CUL/1132/2011 de 28 de abril (BOE de 6 de mayo de 2011), facilita la obtención de clave concertada que reconoce la identidad de la persona solicitante y mejora la seguridad en el intercambio de información.

4.2 Para obtener dicha clave y poder cumplimentar a continuación la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:

a) Acceder desde http://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/procedimientos.jsp, seleccionar «trámites y procedimientos», e introducir «ayudaiberex».

b) Acceder a «solicitud de clave» (se requiere escanear el documento de identificación para avalar los datos introducidos).

c) Una vez recibida la clave, acceder a «trámite», seleccionar «beca y modalidad», y «crear solicitud».

d) Cumplimentados los formularios que aparecen en pantalla, firmar y descargar el justificante pdf que acredita su solicitud.

4.3 Asimismo, es posible presentar la solicitud por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJAPPAC), cumplimentando los formularios siguientes en papel, y dirigiéndolos a la Secretaría de Estado de Cultura, Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura (plaza del Rey, 1, 28071 Madrid):

– Anexo II.

– Dos copias del pasaporte o documento oficial de identidad en vigor.

– Dos copias de los títulos académicos.

– Una carta de aval de la solicitud (original y copia).

– Anexo III, anexo IV y anexo V.

4.4 Serán rechazadas aquellas solicitudes que contengan datos requeridos por esta convocatoria que no puedan ser acreditados o que posteriormente resulten ser falsos.

4.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOE. El plazo de petición de clave para solicitantes por vía electrónica será de quince días a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOE y terminará a las 00:00 horas (horario de España peninsular) del día indicado. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el punto 3 de la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días. Si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

5. Valoración de solicitudes, criterios de selección y concesión de ayudas

5.1 La selección de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

5.2 El Órgano competente para la instrucción del Procedimiento será la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

5.3 La evaluación y propuesta de concesión de las ayudas se realizará por una comisión de valoración que, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, estará presidida por el Subdirector/a General de Promoción Exterior de la Cultura, con un Vicepresidente/a, que será un Consejero/a Técnico/a de la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura, y al menos cinco funcionarios/as de la Secretaría de Estado de Cultura y de sus organismos, que actuarán como Vocales y uno de ellos como Secretario/a con voz y voto.

5.4 La Comisión quedará válidamente constituida con la asistencia del Presidente/a, el Secretario/a y cinco, al menos, de sus restantes miembros.

5.5 La Comisión actuará de acuerdo con lo establecido para el funcionamiento de los órganos colegiados en el artículo 22 y siguientes de la LRJAPPAC Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros en el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre hombres y mujeres.

5.6 El proceso de selección se iniciará con la valoración de las solicitudes por la Comisión de Valoración tomando en consideración los siguientes criterios cuya ponderación se indica:

a) Adecuación del perfil académico, profesional y personal del candidato al programa (curso o estancia) solicitado (hasta 6 puntos).

b) Experiencia profesional acreditada, de acuerdo con lo establecido en el punto 3.6 de la presente orden (hasta 2 puntos).

c) Titulación acreditada, en el ámbito específico del programa solicitado (hasta 3 puntos).

d) Valoración de la utilidad de los contenidos del curso o estancia para la institución o entidad en que preste sus servicios profesionales el candidato (hasta 4 puntos).

5.7 Solo podrán ser preseleccionados los que hayan obtenido una puntuación no inferior a 10 puntos.

5.8 Si dos o más candidatos obtienen la misma valoración el empate se resolverá a favor de aquel que haya obtenido la nota más alta en el primero de los criterios según el orden en el que figuran relacionados en la convocatoria. Si el empate se mantiene, se entenderá a la obtenida en el segundo de los criterios, y de este modo sucesivamente.

5.9 La Comisión de Valoración informará por vía electrónica de la propuesta de concesión de ayudas a los solicitantes seleccionados.

5.10 Con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas, y en conformidad con el artículo 24.4 de la LGS, los beneficiarios propuestos deberán suscribir una declaración responsable comprensiva de las siguientes menciones:

a) No incurrir en ningún supuesto de incapacidad o prohibición para obtener subvenciones a los que se refiere el articulo 13.2 LGS.

b) No ser deudor por resolución de reintegro de subvenciones.

c) No realizar actividades económicas en el Estado español.

6. Dotación de las ayudas

El Programa IBEREX está financiado con cargo a la aplicación 18.13.144A.485.01.

Las ayudas consistirán en el alojamiento y manutención en la Residencia de Estudiantes de Madrid (calle Pinar, 21, Madrid. 28006), por los periodos que se señalan en cada curso reflejado en el anexo I de la presente convocatoria, con la excepción del curso Escuela de Archivos Estatales, cuyos beneficiarios se alojarán en la Residencia de Estudios Americanos de Sevilla. Todos los beneficiarios estarán cubiertos por un seguro médico no farmacéutico. El gasto por este último concepto será como máximo de 2.200,00 €.

7. Concesión

7.1 La Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por delegación del Secretario de Estado de Cultura, de conformidad con la Orden ECD/465/2012 de 9 de marzo, de delegación de competencias del MECD, dictará la Resolución de concesión de estas ayudas, que se publicará en el BOE dentro del plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución. Transcurrido el plazo citado sin que haya recaído Resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.

7.2 La concesión de las ayudas se realizará conforme a lo dispuesto en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de dicha ley. Con carácter supletorio regirá la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de LRJAPPAC, así como cualquier otra disposición que por su naturaleza pudiera ser de aplicación.

7.3 La Comisión declarará desierto un destino cuando los aspirantes no alcancen el umbral mínimo de puntuación que exige la convocatoria. En ese caso, los aspirantes podrán participar en otros Cursos y Estancias del Programa en los que la Comisión considere que hubieran alcanzado el nivel de exigencia requerido. Los criterios para la asignación de estos cursos y estancias serán los establecidos en el punto 5.6 de la presente Resolución.

7.4 La Resolución de concesión, además de notificarse por vía electrónica al beneficiario, se hará pública en el Boletín Oficial del Estado y en la página Web del MECD www.cultura.gob.es/ayudasSubvenciones/. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.3 de la orden CUL/2912/2010 del 10 de noviembre, se puede incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas, no hayan sido estimadas por superarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, indicando la puntuación otorgada. La resolución incluirá una relación ordenada de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar.

7.5 De conformidad con el artículo 4.i de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, la resolución que acuerde o deniegue la concesión de la subvención pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y potestativamente en reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Pago y justificación de las ayudas

8.1 El pago a la Fundación Residencia de Estudiantes, por un importe máximo de 74.078,55 euros, se realizará a la terminación de los Cursos y Estancias, previa presentación de la factura a la DGPICL.

El pago a la Escuela de estudios Hispano-Americanos de Sevilla, por un máximo de 1.110 euros, se realizará al finalizar el curso de la Escuela de Archivos.

En ambos casos, no se podrán realizar estos pagos si la Fundación Residencia de Estudiantes o la Escuela de estudios Hispano-Americanos no se hallaran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o fueran deudores por resolución de procedencia de reintegro.

8.2 Las ayudas que sean objeto de concesión se justificarán mediante la aportación de un certificado del Director del Centro administrativo, Organismo o Institución pública responsable de la residencia formativa, en el que se especificará la participación del beneficiario de la ayuda en las actividades del programa y el grado de cumplimiento de los objetivos previstos.

9. Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma, así como cumplir con las obligaciones reconocidas en los apartados siguientes:

a) Encontrarse en España el día de comienzo de la actividad que fundamenta la concesión de las ayudas, así como realizarla sin que quepa cambio o modificación alguna del objeto o finalidad para la que se concedió. En cualquier caso, toda incidencia que suponga modificación del programa inicial de la actividad o actividades deberá ser autorizada expresamente por el Director/a General de Política e Industrias Culturales y del Libro.

b) Asimismo, se comprometen a aceptar por escrito la ayuda concedida en el plazo de quince días a partir de la notificación de la propuesta de Resolución definitiva. De no comunicarse la aceptación de la ayuda dentro de dicho plazo se entenderá que desisten de su petición.

10. Obligaciones de la Fundación Residencia de Estudiantes

En virtud del Convenio suscrito, la Fundación Residencia de Estudiantes se obliga a recibir a los participantes del Programa y a alojarlos en régimen de pensión completa durante las semanas correspondientes a cada curso.

11. Obligaciones de la Residencia de Estudios Americanos de Sevilla

En virtud del Convenio suscrito, la Residencia de Estudios Americanos de Sevilla se obliga a recibir a los participantes del curso «Escuela de Archivos para Iberoamérica» y a alojarlos durante el tiempo de realización del curso.

12. Reintegros e incumplimientos

El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas a los beneficiarios y en especial su inasistencia a las actividades formativas del Programa dará lugar al reintegro de la ayuda recibida, más los intereses de demora que correspondan.

El procedimiento de reintegro se regirá por lo dispuesto en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta Ley.

13. Responsabilidad y régimen sancionador

13.1 Los beneficiarios de estas ayudas quedarán sometidos al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley General de Subvenciones y el título IV del Reglamento de Subvenciones.

13.2 La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de lo dispuesto en la Orden CUL/2912/2010 de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, en la Ley General de Subvenciones, en el Reglamento de Subvenciones, y en la presente Resolución para todos aquellos extremos que no hayan sido expresamente previstos. Con carácter supletorio regirá la LRJAPPAC, así como cualquier otra disposición formativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

14. Régimen de impugnación de la orden de convocatoria y posibilidad de recurso

14.1 La presente convocatoria se regirá con carácter general, por lo dispuesto en la LGS, RLGS y suplementariamente, en la LRAPPAC, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

14.2 Esta Resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La presentación del referido recurso potestativo de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la LRAPPAC, a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura (http://sede.mcu.gob.es), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

15. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de mayo de 2015.–El Secretario de Estado de Cultura, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Teresa Lizaranzu Perinat.

ANEXO I
CURSOS Y ESTANCIAS

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria

Denominación del curso: Desarrollo de Bibliotecas Digitales.

Número de ayudas que se convocan: Seis.

Requisitos: Profesionales de bibliotecas con titulación universitaria, responsables de proyectos para la puesta en marcha de una biblioteca digital.

Compromiso del participante de enviar un informe sobre proyecto desarrollado en su país, como resultado de la aplicación de los conocimientos adquiridos durante el curso, en un plazo máximo de 6 meses a partir de la finalización del curso.

Duración: Del 17 de septiembre al 15 de octubre.

Contenido: Se trata de un curso teórico-práctico en el que se ofrecerán claves para la planificación y desarrollo de un proyecto de biblioteca digital teniendo en cuenta diferentes aspectos de la gestión de proyectos. El curso se divide en dos partes:

La primera parte ocupará las dos primeras semanas y se dedicará a la parte teórica, que se desarrollará en la sede de la Secretaría de Estado de Cultura.

La segunda parte consistirá en sesiones prácticas en distintas instituciones:

• Biblioteca Nacional de España.

• Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria.

• Biblioteca Digital «Memoria de Madrid».

• Biblioteca Regional de Madrid.

• Biblioteca Hispánica AECID.

Se dotará a los participantes de conocimientos para la descripción y tratamiento de los objetos digitales: Tipos de metadatos, tratamiento de imágenes, etc.

Asimismo se proporcionarán conocimientos, herramientas y habilidades básicas para poder evaluar, adoptar y aplicar las tecnologías propias de la Web Semántica (WS) en sus bibliotecas y repositorios digitales.

Los participantes adquirirán conocimientos, herramientas y habilidades básicas para poder evaluar, adoptar y aplicar las tecnologías propias de la Web Semántica en sus bibliotecas y repositorios digitales.

Régimen de estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes en pensión completa.

Persona de contacto: M.ª Belén Martínez González. Tel.: 34-917017146. E-mail: belen.martinez@mecd.es

Subdirección General de los Archivos Estatales

Denominación del curso: Escuela de Archivos para Iberoamérica.

Número de ayudas que se convocan: Seis.

Requisitos: Ser nacional de uno de los países que forman parte de las Cumbres Iberoamericanas de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (excluido España); tendrán preferencia, por el siguiente orden de prelación, aquellos archiveros o personal que realice sus funciones en el Archivo Nacional, archivos de la administración central del Estado y archivos de otras administraciones públicas.

Duración: Del 10 de septiembre al 8 de octubre.

Contenido: Sistema español de archivos y red estatal de archivos, organización de fondos documentales, descripción (normalización y nuevas tecnologías), conservación (preservación y restauración) y difusión (presencial y en línea) de material de archivo.

Régimen de estancia:

Residencia de estudiantes (Madrid): Régimen de pensión completa (3 semanas).

Residencia de Estudios Hispano-Americanos (Sevilla): En régimen de pensión completa (1 semana).

Persona de contacto: María Jesús Matilla. Tel.: 34-917017133. E-mail: cooperacion.archivos@mecd.es

Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Subdirección General de Teatro

Centro de Tecnología del Espectáculo

Denominación del curso: Técnicas Básicas de Construcción de Decorados.

Número de ayudas que se convocan: Seis.

Requisitos: Técnicos en activo de disciplinas o especialidades de construcción de decorados, maquinistas o utileros, así como técnicos que se planteen iniciar su actividad docente.

Duración: Del 10 de noviembre al 5 de diciembre.

Contenido: Tipos y características de construcciones de decorados, trabajos preliminares a la construcción, pasos en la realización del decorado, acabados previos y finales y realización de elementos de decorado.

Régimen de estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes, en pensión completa.

