Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-9597

Resolución de 29 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que, en estimación de recurso, se adjudica subvención de la modalidad A del programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 2015, páginas 78451 a 78452 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-9597

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 21 de mayo de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio) se convocaron subvenciones para el Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en I+D+I.

Por Resolución de 16 de diciembre de 2014 se denegó la subvención solicitada por la profesora M.ª del Carmen García Martínez, para realizar una estancia de investigación en el extranjero, dentro de la modalidad A.

Una vez estimado positivamente el recurso de reposición interpuesto por la interesada contra la citada resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la resolución de convocatoria, la Comisión de Selección ha elaborado una propuesta de resolución. Con base en la citada propuesta y de conformidad con las competencias atribuidas y recogidas en el artículo 20 de la convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder una subvención a la Universidad de Córdoba, organismo de adscripción de la citada profesora para financiar, en los términos que figuran en el anexo I, la estancia concedida en el programa «Estancias de profesores e investigadores senior en centros extranjeros, incluido el programa «Salvador de Madariaga», por un importe total de 11.281,00 € (once mil doscientos ochenta y un euros). En el anexo II se relacionan las cuantías correspondientes a las dotaciones mensuales en concepto de gastos de alojamiento y manutención, así como las dotaciones máximas a percibir en concepto de gastos de viaje y gastos de instalación.

El gasto resultante de las dotación indicada en el anexo I, 11.281,00 €, será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.02 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

Segundo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la resolución de convocatoria, la entidad de adscripción de la beneficiaria percibirá una compensación económica por los costes derivados de su participación en la gestión de la subvención, de 125 euros y se transferirá a la entidad, una vez conste en la Dirección General la incorporación de la beneficiaria al centro de destino. En el anexo III figura dicha cuantía, que será imputada a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.

La entidad de adscripción de la profesora beneficiaria de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asumirá la condición de entidad colaboradora y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Resolución de convocatoria habrá de formalizar un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cumplir las obligaciones recogidas en la citada Resolución.

Cuarto.

El pago y justificación económica de la subvención se efectuará en los términos recogidos en los artículos 27, 28, y 34 de la Resolución de convocatoria. El seguimiento y justificación científica se realizará de acuerdo a lo establecido en los artículos 31 y 32.

Quinto.

Por su parte, la beneficiaria de esta subvención queda obligada al cumplimiento de lo establecido en los artículos 21, 22, 24, 25, 26, 30, 31 y 32 de la convocatoria del Programa. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán ser motivo de reintegro, en los términos recogidos en el artículo 33 de la resolución de convocatoria.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 29 de julio de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden/ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.

ANEXO I

Organismo

Apellidos, nombre

Numero solicitud

País

Fecha inicio estancia

Fecha fin estancia

Importe total

Universidad de Córdoba.

García Martínez, María del Carmen.

PRX14/00014

Estados Unidos de América.

01/07/2014

30/09/2014

11.281,00

ANEXO II

País de destino

Ayuda mensual para estancia y manutención

Ayuda máxima para gastos de instalación

Ayuda máxima para gastos de viaje

Estados Unidos.

2.676

2.053

1.200

ANEXO III

Entidad de adscripción

Numero beneficiarios

Importe total

Universidad de Córdoba.

1

125

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid