Anunciada por Resolución de 20 de mayo de 2015 («BOE» de 1 de junio de 2015). convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos Subdirector/Subdirectora General de Infraestructuras (5342185), Subdirector/Subdirectora General de Coordinación de la Seguridad Ferroviaria (5342186), Director/Directora de División de Administración (5342189), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y con el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como con el artículo 20.1 de la Ley 28/2006 de 18 de julio de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos y con el artículo 26.1 apartado i) del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
Esta Agencia, en uso de las facultades conferidas resuelve la referida convocatoria que a continuación se indica:
Los puestos indicados en el anexo a la presente convocatoria se adjudicaran a los funcionarios y en los términos que se expresan en el mismo.
La toma de posesión en los destinos adjudicados se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General de Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999 de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 3 de julio de 2015.–El Director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, Carlos Díez Arroyo.
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