Persona de contacto: Manuel Martín Pascual. Centro de Tecnología del Espectáculo. C/ Torregalindo, 10, 2016 Madrid. Tel.: 34-913531481. Fax: 34-913531372. E-mail: manuel.martin@inaem.mecd.es

CURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS CINEMATOGRÁFICOS IBEROAMERICANOS 2015

Denominación del curso: Curso de Desarrollo de Proyectos Cinematográficos Iberoamericanos 2015.

Número de ayudas que se convocan: Cinco.

Requisitos: Guionistas, directores y productores iberoamericanos con experiencia previa demostrada en la actividad cinematográfica.

Duración: Del 5 de octubre al 13 de noviembre.

Contenido: El curso de desarrollo de proyectos cinematográficos iberoamericanos nace en el 2003 con el objetivo principal de mejorar la calidad de los proyectos audiovisuales de autores de América Latina, España y Portugal, que se encuentran en fase de reescritura y desarrollo.

Con la finalidad de extraer su mayor potencial y situarlos en un campo más seguro y calificado de realización, los autores de los proyectos reciben un riguroso y personalizado trabajo de asesoramiento, hasta obtener un guión de calidad susceptible de convertirse en una película.

El curso tiene una orientación integral por lo que conecta a los tres pilares fundamentales del cine: el guión, la dirección y la producción, con el propósito de estudiar, desarrollar y viabilizar la realización de los proyectos seleccionados. Pueden presentarse proyectos de largometrajes de ficción, documental o animación.

El curso está dirigido a guionistas, directores y productores, con experiencia previa demostrada en la actividad cinematográfica. Para su desarrollo cuenta con un equipo de asesores conformado por notables profesionales del medio audiovisual iberoamericano.

Régimen de estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes, en pensión completa.

Contacto: Gerardo Herrero y Mariana Barassi. E-mail: infocursodecine@gmail.com.

ESTANCIAS

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Subdirección General de Museos Estatales

Museo Arqueológico Nacional

Denominación de la Estancia: Conservación Preventiva en las colecciones del Museo Arqueológico Nacional.

Número de ayudas que se convocan: Una.

Requisitos: Ser conservador de museos o conservadores-restauradores de bienes culturales. Tener conocimientos de conservación preventiva a través de cursos de formación y/o de experiencia práctica en museos de arqueología y obras de arte. Se valorará especialmente el trabajo realizado con piezas de colecciones de arqueología y sus agentes degradantes.

Duración: Del 10 de septiembre al 5 de noviembre.

Contenido: Apoyo a los trabajos previstos en el Plan de Conservación Preventiva del Museo Arqueológico Nacional: Revisión del estado de conservación de los bienes culturales de la colección permanente y valoración de los agentes de deterioro.

Régimen de la estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes, en pensión completa.

Lugar de celebración: Museo Arqueológico Nacional. Calle Serrano, 13, 28001 Madrid. Teléfono: 915777912.

Persona de contacto: Teresa Gómez Espinosa. E-mail: teresag.espinosa@mecd.es Teléfono: 34-915777912, ext. 267.

Museo del Traje

Denominación de la estancia: Actividades educativas y culturales en el Museo del Traje. CIPE.

Número de ayudas que se convocan: Una.

Requisitos: Licenciatura en Historia del Arte y/o Pedagogía o Educación. Experiencia con departamentos de educación o difusión de instituciones museísticas, preferiblemente relacionadas con el ámbito de la indumentaria y la moda.

Duración: Del 10 de septiembre al 5 de noviembre.

Contenido: Colaboración en las actividades educativas y culturales previstas por el Departamento de Difusión del Museo del Traje. CIPE.

Régimen de la Estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes, pensión completa.

Lugar de celebración: Museo del Traje. CIPE. Avenida Juan de Herrera, 2. 28040 Madrid.

Persona de contacto: Arantxa Chamorro, Jefa del Departamento de Difusión del Museo del Traje. E-mail: arancha.chamorro@mecd.es.

Museo Nacional de Artes Decorativas

Denominación de la estancia: Conservación preventiva para fondos bibliográficos históricos

Número de ayudas que se convocan: Una.

Requisitos: Diplomado/a en Restauración o equivalente, especialidad documento gráfico.

Duración: Del 10 de septiembre al 5 de noviembre.

Contenido: Colaboración en la elaboración del plan de conservación del fondo antiguo de la biblioteca del MNAD, evaluación y puesta en marcha de procedimientos correctivos.

Régimen de la estancia: Alojamiento en la residencia de estudiantes, en pensión completa.

Lugar de celebración: Museo Nacional de Artes Decorativas. Calle Montalbán, 12. 28014 Madrid. Teléfono: 34-915326499.

Persona de contacto: Cristina Villar Fernández. E-mail: cristina.villar.f@mecd.es Teléfono: 34-915326499.

ANEXO II

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ANEXO III

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV

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ANEXO V

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