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Documento BOE-A-2015-6724

Orden ECD/1153/2015, de 18 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Investigación en Epilepsias Genéticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2015, páginas 50439 a 50440 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-6724

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Investigación en Epilepsias Genéticas, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Julián Isla Gómez, don Jesús María Valencia Cruz, doña Silvia Amada Sagarna García y don Luis Miguel Aras Portilla, según consta en la escritura pública número 1.029, otorgada el 15 de mayo de 2014, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Pedro Gil Bonmati, que fue ratificada por la escritura pública número 657, autorizada el 20 de mayo de 2014 por el notario don Miguel Ángel Martínez Urroz y subsanada por la escritura pública número 636, otorgada el 22 de abril de 2015, ante el Notario don Rafael Vallejo Zapatero.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Pozuelo de Alarcón (Madrid), calle Santa Fe, número 1 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: en la escritura de constitución y en la de subsanación de ésta se estableció como dotación dineraria de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros).

La dotación ha sido desembolsada en su totalidad en forma legal por los fundadores.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

– La investigación del Síndrome de Dravet y otras enfermedades relacionadas y, a su vez proporcionar apoyo asistencial y social a los pacientes afectados por el Síndrome de Dravet y a sus cuidadores.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Julián Isla Gómez.

Secretaria: Doña Silvia Amada Sagarna García.

Vocales: Don Ignacio Carrera Alonso, doña Andrea Molina Fernández y doña Lydia Corral Payá.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas en la escritura de constitución y en la de subsanación de ésta.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Investigación en Epilepsias Genéticas y su Patronato.

Madrid, 18 de mayo de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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